La Audiencia de Barcelona ha absuelto al jefe de la policía local de Pineda de Mar acusado de instar a la expulsión de agentes de la Policía Nacional alojados en un hotel del municipio por su actuación contra el referéndum del 1-O de 2017. Los magistrados descartan que haya prueba alguna para poder condenar al agente, C.S., y llegan a tildar de “extravagante” alguna de las hipótesis acusatorias formuladas por la Fiscalía.
La sentencia de la sección 6ª de la Audiencia de Barcelona confirma la condena a un año de cárcel de los dos concejales socialistas de Pineda, Carme Aragonès y Jordi Masnou, que ya habían llegado a un acuerdo con el fiscal. El jefe de la policía local, representado por el abogado Andreu Van den Eynde, descartó sumarse al pacto, abogó por defender su inocencia en el juicio y ha obtenido una sentencia que confirma las tesis de la defensa.
Los hechos se remontaban al 2 de octubre de 2017, un día después de la votación que en varios colegios fue impedida a golpes por parte de la Policía Nacional y la Guardia Civil. A las puertas del hotel donde se alojaban los policías en Pinerda se celebraron concentraciones de protesta, lo que derivó en momentos de tensión. Mientras soberanistas pedían la expulsión de los uniformados del hotel, desde el interior los agentes replicaron a gritos de “que nos dejen actuar”.
Los magistrados confirman que el jefe policial no participó en ningún acto de coacciones contra los responsables del hotel para que los policías abandonaran el establecimiento, como sí hicieron los concejales. Su participación en los hechos, remarca la sentencia, se limitó a acompañar a los concejales a la reunión que tuvieron con la gerencia del hotel, y a tomar las medidas necesarias –cortar el tráfico, avisar a los Mossos d'Esquadra– para que las protestas independentistas ante el establecimiento no se descontrolaran.
“Nadie, absolutamente nadie”, remarca la sentencia, oyó al policía local proferir coacciones o amenazas a los gestores del hotel para que los policía nacionales se fueran. Sí hubo una conversación telefónica entre uno de los concejales condenados y un responsable de la cadena hotelera en que se conminó a que se echara a los policías, pero en ella nada tuvo que ver el jefe de la policía local de Pineda, concluyen los togados.
“Se nos hace difícil pensar cómo pudo el acusado impedir que los hechos se desarrollaran. ¿Arrancándole el teléfono al concejal? ¿Gritando o dando voces para que se terminara la conversación?”, enfatiza la sentencia, que remarca además que en el contexto de “innegable tensión” por las protestas independentistas, el jefe policial no dejó de cumplir sus obligaciones.
El tribunal tilda de “doblemente extraño” el testimonio de un policía nacional, único testigo de cargo contra C.S., pues el agente señaló por primera vez durante el juicio –no lo hizo en instrucción– al acusado por realizar supuestas labores de contravigilancia, una tesis que para los jueces “no merece verosimilitud”.
Por el contrario, los jueces destacan que hay una abundante prueba en forma de documentos que confirma que C.S. mantuvo “una actuación en funciones de seguridad propias del cargo”, informando en todo momento tanto a la Policía Nacional como a los Mossos d'Esquadra.