La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha calificado de “insólitas” las prisas de la Fiscalía Provincial de Las Palmas para concluir y remitir al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la investigación abierta contra Victoria Rosell, magistrada en excedencia y candidata de Podemos al Congreso. Esta actuación del Ministerio Público se produjo la misma mañana en la que el TSJC admitió el recurso de la jueza por vulneración de derechos fundamentales, en especial, los referidos a procesos electorales.
En un auto notificado este jueves por la tarde, la Sala levanta la suspensión de la causa abierta contra Rosell por “su pérdida de utilidad”, ya que la actuación objeto de la medida cautelar decretada el pasado viernes 11 de diciembre -las diligencias preprocesales a la magistrada- ya ha sido consumada con la queja elevada al órgano de gobierno de los jueces.
El TSJC estima las alegaciones presentadas por la Abogacía del Estado y por el Ministerio Público “con independencia de la calificación que merezca la insólita diligencia de tal remisión y la finalidad perseguida” por la Fiscalía.
La Sala, presidida por César García Otero, no entra en el fondo de la cuestión y precisa que su decisión no puede interpretarse “en ningún caso” como un pronunciamiento sobre la posible vulneración de los derechos invocados. De hecho, advierte de que con el levantamiento de la medida cautelar “no se perderá el efecto de la eventual sentencia que se dicte”.
Evangelina Ríos, fiscala de Delitos Económicos, investigó durante tres semanas si Rosell cometió una infracción disciplinaria por no haberse inhibido en la causa abierta contra el empresario Miguel Ángel Ramírez, presidente de la Unión Deportiva Las Palmas, acusado de un delito de fraude fiscal en una de sus empresas, por el acuerdo económico al que el club llegó con su pareja sentimental y propietario de la empresa Clan de Medios, Carlos Sosa.
La magistrada en excedencia solicitó el archivo y la declaración inmediata de nulidad radical de las diligencias preprocesales incoadas contra ella por el Ministerio Público, al entender que esta actuación “solo puede interpretarse como una actuación realizada a sabiendas, voluntaria y conscientemente fuera de toda previsión legal o por ignorancia inexcusable, y que vulnera de forma flagrante y directa mis derechos fundamentales y las más elementales garantías procesales”. En su escrito, Rosell explicaba que esta investigación, que versa sobre una infracción disciplinaria, como ha recogido la queja de la Fiscalía, sólo puede ser incoada por el promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ.
La Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) y la Unión Progresista de Fiscales (UPF) han solicitado formalmente al fiscal jefe de la provincia de Las Palmas, Guillermo García-Panasco, que convoque urgentemente a la Junta de Fiscales para que ofrezca allí explicaciones sobre la investigación y los métodos empleados por el Ministerio Público.