El Tribunal Supremo ha iniciado el reconocimiento de la improcedencia del despido de ocho trabajadores del Servicio Cántabro de Empleo desestimando el primero de los recursos del Gobierno autonómico a las cinco sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que les daban la razón. La sentencia a la recurrente es por lo tanto firme, teniendo que abonar el Ejecutivo la indemnización, intereses, costas y honorarios de la parte contraria. Dada la interpretación del Alto Tribunal, es presumible que el resto de recursos lleven el mismo camino.
Los trabajadores despedidos fueron declarados en su día indefinidos no fijos siendo adscritos a un puesto de categoría de funcionario, pero posteriormente fueron cesados a resulta de la cobertura de dichos puestos por personal funcionario.
La doctrina que viene aplicando el Supremo viene a decir que “los trabajadores indefinidos no fijos adscritos a una plaza de funcionario, por incorporación de un nuevo titular que accede como funcionario a través del correspondiente proceso de selección, constituye un despido que carece de justificación”. “Es una gran noticia que demuestra la injusticia cometida con nuestro despido y un ejemplo judicial a nivel nacional”, ha manifestado uno de los afectados.
El calvario judicial de los trabajadores, que llevaban entre 13 y 23 años en su puesto, se prolonga desde hace más de dos años en varias instancias judiciales, pero los jurídicos del Gobierno de Cantabria han desoído las peticiones de retirada de sus recursos. Uno de los cuatro recursos pendientes que tiene entre manos la Sala de lo Social del Supremo, planteado en similares términos, está próximo a su resolución.
En esta coyuntura, los demandantes se preguntan si no es el momento oportuno para que el nuevo Gobierno desista de los recursos realizados, asuma la responsabilidad y pague las cantidades adeudadas “para dejar descansar a estas personas, que ya fueron privadas de sus puestos de trabajo, y para no seguir acumulando nuevos gastos públicos innecesarios”.
“Parecería razonable que el nuevo Gobierno se replantease la decisión sobre este asunto. A fecha de hoy los intereses devengados superan los 7.000 euros en su conjunto y el Gobierno ya ha sido condenado en costas por valor de 1.150 euros, más el pago de los honorarios de la parte recurrida, cantidad que se podría multiplicar por cuatro con la resolución de los recursos restantes. Si se sigue adelante con los recursos presentados, ¿quién se hará responsable del pago de estas cantidades añadidas cuando el Tribunal Supremo inadmita los cuatro recursos que restan?”, se pregunta uno de los afectados.