Un grupo de chivas que se adentraron en una finca ajena en la isla de El Hierro fueron agredidas con flechas, presuntamente por el dueño de las tierras en las que se colaron, según ha denunciado en su perfil de Facebook Antonhy Benítez Flores.
En un vídeo transmitido en directo explica que la agresión tuvo lugar “en la zona de Los Llanillos, por la parte de Las Longueras hacia arriba, (donde) un sujeto agredió a unas chivas que se le metieron en una huerta que tiene pitayas, que los animales no las comen”.
La persona que habla en el vídeo se queja de que “en lugar de llamar a la Policía y dar parte (de lo ocurrido) para que busque al dueño de los animales y le pague el daño que le causaron... sacó un arco y una flecha y empezó a atravesar a todos los animales”.
En principio hay dos afectadas, “a una la tuvo que sacrificar la veterinaria y a la otra hay que llevársela a ver… a ver qué declara él cuando haya un juicio porque según dice la mujer que solo las estaba espantando. Mira la manera que hay de espantar a un animal: de lado a lado con una flecha”, explica en el vídeo.
Aún está por dilucidar en que quedará todo esto, pero el artículo 337 del Código Penal señala que “será castigado con la pena de 3 meses y 1 día a 1 año de prisión e inhabilitación especial de 1 año y 1 día a 3 años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, el que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud ... a un animal doméstico o amansado, a un animal de los que habitualmente están domesticados, a un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano, o a cualquier animal que no viva en estado salvaje”.
Las penas previstas en el apartado anterior se impondrán en su mitad superior cuando se hubieran utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal, hubiera mediado ensañamiento, se hubiera causado al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal, o los hechos se hubieran ejecutado en presencia de un menor de edad.
Si se hubiera causado la muerte del animal se impondrá una pena de 6 a 18 meses de prisión e inhabilitación especial de dos a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
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