La nota de oposición y la experiencia en la Administración pesarán 4 puntos cada uno y con otros méritos se podrán sumar hasta 6 más
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 1 (EUROPA PRESS)
El Gobierno canario ha aprobado este jueves en Consejo de Gobierno el procedimiento de constitución de listas de empleo para funcionarios interinos y personal estatutario temporal de Educación y Sanidad, informó el Ejecutivo en un comunicado.
El decreto establece cómo formar las listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos tanto en los sectores de administración general y docente no universitario, como del personal estatutario temporal del Servicio Canario de Salud pero “no será de aplicación a las listas de reserva de funcionarios interinos de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia en Canarias, ya que estas listas de reserva se regirán por su regulación específica”.
En concreto, se establece un procedimiento ordinario basado en un sistema de concurso, en el cual se valorarán, como méritos, la nota de oposición y la experiencia en la Administración Pública. Igualmente, se podrán valorar otros méritos, si así se determina mediante Orden de la Consejería competente en materia de función pública, educación o sanidad.
La calificación obtenida en la oposición se valorará hasta 4 puntos, la experiencia también hasta 4 puntos y otros méritos por hasta 6 puntos. “De optarse por añadir estos méritos deberá incluirse la formación y la evaluación de la práctica profesional en puestos análogos a los que se pretende cubrir con funcionarios interinos con una valoración de hasta 3 puntos cada uno de ellos”, explicó el Ejecutivo canario.
La puntuación máxima que se puede obtener por la suma de los méritos del apartado anterior no podrá superar los 10 puntos y serán las consejerías competentes en cada materia, previa negociación en la Mesa Sectorial correspondiente, las que determinen “si se opta por valorar los otros méritos” o no, “así como la forma de valoración de todos los méritos”.
CASOS DE EMPATE
En los supuestos de empate se dará preferencia al aspirante de promoción interna cuando lo hubiere, sin perjuicio de lo que pueda disponer, en su caso, la normativa estatal o autonómica respecto de quienes hayan concurrido al correspondiente proceso selectivo por el turno de personas con discapacidad. De persistir el empate, se dirimirá atendiendo a la calificación obtenida en la oposición y de volver a haber empate, se resolverá en función de la experiencia en la Administración Pública.
El texto aprobado hoy recoge una Disposición Transitoria que mantiene en vigor el Plan Especial para claustros docentes inestables, con el que se “pretende dar respuesta a los problemas derivados de la excesiva movilidad del profesorado destinado en los centros docentes de las islas no capitalinas y del sur de las islas capitalinas, dificultando el asentamiento de las citadas comunidades educativas”.