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El BOC oficializa el nuevo horario de cierre hostelero a la una de la madrugada tras el varapalo judicial al Gobierno

Plaza de Cañadío en Santander.

Javier Fernández Rubio

19 de mayo de 2021 20:23 h

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El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este miércoles la resolución de la Consejería de Sanidad por la que se sitúa la hora de cierre de la hostelería en Cantabria a la una de la madrugada, según lo dictado por el Gobierno central y en respuesta al auto del Tribunal Superior de Justicia que este mismo día ha aceptado el recurso de la Asociación de Hostelería contra las restricciones anteriores. Asimismo, la resolución recoge el compromiso de que los sanitarios jubilados puedan reincorporase al trabajo durante un mes, prorrogable, sobre todo en tareas relacionadas con la vacunación contra la COVID, así como el nuevo listado de niveles de alerta de los 102 municipios de Cantabria, ya anunciado y que regirá durante los próximos días. Las disposiciones de Sanidad entran en vigor a las a las 00.00 horas de este jueves, 20 de mayo.

En el Boletín se hace referencia al dictamen del TSJC y considera que el mínimo estatal recogido por la Orden ministerial, reflejo de los acuerdos del Consejo Interterritorial de Salud Pública, es la respuesta que cabe dar para aplicar el auto. La Asociación de Hostelería ya ha anunciado que estudia recurrir esta disposición recogida en el BOC porque considera que la decisión del TSJC retrotrae los horarios de cierre a lo dispuesto en las licencias de los locales hosteleros. No obstante, en la Resolución, Sanidad dice que el propio TSJC ha reconocido ya en anteriores ocasiones el magisterio que en esta materia tiene el órgano de coordinación sanitaria nacional.

Para Sanidad, “la suspensión de la medida (las restricción dispuestas) supone la automática aplicación del mínimo común estatal contenido en la Orden comunicada del Ministro de Sanidad de 14 de agosto de 2020”. En este sentido, recuerda que “la propia Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en su Auto 73/2020, de 20 de agosto de 2020, ha señalado, que 'según se infiere del art. 65.2, las medidas de actuación coordinada establecidas por el Estado obligan a todas las partes incluidas en el ámbito de la coordinación que, en este caso, son todas las Comunidades Autónomas'”. Además señala que la competencia del Estado en la materia (horarios de cierres), de la que emana la Orden ministerial, tiene respaldo constitucional.

Sanitarios jubilados

El BOC recoge la autorización a la reincorporación al servicio activo en la condición de personal estatutario eventual de profesionales de la medicina y de la enfermería cuya jubilación haya sido declarada por el Servicio Cántabro de Salud, siempre que no hayan cumplido la edad de 70 años. La reincorporación será a la misma categoría que tenían al jubilarse y será compatible con la pensión de jubilación.

El nombramiento, que podrá ser a tiempo completo o a jornada parcial, se podrá realizar cuando las tareas dirigidas a la lucha contra la COVID así lo requieran, afirma la Consejería en su Resolución. En particular, los profesionales reincorporados “podrán colaborar en las tareas de vacunación frente al COVID-19 o prestar atención sanitaria a los pacientes COVID […] La duración del nombramiento será de un mes prorrogable por periodos de igual o inferior duración con el límite máximo del 31 de diciembre de 2021”. 

Por último la Resolución recoge el mapa actualizado de niveles de alerta en los municipios de Cantabria que regirá en los próximos días y en donde se constata una reducción de los riesgos en la mayoría de ellos.

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