El Supremo ve razones para evitar el derribo de la casita del mirador de Bandama

Casita del mirador de Bandama.

Noé Ramón

Santa Cruz de Tenerife —

El Tribunal Supremo (TS) ha devuelto al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) el recurso presentado por unos particulares contra las Normas de Conservación del Monumento Natural de Bandama en Gran Canaria, al estimar que hay indicios de que se debe proceder a su anulación.

En concreto, el TS ordena que se realice una prueba pericial que en principio fue aceptada por el TSJC pero que nunca se llegó a ejecutar. Por medio de este peritaje se querían anular las limitaciones a la creación de terrazas y al cultivo  en espaldera, en zona de uso tradicional y en suelo de Protección Paisajística Agrícola Vitivinícola, en función de la pendiente del terreno. El recurso fue presentado por estos vecinos en contra del Cabildo de Gran Canaria y la Comisión del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac).

Ya el TSJC aceptó anular parcialmente las normas al entender que tiene base la denuncia de que no hay razones para demoler la conocida como Casita de Bandama. El TSJC estimó que la previsión de que se elimine esta edificación “no resulta ajustada a la finalidad del documento aprobado porque en ningún momento aparece argumentada tan drástica medida en la Memoria Justificativa”.

El TSJC consideró en su momento que este inmueble tradicionalmente se ha convertido en un punto de encuentro turístico, pese a que en la actualidad ya no se encuentra en uso. Además, se incide en sus valores culturales como exponente de la arquitectura canaria tal y como aparece recogido en estudios editados por el propio Cabildo. Por ello, se cree que la prevista demolición “se dicta con abstracción del resto del sistema de planeamiento y al margen de la legislación urbanística aplicable y de la compensación que correspondiere en el estudio económico financiero”.

El Tribunal sin embargo rechaza otros argumentos de estos vecinos tales como la negativa a que se instale un centro de recepción de visitantes en las antiguas edificaciones del caserío al pie de la montaña. Los recurrentes consideraban que esta actuación daría lugar a molestias en un pequeño núcleo de casas de uso residencial y agrícola. Sin embargo, para el Supremo esta decisión entra dentro del ejercicio de una potestad administrativa discrecional que sólo podría ser anulada en caso de que se demostrara que es arbitraria o irracional.

Las normas justifican la conservación de este espacio natural por sus elevados valores geomorfológicos, florí­sticos, faunísticos, paisají­sticos y patrimoniales. El Monumento Natural de Bandama, considerado como Área de Sensibilidad  Ecológica, ocupa una superficie de 325,7 hectáreas, lo que supone un 0,3% de la superficie total de Gran Canaria. Este espacio natural, que se reparte entre los municipios de Las Palmas de Gran Canaria, Telde y Santa Brígida, está compuesto por dos unidades claramente definidas: El Pico y La Caldera de Bandama, dos  formaciones de gran singularidad e interés cientí­fico.

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