La Ley de Renovación y Cualificación Turística de Canarias que ha puesto en marcha el Ejecutivo autonómico contempla, además de los incentivos a la rehabilitación de la planta obsoleta de las islas por medio del aumento de edificabilidad y número de plazas, la creación de empleo estable por parte de las empresas que se acojan a las excepcionalidades de esta nueva moratoria turística.
Recoge el anteproyecto de ley al que ha tenido acceso CANARIAS AHORA que los nuevos establecimientos alojativos -salvo lo de carácter rural- para obtener con plenas garantías la autorización administrativa previa que les permita acogerse a la excepcionalidad de edificar en Gran Canaria, Tenerife, Fuerteventura o Lanzarote, deberán acreditar la suscripción con el Servicio Canario de Empleo de un convenio de formación y empleo.
El acuerdo marco entre estas empresas y el Ejecutivo canario estipulará la obligación de los nuevos establecimientos hoteleros de, al menos durante el tiempo de seis años desde la apertura del negocio, un mínimo del 70% de los nuevos trabajadores que compongan su plantilla quedará reservado para el personal formado y seleccionado por el Servicio Canario de Empleo.
Las autorizaciones previas estipuladas en el articulado quedarán validadas en las cuatro islas de mayor presión turística tanto cuando sean proyectos de renovación edificatoria -se entiende por tal tanto la renovación total o parcial o su demolición para ser sustituida en otro lugar autorizado- como materializaron de plazas turísticas procedentes de derechos otorgados por la ejecución de los proyectos de renovación.
Las condiciones en las que queda incluida la creación estable de ese empleo marcan también la obligación de que los nuevos hoteles sean de cinco estrellas-gran lujo, como ya se había previsto, y aclaran dentro de su tercer artículo que marca las autorizaciones previas que la oferta de nueva implantación ha de ser de productos de alta calidad turística, con autosuficiencia energética y ahorro de agua máximos, y solo se podrán implantar en suelos con la consideración legal de urbanos, con los derechos urbanísticos consolidados.
La nueva norma que ha de aprobarse en el Parlamento de Canarias tras el visto bueno del Consejo de Gobierno prohibe expresamente autorizar en suelos turísticos la ejecución simultánea de urbanización y edificación, como parte de la moratoria turística ampliada a los próximos dos años. Y además, deja claro que no habrá autorizaciones gubernamentales en urbanizaciones turísticas en tanto la misma no sea materialmente recibida por la administración municipal.
Los incentivos a la renovación ya expuestos sobre sobre incrementos de edificabilidad o en forma de plazas adicionales por sustitución o traslado del establecimiento obsoleto también incluye márgenes nuevos en cuanto a la densidad de parcela -nunca por debajo de los 35 metros cuadrados por plaza-, ya que establecimientos con licencia de apertura anteriores a la entrada en vigor de la Ley 7 / 1995, de Ordenación del Turismo de Canarias, tendrán derecho a una reducción del estándar de densidad turística de parcela vigente, que se ponderará por el planeamiento urbanístico, o en su caso, por el plan específico.
Estos, denominados planes de modernización, mejora e incremento de la competitividad, serán los instrumentos específicos para acometer cada rehabilitación o sustitución de establecimientos, que los particulares podrán suscribir mediante convenio con el ayuntamiento correspondiente. Estos planes son los que definirán los incrementos en edificabilidad, así como el índice de densidad turística de parcela admisible en las operaciones de renovación, fijados, de todos modos, de manera genérica en este anteproyecto de ley.