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El TSJC deberá resolver los recursos

Antes, se supone, será el TSJC, constituido en Sala de la que no habría de formar parte la magistrada Carla Bellini, el que resuelva los recursos contra el auto con el que se dio por finalizada la ardua y prolongada instrucción, un final que solo satisfizo a los imputados al ver que se les quitaba de encima el delito de cohecho. Ese archivo parcial ha sido recurrido por algunas de las partes personadas, que ahora se quedarán aguardando a ver si resuelve el Supremo, si el TSJC o ambos altos tribunales en plan desafinado dueto. El envío del sumario de Las Teresitas a un juzgado de instrucción de a pie va a significar, dicho sea en lenguaje coloquial alejado del acartonamiento del foro, que un señor o una señora se va a tener que empapar los tropecientos miles de folios para decidir si la causa está bien cerrada así, si es precisa la práctica de alguna otra prueba, si conviene llamar a algún testigo o imputado a aclararse, o si ya procede dictar auto de apertura de juicio oral, recibir con paciencia y resignación cristianas la ensalada de recursos y más recursos, conclusiones provisionales, y luego, en su caso, apertura de juicio oral.

Antes, se supone, será el TSJC, constituido en Sala de la que no habría de formar parte la magistrada Carla Bellini, el que resuelva los recursos contra el auto con el que se dio por finalizada la ardua y prolongada instrucción, un final que solo satisfizo a los imputados al ver que se les quitaba de encima el delito de cohecho. Ese archivo parcial ha sido recurrido por algunas de las partes personadas, que ahora se quedarán aguardando a ver si resuelve el Supremo, si el TSJC o ambos altos tribunales en plan desafinado dueto. El envío del sumario de Las Teresitas a un juzgado de instrucción de a pie va a significar, dicho sea en lenguaje coloquial alejado del acartonamiento del foro, que un señor o una señora se va a tener que empapar los tropecientos miles de folios para decidir si la causa está bien cerrada así, si es precisa la práctica de alguna otra prueba, si conviene llamar a algún testigo o imputado a aclararse, o si ya procede dictar auto de apertura de juicio oral, recibir con paciencia y resignación cristianas la ensalada de recursos y más recursos, conclusiones provisionales, y luego, en su caso, apertura de juicio oral.