Los profesionales de la salud tenemos el deber moral de proteger la salud física y mental de las personas, sobre todo de aquellas más vulnerables. En este sentido las personas detenidas y privadas de libertad son uno de los colectivos más vulnerables y están más en riesgo de sufrir abusos y maltratos.Tenemos un papel importante como garantes del cumplimiento de los derechos humanos (DDHH) en la prevención y detección de casos de tortura y maltrato, en su documentación e investigación y en la reparación del daño a la víctima proporcionando la atención médica necesaria, garantizando su rehabilitación y acompañamiento.
El “Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes” de Naciones Unidas, más conocido como Protocolo de Estambul, es la principal guía de actuación a nivel internacional y ofrece el estándar que debe tener toda exploración e investigación médica de alegaciones de malos tratos.
El Protocolo de Estambul establece que la exploración médica debe realizarse en privado, sin personal de custodia presente en el área médica ni en las zonas de alcance visual y auditivo. El paciente también debe estar libre de restricciones físicas (esposas). La única excepción es cuando existan sospechas justificadas de riesgo, en esta situación se dejará constancia por escrito de las circunstancias en que se produce la exploración y la presencia de policía, de otras personas y de las restricciones físicas.
El Síndic de Greuges de Catalunya, en su último informe anual del Mecanismo Catalán para la Prevención de la Tortura (2015), constata que en nuestro país “los reconocimientos médicos de las personas privadas de libertad a menudo se hacen en presencia de la policía u otros funcionarios de custodia” y constata también el “profundo desconocimiento” del Protocolo de Estambul a pesar de su carácter internacional y hace recomendaciones para promover su conocimiento y aplicación.
Como profesionales sanitarios, será necesaria nuestra implicación para erradicar de una vez por todas esta lacra que suponen la tortura y los malos tratos.
Los profesionales de la salud tenemos el deber moral de proteger la salud física y mental de las personas, sobre todo de aquellas más vulnerables. En este sentido las personas detenidas y privadas de libertad son uno de los colectivos más vulnerables y están más en riesgo de sufrir abusos y maltratos.Tenemos un papel importante como garantes del cumplimiento de los derechos humanos (DDHH) en la prevención y detección de casos de tortura y maltrato, en su documentación e investigación y en la reparación del daño a la víctima proporcionando la atención médica necesaria, garantizando su rehabilitación y acompañamiento.
El “Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes” de Naciones Unidas, más conocido como Protocolo de Estambul, es la principal guía de actuación a nivel internacional y ofrece el estándar que debe tener toda exploración e investigación médica de alegaciones de malos tratos.