El Gobierno de Canarias ha desestimado facilitar a la Plataforma de Afectados por la Erupción de La Palma el acceso a las actas de las reuniones del Plan de Emergencias Volcánicas de Canaria (Pevolca), previas al día que estalló el volcán el 19 de septiembre, al considerar que los contenidos de estos cónclaves no son “información pública” tal y como lo entiende la Ley de Transparencia.
En una resolución de la Dirección General de Seguridad y Emergencias, el Gobierno defiende que se trata de “información auxiliar o de apoyo contenida en opiniones, resúmenes, comunicaciones e informes internos entre entidades administrativas”, unos tipos de documentos que, en su opinión, no están sujetos a ser accesibles mediante la Ley de Transparencia.
La petición de acceso a las actas de los comités del Plan Especial de Protección ante Riesgo Volcánico de Canarias (Pevolca) se produjo después de que la directora en las islas del Instituto Geográfico Nacional (IGN), María José Blanco, precisase unas declaraciones realizadas en la Comisión del Parlamento de Canarias que estudia los efectos de la crisis volcánica.
En esas comisión, Blanco apuntó que, en esas reuniones previas, el IGN había manifestado la posibilidad de que hubiese “riesgo inminente” de erupción, si bien la decisión del Pevolca fue no incluirlo en su informe tras la deliberación del resto de partes y, por tanto, no recomendar el cambio de semáforo antes del 19 de septiembre de 2021.
Ahora, tras la petición de acceso a esas actas, el Gobierno de Canarias defiende que el criterio personalizado o las opiniones individuales de cada uno de los miembros de un órgano colegiado “no resultan trascendentes”, dado que lo “auténticamente relevante” es la decisión colegiada del órgano.
“Esta doctrina resulta de aplicación en este supuesto, ya que ni siquiera existe una decisión colegiada, sino meras opiniones, comunicaciones e informes internos entre diferentes Administraciones Públicas. Los documentos que eleva el Pevolca se adoptan por consenso, sin perjuicio de que puedan producirse discrepancias, en cuyo caso deberán recogerse en un anexo firmado por el defensor de la postura que se separe de la consensuada, (...) extremo que no se ha producido”, agrega la resolución.
En su exposición de hechos, el Gobierno matiza que el Pevolca “carece de capacidad deliberante o de decisión”, por lo que no “adopta acuerdos que tengan trascendencia para terceros” ya que esta facultad recae sobre la persona que ostenta la dirección del Plan.
“Sus funciones se limitan al apoyo y seguimiento (...) La peculiar naturaleza del órgano viene determinada por la inexistencia de una voluntad superior colegial adoptada por mayoría de votos o por consenso, lo que se traduce en el hecho de que en su seno no se produzcan deliberaciones, ni se ejerza el derecho al voto o a la formulación de votos particulares entre sus miembros”, destaca el Gobierno.
Asimismo, añade que en esas reuniones no existía un orden del día, ni deliberaciones y acuerdos “en los que se plasmara una voluntad colegial”, ni secretario formalmente designado, ya que las reuniones del Pevolca eran diarias “a los meros efectos del seguimiento constante de la erupción y la coordinación administrativa”.
El pasado junio, el consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad el Ejecutivo, Julio Pérez, admitió que hubo diferencia de criterio entre los científicos sobre la inminencia de la erupción, si bien el consenso que adoptaron entre ellos fue mantener el color del semáforo de riesgo ante la imposibilidad de establecer un tiempo concreto sobre la erupción.
“Había opiniones singulares, sugerencias en distinto sentido, pero eso no significa que no hubiera unanimidad en el consenso final entre los científicos en su recomendación de mantener el semáforo en amarillo”, subrayó entonces el consejero.
En un comunicado, la Plataforma de Afectados por la Erupción anuncia que recurrirá esta decisión de la Dirección General de Seguridad y Emergencias de la comunidad autónoma ante el Comisionado de Transparencia del Parlamento de Canarias.