La idio sin gracia Canaria

La idiosincrasia alude a rasgos, carácter, incluso temperamento que son característicos, distintivos y propios de una colectividad. Si de la idiosincrasia de 8 islas nacidas del fuego y bañadas por el segundo Océano más grande del mundo hablamos, podríamos aludir a su carácter volcánico pero también a su carácter marítimo. Porque Canarias es costa, es mar. Su especial ámbito marítimo, las Aguas Canarias, están perfectamente definidas en el Estatuto de Autonomía de Canarias. 

La idiosincrasia Canaria de pueblo relacionado con el mar (Pueblo pesquero) la veo reflejada en mi suegro, Jaimito de la Rosa, natural de la isleta (un isletero, ithe!), que ausentaba de su colegio para ir al mar, a pescar. En casa su mamá le esperaba. Buena reprimenda le daba al comprobar que salitre hasta en las cejas llevaba. Pero eso a él; no le importaba. Hoy día a sus 78 años sigue saliendo a la mar desde el Deportivo (Las Palmas de Gran Canaria). En su chalana motora, él sólo, pues ya no suele embarcar junto a otros como solía. Fuera aguarda su amiga la gaviota para indicarle donde está el marisco, que es la zona buena para pescar. Buena tradición la de Jaimito, herencia de su abuelo Isidro el Chinchorrero que traía las sardinas y los longores a Las Palmas. En la isleta a todos se les ponía un dichete (acompañamiento al nombre) me cuenta que la mayoría eran barquilleros o hacían redes.

La idiosincrasia Canaria también se refleja en mi suegra, Doña Milagros, natural de El Puertillo, Bañaderos. Lugar donde pasó su infancia y donde ahora pasa sus tardes caminando en el paseo marítimo frente a la ribera del mar o jugando al bingo en partidas de a céntimos en la Asociación de Vecinos/as. 

El Puertillo es un pueblito costero que debe su nombre a su actividad marinera relacionada con la pesca (cada vez menor) y la creación de salinas a lo largo de su costa. Allí la gente se conoce, conoce a sus familias, de donde provienen, pero también te tratan como uno más, si quieres el día pasar, en la playa o en su piscina natural. ¡Allí gusto da estar!

Este tipo de asentamientos costeros son parte de la idiosincrasia Canaria, patrimonio y cultura, y existen múltiples ejemplos a lo largo de nuestro litoral. En Tenerife: El Caletón, Anaga, Igueste de San Andrés, Agache, Bocacangrejo, Bajo la Cuesta, Playa la Viuda, Playa de Lima, El Médano, Jover. En Gran Canaria: Ojos de Garza, Tufia, San Felipe, Agaete, Bañaderos, Sardina, Maspalomas. En Fuerteventura: Los Molinos, Jandia, El Puertito de la Cruz. En Lanzarote: Tenezar, Playa Honda. En La Palma: Puerto Naos, El Poris de Candelaria, El Remo, La Bombilla..

No obstante, los asentamientos costeros ocupan la franja litoral, donde la tierra se une con el mar. Una zona de especial sensibilidad con un alto valor ambiental. Regulada actualmente mediante la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y sostenibilidad del litoral. Ambas con el reto  en relación a las costas españolas (incluidos los 1.583 kilómetros de costas Canarias) de conseguir un equilibrio entre un alto nivel de protección y la actividad siempre que está sea respetuosa con el medio. Con lo cual existe una relación jurídica (norma-asentamiento costero). En la que hay que apuntar que la segunda de las leyes nace con la finalidad de corregir tanto la aplicación conflictiva, como la inaplicación, o incluso la impotencia de la Ley de Costas para imponerse sobre realidades sociales consolidadas (antropizaciones del litoral) mediante el establecimiento de un nuevo régimen de prórroga extraordinaria y selectiva de las concesiones (otorgando seguridad jurídica durante un plazo).

A partir de aquí es cuando empezamos a conocer la “idiosingracia Canaria” formado por las siguientes palabras: idio (prefijo de idioto - que a veces me llama Jaimito) sin (carente) y gracia (de sentido del humor), que podemos resumir en las siguientes acciones:

  • Ocupaciones del Dominio Público Marítimo Terrestre, en lo siguiente DPMT, al margen de la legalidad. 
  • Ocupaciones del DPMT legales que han cumplido el plazo concesional, haya sido prorrogado o no. 
  • Actuaciones prohibidas en zona de servidumbre de protección. Destaca la construcción de edificaciones de residencia o habitación, incluidas las hoteleras.
  • Actuaciones autorizables en zona de servidumbre de protección sin contar la autorización necesaria. 
  • Crear barreras arquitectónicas en la franja litoral. 
  • Los diseminados, las casas cueva costeras independientes, el chabolismo, los mamotretos...
  • Los vertidos incontrolados o controlados sin el tratamiento adecuado. 

Pero si hay algo que escenifique la idio sin gracia es pensar que se pueden perpetuar las ocupaciones del DPMT a indefinido mediante la legalización de los inmuebles en base a que ostentan un interés público o mediante la revisión del deslinde. Cuando con ello lo único que se consigue es insertar a esos inmuebles en el circuito concesional. 

Sobre el uso del DPMT a perpetuidad se expresa el art.31.2 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas en el siguiente sentido: “Los usos que tengan especiales circunstancias de intensidad, peligrosidad o rentabilidad y los que requieran la ejecución de obras e instalaciones sólo podrán ampararse en la existencia de reserva, adscripción, autorización y concesión, con sujeción a lo previsto en esta Ley, en otras especiales, en su caso, y en las normas generales o específicas correspondientes, sin que pueda invocarse derecho alguno en virtud de usucapión, cualquiera que sea el tiempo transcurrido.” Usucapión es una palabra latina que significa “toma de un bien por su usoEs una forma de adquirir derechos reales, como la propiedad, por la posesión continua del bien durante un tiempo determinado por la ley.

A mí, lo único que me preocupa es que se utilice a la idiosincrasia Canaria, la real, para blanquear situaciones que no tienen gracia. 

Aunque nos duela, siempre será mejor para nuestro litoral y costas sacrificar algo de nuestro patrimonio y cultura (Aquel que se encuentre en situación de idio sin gracia). Que salvarlo a costa de sentar precedente y que pudiera ser usado como justificación y ejemplo. Dando carta blanca para el resto de ocupaciones del DPMT, actuaciones prohibidas en la zona de servidumbre,… que ni son patrimonio Canario ni son cultura, sino “necesidad”. 

Don Jerónimo Saavedra Acevedo, Alcalde del Excelentísimo Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER:

La historia la hacen los pueblos. Con sus iniciativas, con sus hechos, con sus costumbres y tradiciones. La historia más próxima, aquella que se escribe sobre las cosas cercanas, las comunes, sobre personajes populares y episodios, es la que caracteriza la idiosincrasia de una población o de un núcleo social. Se la llamará, como para remarcar su significado, “pequeña gran historia”.