Condenado a cinco meses de cárcel el exjefe de gabinete de Augusto Hidalgo por acosar a una empleada
El ex jefe de gabinete de Augusto Hidalgo durante la mayor parte de su mandato como alcalde de Las Palmas de Gran Canaria (2015-2023), Pablo Quintero, ha sido condenado a cinco meses de cárcel por acosar sexualmente a una empleada del Ayuntamiento, a la que deberá indemnizar con 20.000 euros.
En su momento, Hidalgo, durante su mandado, tomó la decisión de cesarlo después de conocer que había acosado presuntamente a la trabajadora. Antes, mantuvo una entrevista para que le diera su versión de los hechos. Tras dicha entrevista, Hidalgo tomó la decisión de cesarle inmediatamente, alegando en el escrito de cese a una “pérdida de confianza”.
La sentencia del Juzgado de lo Penal 3 de Las Palmas de Gran Canaria condena también a Quintero a abonar las costas del proceso, si bien podrá ser objeto de recurso ante la Audiencia de Las Palmas.
El Ministerio Fiscal y la acusación particular solicitaban una pena de siete meses, aunque el magistrado ha considerado que, al carecer de antecedentes penales el acusado, la que finalmente ha impuesto era más ajustada.
En sus fundamentos concluye que el procesado tenía una conducta “típica” de acoso sexual por la “monopolización” de la empleada municipal durante el horario laboral, así como por “la realización de numerosos comentarios sobre su físico y vestimenta, las actitudes caprichosas en su relación con la denunciante desde el embeleso a los comentarios mordaces o hirientes en el seno de reuniones”.
Estos actos eran reiterados, por lo que sufrió “un acoso continuo y prolongado en el tiempo”.
Así mismo, señala que aunque alguno de los elementos señalados como significativos de connotación sexual pudieran ser susceptibles de una interpretación ambivalente, la ponderación sistemática de toda la experiencia narrada por la denunciante excluye “rotundamente tal posibilidad”.
Así mismo, expone que no existe controversia en cuanto a que los hechos se desarrollaron en el ámbito de una relación laboral y que la situación de la denunciante fue “gravemente intimidatoria, hostil o humillante”.
Y sobre ello, alude a lo declarado por los testigos en cuanto al marcado deterioro que apreciaron en la trabajadora, especialmente en el segundo semestre de 2021, así como a las conclusiones del informe médico forense que “claramente diagnostican la existencia de un trastorno de estrés postraumático”.
Todo ello apuntala “de forma rotunda el sentimiento de humillación, hostigamiento sufrido por la denunciante” respecto del acusado, en cuya conducta aprecia dolo y prevalimiento de la situación de superioridad laboral.
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