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Entra en vigor la nueva ordenanza de movilidad de Zaragoza: más trabas para ir en bici o patinete

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ElDiarioAragón

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La ordenanza de Movilidad de Zaragoza entra en vigor mañana y su aprobación ha estado marcada por la polémica respecto a la obligatoriedad de un seguro para los usuarios de bicicletas y patinetes. El texto agrupa distintas ordenanzas que hasta ahora estaban dispersas en varias normativas.

El nuevo texto hace obligatorio el uso del casco para todos los usuarios de VMP (patinetes eléctricos), limitando a 16 años la edad mínima para su conducción, y circularán obligatoriamente por carriles bici o vías ciclistas o lugares específicos destinados a la circulación de bicicletas.

Respecto a las bicicletas, será obligatorio el casco en menores de edad. En todos los casos, bicicletas y patinetes, se deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil obligatorio que se deberá llevar encima cuando utilice la bicicleta. En cuanto a los usuarios del sistema Bizi, no es obligatorio el seguro, puesto que están cubiertos por el propio servicio. Sin embargo, a principios de 2025 entra en vigor el nuevo Bizi y podría haber cambios al respecto. Desde el Ayuntamiento sostienen que este seguro se incluye en la mayor parte de las pólizas de seguro de hogar, en embargo, los colectivos ciclistas han llevado a los tribunales esta medida.

Las organizaciones Zaragoza Ciclista, Bielas Salvajes y Colectivo Pedalea anunciaron la semana pasada su decisión de llevar a los tribunales la obligatoriedad del seguro, ya que el Ayuntamiento no puede imponer sanciones en relación a los seguros de vehículos: “la competencia en materia de seguros de circulación se aplica solo a nivel vehículos a motor y es estatal, a través de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y no municipal”.

Las organizaciones denunciantes consideran que esta normativa “podría tener un efecto adverso inmediato, ya que tras la comprobación de varios contratos de seguros del hogar, que hasta ahora cubrían la responsabilidad civil en bicicleta, dejarán de ofrecer esta cobertura. Esto se debe a que dichas pólizas pueden excluir como cláusula de sus coberturas los seguros obligatorios, como los de vehículos a motor, armas, caza, perros peligrosos, y ahora, bicicletas en Zaragoza. Como resultado, decenas o cientos de miles de ciclistas de la ciudad podrían quedar sin cobertura hasta que suscriban un seguro específico”.

Estacionamiento en aceras o carril multiuso

El estacionamiento de motos y ciclomotores en las aceras sólo será posible si se cumplen diferentes circunstancias explícitas en la norma, como que el área no esté señalizada con una prohibición expresa en sus accesos (como sucede actualmente en todo el entorno de la Plaza de los Sitios); que no exista prohibición expresa de estacionar en la acera; que no existan espacios específicos o disponibles en la calzada o acera destinados para ello; y que la acera tenga más de tres metros de anchura de paso libre contados desde el bordillo hasta la fachada o cualquier otro elemento situado en la acera. 

Sólo si se cumplen todas las condiciones anteriores se podrá estacionar de forma paralela a la acera y a una distancia de 50 cm del extremo lateral de ésta. En todo caso, se firma el compromiso de “ejecutar una ordenación de los espacios disponibles y ejecutar suficientes plazas reservadas/autorizadas para motos, en calzada o en espacios peatonales”. 

La Ordenanza también incluye, en su artículo 16, el concepto de “carril multiuso”, con la elaboración de una nueva instrucción técnica para su gestión. Así, se fija el compromiso de realizar, en el plazo de un año, un estudio por parte de un experto externo, en varias calles de la ciudad, para implantar en modo piloto, en al menos una de ellas, un carril multiusos que sería compartido por bus, taxi y motos.

La Ordenanza también cambios respecto a la distribución de mercancías, como el incremento en 15 minutos más del tiempo disponible para carga y descarga. También se modifican los momentos disponibles para realizar sus trabajos las hormigoneras en el sector de la construcción. Asimismo, se abre la posibilidad de señalizar reservas de estacionamiento para distintas actividades sanitarias, como farmacias o clínicas veterinarias, por ejemplo.

Respecto al control de accesos por cámara, se establece que se podrán utilizar medios técnicos y tecnológicos para la vigilancia de la circulación, el acceso y el estacionamiento, pero siempre garantizando el cumplimiento del artículo 18 de la Constitución Española, sobre el derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen.

En cuanto a la Zona de Bajas Emisiones, aunque en la Ordenanza se hace mención a la misma, su regulación quedará establecida a través de su propia Ordenanza específica, en la que está trabajando y que se espera pueda ser también presentada próximamente.

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