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El Ayuntamiento de Castro Urdiales no ve responsabilidad penal en el caso 'La Loma' y se opone a la demolición de viviendas

Exterior del Ayuntamiento de Castro Urdiales | RUBÉN ALONSO

elDiario.es Cantabria

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El Ayuntamiento de Castro Urdiales considera que “no existe responsabilidad penal alguna por delito de prevaricación común ni tampoco prevaricación urbanística” en la causa de La Loma, por lo que entiende que “no procede declarar por conexión” la nulidad de los instrumentos urbanísticos del SUNP-12, ni tampoco de la licencia concedida para edificar 46 viviendas, como solicitan la Fiscalía y la Junta Vecinal de Santullán, que señalan al Consistorio como responsable civil subsidiario de los gastos inherentes a la demolición de las viviendas.

Así consta en el escrito de defensa que el Consistorio ha presentado en la Audiencia provincial, en su condición de responsable civil subsidiario, después de la decisión de la Fiscalía de “contraer” la causa, limitar los hechos a enjuiciar al SUNP-12 y reducir el número de acusados de 39 a 6.

En sus alegaciones, consultadas por Europa Press, el Ayuntamiento recuerda que en la fase de instrucción intervino como perjudicado, llegando a formular escrito de acusación en diciembre de 2013 en su condición de actor civil.

Sin embargo, recalca, el auto de apertura de juicio oral de mayo de 2015 (dictada por el juez instructor, Luis Acayro Sánchez), “en contra de una corriente doctrinal mayoritaria, negó al Ayuntamiento de Castro Urdiales la opción procesal de intervenir como perjudicado y a la vez como responsable civil subsidiario”, lo que “ha dado lugar a que el Ayuntamiento de Castro Urdiales hasta la fecha no haya podido presentar escrito de defensa en su sobrevenida condición de responsable civil subsidiario”.

El Consistorio defiende la legalidad de los instrumentos urbanísticos aprobados en el SUNP-12 (plan parcial, proyecto de urbanización, proyecto de compensación y licencia de edificación de 46 viviendas).

Asimismo, reivindica para sí la titularidad de los caminos rurales de Santullán, en los que sustenta su acusación la Junta Vecinal. De hecho, asegura que de los tres caminos reivindicados por la Junta Vecinal, dos figuran inscritos en el inventario de bienes del Ayuntamiento de Castro Urdiales.

El Ayuntamiento considera que “no procede” la condena al pago de

ninguna suma en concepto de responsabilidad civil subsidiaria derivada de la actuación urbanística del Ayuntamiento en el sector residencial SUNP-12 de Castro Urdiales.

En todo caso, entiende que las valoraciones indemnizatorias se encuentran “insuficientemente acreditadas” con los informes y

documentación aportada a la instrucción, y solicita que “en el hipotético caso” de que el Ayuntamiento deba responder subsidiariamente, se difiera la fijación de la cuantía de la indemnización a la posterior fase de ejecución de sentencia.

No obstante, “en aras a no prolongar innecesariamente las

actuaciones procesales, en el hipotético caso de que la responsabilidad imputable al Ayuntamiento se circunscribiera estrictamente a los gastos por demolición de las 11 viviendas supuestamente edificadas en contravención de las normas de protección del dominio público viario, sin perjuicio de lo que pudiera resultar de la prueba, a priori se acepta como criterio de valoración el

determinado en el informe de tasación de la ingeniero de Caminos del

Ayuntamiento Ana Jaurena Murillo en mayo de 2015“.

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