El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Valladolid ha fallado a favor de una de las damnificadas por la macro estafa de iDental y en contra de una de las financieras de estas clínicas dentales, EVOFinance, que deberá indemnizarla con 5.000 euros por el tratamiento incompleto recibido.
La financiera, que prestó 3.000 euros en 2015 a la demandante, defendida por los abogados de la Plataforma en Defensa del Paciente (Afecade), ha sido condenada a pagar 5.000 euros en concepto de cantidad necesaria para completar el tratamiento que iDental llevó a cabo defectuosamente y dejó sin terminar por el cierre de las clínicas en 2018.
Además, la justicia también condena a EVO a pagar los intereses que pudieran corresponder desde la interposición de la demanda y a dar como resuelto el crédito contraído, aunque éste ya había sido satisfecho en su totalidad por la demandante.
Los hechos se remontan al mes de agosto de 2015 cuando la paciente contrató un tratamiento con iDental -implantes y prótesis removibles- por el importe de 3.000 euros, y que fue financiado a través de Fracciona (ahora EVOFinance), a razón de 36 cuotas mensuales de 83,34€ cada una.
El crédito fue suscrito por el hijo de la paciente. Dicho crédito ha sido satisfecho. No así el tratamiento, que fue defectuoso (prótesis rotas, movilidad de los tornillos, etc) y que fue interrumpido unilateralmente por iDental a mediados de 2018 a raíz del cierre de las clínicas.
El juez de primera instancia, sin embargo, ha desestimado la petición de la demandante de una indemnización de 34.200 euros por el daño moral ocasionado y los graves perjuicios físicos del tratamiento defectuoso (inflamaciones continuas, dolores de cabeza, temor al contagio de VIH y de hepatitis, problemas laborales derivados, etc), al considerar que la financiera no puede ser responsable del delito contra la salud cometido por iDental.
Desde Afecade, los letrados que han defendido a una de las afectadas por iDental aseguran estar “muy satisfechos con la sentencia. Primero porque se ha hecho justicia y la cliente podrá por fin concluir su tratamiento y tener una salud dental digna. Pero, además, porque se ha admitido uno de los principales argumentos como plataforma: que las financieras deben cumplir con el contrato”.
En este sentido, desde Afecade, que defienden a centenares de afectados con la colaboración de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), se muestran contrarios a que en la sentencia se desestime condenar a la financiera a pagar daños morales.
“Creemos que las financieras deberían abonar estos daños morales, por cuanto la Ley de Contratos de Crédito al Consumo establece que se puede reclamar al suministrador del servicio y además 'todos los derechos' a las financieras. Con lo cual, entendemos que deberían incluirse los daños morales, a los que sin duda hubieran condenado a iDental”.