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La Justicia avala todas las restricciones de la Generalitat para frenar los contagios

Terraza de un bar vacía en Barcelona

Oriol Solé Altimira

16 de octubre de 2020 13:44 h

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha autorizado todas las restricciones de la Generalitat para frenar los contagios que quedaron en suspenso este jueves a la espera de ratificación judicial.

El Govern requería del aval judicial solo para las medidas que limitaban derechos fundamentales: la prohibición de reuniones de más de seis personas, la suspensión de las clases presenciales en la universidad y el límite del 50% de aforo en actos religiosos. Por el contrario, el cierre de bares y restaurantes no afectaba a derechos fundamentales por lo que ya entró en vigor la pasada medianoche sin necesidad de visto bueno de los jueces.

No obstante, el TSJC sí deberá pronunciarse sobre el cierre de bares y restaurantes cuando resuelva el recurso presentado por los hosteleros. Pero la decisión judicial se demorará unos días, por lo que la Generalitat verá cumplido su objetivo de suspender la actividad de los bares para reducir las interacciones sociales y la movilidad, principales motores de los contagios.

En su auto, los magistrados de la sección 3a de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC recalcan que solo autorizan las tres citadas restricciones de derechos fundamentales y no se pronuncian sobre el resto de medidas, como el cierre de bares y restaurantes, sobre el que resolverán cuando analicen las “impugnaciones” al decreto que realizarán los hosteleros.

Sobre las restricciones que sí han estudiado, los jueces concluyen que la prohibición de reuniones de más de seis personas, la suspensión de clases presenciales en la universidad y la limitación de aforo al 50% en servicios religiosos son limitaciones “proporcionadas y justificadas” de derechos fundamentales vistos los “datos de crecimiento acelerado de la pandemia”.

Los jueces exponen que la Generalitat ha aportado suficientes datos para validar las medidas. Citan los magistrados el informe de la Agencia de Salud Pública que remarca que Catalunya presenta una tasa de incidencia de 268 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días y de 137 la última semana, lo que obliga a “tomar medidas que garanticen la reducción de la movilidad, las aglomeraciones y concentraciones de personas en espacios cerrados y de concurrencia pública”.

En su informe, Salud Pública precisa que de los más de 1.300 brotes activos de COVID-19 en la comunidad, un 60,2% (792 brotes) se han producido en el ámbito familiar, seguido de las residencias con 165 brotes, un 12,5% del total. En conjunto, un 44,8% del total de positivos –3.314 personas– se han producido en el ámbito familiar y social.

El aumento de contagios va acompañado, según los datos de Salud Pública, de un incremento de la presión hospitalaria: las UCI están ocupadas en más del 30% en cinco de las ocho regiones sanitarias catalanas. La “alta transmisión comunitaria del virus” también se refleja en el aumento en una semana del número de positivos detectados por la atención primaria, que han pasado del 8,09% al 14,02% del total de PCR realizadas.

Salud Pública insiste en que el cierre de bares y restaurantes es indispensable para reducir la movilidad y la interacción social, ya que en estos establecimientos “aumenta el riesgo de transmisión” al no utilizarse la mascarilla durante la mayor parte del tiempo y tampoco se guarda la distancia de seguridad “durante un tiempo suficientemente relevante”.

“Las reuniones familiares –agrega el informe de Salud– son actividades que aumentan el número de contactos entre no convivientes, habitualmente durante un periodo de tiempo largo, en espacios cerrados y con relajación de las medidas de protección como el uso de mascarilla”. Todo ello genera “situaciones de alto riesgo potencial” de los contagios y facilitan la transmisión del virus.

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