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Claves y diferencias entre la acusación de rebelión sin armas de la Fiscalía y la sedición de la Abogacía del Estado

Los miembros del exgovern, tras la declaración de independencia.

Oriol Solé Altimira / Elena Herrera

Los hechos son los mismos: un proceso unilateral hacia la independencia iniciado en 2012 y que se aceleró con la convocatoria del 1-O. Pero, según la Fiscalía, estuvo marcado por una violencia clara –“levantamiento generalizado salpicado de actos de fuerza, agresión y violencia”– que justifica la acusación por rebelión. Para la Abogacía del Estado, que rebaja la calificación a sedición, el plan consistía en un “enfrentamiento” desde el Govern y el Parlament “contra la legalidad constitucional y estatutaria” que contó con el respaldo de organizaciones sociales con el objetivo de “presionar al Estado”.

De ahí la diferencia de penas que piden ambas acusaciones: 25 años de cárcel por rebelión para Junqueras, 17 para Forcadell y los 'Jordis' y 16 para los exconsellers por parte de la Fiscalía; mientras que el órgano que defiende los intereses de la Administración en el proceso las rebaja a 12 años de cárcel para Junqueras, 11 y medio para los cinco exconsellers que siguen en prisión, 10 para Forcadell y ocho para los expresidentes Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural. Estas son las claves y las diferencias entre ambos escritos.

“Levantamiento” vs “enfrentamiento”

La cuestión de la violencia, clave para poder acusar por rebelión, tarda en aparecer en el escrito de la Fiscalía. Centra las últimas veinte páginas de un documento de 130, para finalmente calificar lo ocurrido en el otoño soberanista de “levantamiento generalizado, salpicado de actos de fuerza agresión y violencia que se estaba desarrollando con el fin de conseguir la secesión”. La Abogacía del Estado, por contra, define algunos de los hechos ocurridos durante ese periodo en Catalunya como “altercados”, “disturbios”, “tumultos” o “incidentes contra el orden público”.

Ambas acusaciones sí coinciden en situar el inicio del “plan” en 2012, con la firma del pacto de legislatura entre Artur Mas y Oriol Junqueras y la puesta en marcha del Consell Assessor per a la Transició Nacional y el Libro Blanco para la Independencia. Esta obra de los asesores de Mas fue obviada por el Govern de Puigdemont, pero para la Fiscalía se aplicó punto por punto. “Bajo el manto de términos aparentemente menos conflictivos en el lenguaje político como 'unilateralidad' y 'desconexión', se estaba cristalizando de forma abierta y ostensible una insurrección patente, manifiesta y exteriorizada contra el orden jurídico”, destaca.

Mientras la Abogacía del Estado evita hacer un relato de los hechos ocurridos desde entonces y subraya la importancia que sus promotores daban a la “movilización popular” para llevar a cabo sus objetivos, la Fiscalía ya subraya que ese “plan” contemplaba “la utilización de todos los medios que fueran precisos para alcanzar su objetivo, incluida, ante la certeza de que el Estado no iba a aceptar esa situación, la violencia necesaria para asegurar el resultado criminal pretendido”.

Los políticos y activistas, alentadores de la violencia

Los exconsellers del Govern, Forcadell y los 'Jordis' están acusados de rebelión no por blandir ningún arma, como Tejero en el Congreso en el 23-F (el único condenado por rebelión en España), sino por incitar a la violencia con el objetivo de conseguir la independencia. Primero los días 20 y 21 de septiembre, cuando se celebraron concentraciones y manifestaciones para impedir los registros y detenciones de la operación contra la organización del referéndum; y después el 1-O.

“Siendo conscientes de la ilegalidad, fomentaron, propiciaron y buscaron el enfrentamiento directo entre multitudes de ciudadanos y las fuerzas de seguridad”, dice la Fiscalía sobre los dirigentes acusados por rebelión, “con lo que no sólo secundaban la actuación de acoso, intimidación y violencia, sino que, desde el poder constituido, daban apoyo explícito a la estrategia de impedir la acción del Estado”.

Por otro lado, los fiscales destacan que los acusados, en contra de la recomendación de los Mossos, decidieron seguir adelante con el 1-O. Y que lo hicieron asumiendo que la estrategia de movilización ciudadana en pro de la independencia pasaría por “alentar a la ciudadanía a ocupar los colegios electores de modo masivo y a enfrentarse a las fuerzas de seguridad” y desembocaría en “actos violentos”. La Abogacía del Estado también recuerda que los líderes del 'procés' no cumplieron la recomendación de los Mossos, aunque lo que les afea es que continuaran con sus planes “aun siendo fácil representarse que la jornada no discurriría sin altercados y disturbios”.

Según el Ministerio Público, la jornada del 1-O terminó “no solo con alteraciones tumultuarias y masivas de actos de resistencia y desorden, sino también actos de violencia y agresión contra las fuerzas de seguridad”. Para el órgano que defiende los intereses de la Administración, sin embargo, lo que se produjeron ese día fueron “actos de resistencia y desobediencia a los mandatos legítimos de la Fuerza Pública” y “numerosas situaciones de tensión, disturbios y enfrentamientos”.

Los “actos de violencia” frente a los colegios el 1-O

Ambas acusaciones coinciden en que las manifestaciones públicas y en las redes sociales de políticos y activistas fueron clave para que los ciudadanos se concentraran frente a los colegios el 1-O. Los servicios jurídicos del Estado consideran que los encausados hicieron un “llamamiento a la ciudadanía” para que se encerrara en esos centros y ofreciera “resistencia” a la actuación policial. Para la Fiscalía, que detalla varias movilizaciones y lesiones de agentes, los policías y guardias civiles fueron recibidos con “actos de violencia”.

“El violento y agresivo enfrentamiento propiciado frente a la actuación policial por la masa de personas congregadas frente los colegios, que actuaron a modo de muro humano, mediante acciones diversas que incluían actos de agresión causante de lesiones, lanzamientos de objetos, vallas, piedras, insultos y presencia física numérica intimidatoria”, asegura la Fiscalía. Esta “resistencia grave” a la labor policial “fue determinante”, añaden los fiscales, para que Policía y Guardia Civil “no pudieran desempeñar su cometido”, esto es, impedir el 1-O.

Las lesiones sufridas por “algunos ciudadanos” son, a criterio de la Fiscalía, “fruto del legítimo uso de la fuerza policial”, pese a la veintena de agentes imputados solo en Barcelona. La Abogacía del Estado, sin embargo, señala que los ciudadanos “ocuparon” y se “encerraron” en los colegios “con la finalidad de ofrecer resistencia a la actuación policial que había sido acordada por orden judicial”. Y no hace en su escrito alusión alguna a los heridos.

Los 'Jordis' y la ANC y Òmnium

Junto a la policía catalana, la otra pata violenta para la Fiscalía son las movilizaciones. Las manifestaciones de la Diada convocadas por ANC y Òmnium sirvieron de ensayo, según los fiscales, para la protesta del 20-S en la Consellería de Economía y el 1-O. El motivo es que “ya no bastaba con la desobediencia y una legislación paralela” para conseguir la independencia, sino que si se quería la secesión “era preciso oponerse al cumplimiento de las órdenes judiciales” para impedir el 1-O.

En este contexto de desconexión unilateral “surgió la aparición estelar” de Sànchez y Cuixart como “líderes de movimientos populares con un papel tan relevante en el plan rebelde que casi desplazaron con su dominio de las movilizaciones multitudinarias la actuación de los Mossos”, según la Fiscalía, que asegura que el 20 de septiembre, Sànchez y Cuixart llevaron a cabo una “incendiaria convocatoria” para impedir los registros, si bien estos sí se llevaron a cabo.

La Abogacía del Estado utiliza palabras menos gruesas, pero sí sitúa a los dos máximos dirigentes de la ANC y Òmnium como responsables de la concentración de ese día, cuando hasta 60.000 manifestantes “se agolpaban hasta empujar, y casi derribar, la propia puerta de entrada del edificio en un ambiente crispado y hostil”. También mantiene que estos actos, que fueron “inducidos, convocados, dirigidos y queridos” por ambos y el resto de acusados de sedición, impidieron que la Guardia Civil, que sufrió “importantes destrozos” en sus vehículos, pudiera atender la orden judicial con “normalidad”.

No obstante, respecto a la célebre imagen de los líderes de ambas entidades subidos sobre uno de los coches oficiales de la Guardia Civil, el órgano del Ministerio de Justicia admite que, además de lanzar arengas a favor de la “libertad” y de mantener una “movilización permanente” en los días siguientes; ambos llamaron a los allí presentes a que abandonaran la concentración de ese día. En su escrito, la Fiscalía obvia este hecho y resalta que los destrozos de tres coches de la Guardia Civil y “el asedio y acoso” a la comitiva judicial “fueron conocidos, inducidos y consentidos” por Sànchez y Cuixart.

Los Mossos, colaboradores sin usar las armas

Paradójicamente, la Fiscalía presenta al cuerpo de Mososs d'Esquadra y a sus responsables como elementos clave de la rebelión pese a reconocer que no levantaron las armas en ningún momento. La única referencia al armamento se hace en condicional, cuando los fiscales afirman que como cuerpo policial “armado” e integrado por 17.000 efectivos, los Mossos “acatarían exclusivamente” las instrucciones de los políticos catalanes, como sucedió el 1-O, según el Ministerio Público.

No obstante, la Fiscalía acusa a los Mossos de colaborar con la votación no empuñando un arma, sino precisamente con su inacción para cerrar colegios. Es decir, por no hacer nada, como máximo patrullas que se encararon “en algunos centros” con guardias civiles. “Se impartieron instrucciones que, en realidad, neutralizaban por completo” la orden del TSJC para impedir el 1-O, aseguran los fiscales, que tildan de “dilatorias y tolerantes” con la votación las pautas de actuación de los Mossos.

Todo ello pese a que dos días antes de la votación, los fiscales exponen que el exmajor Trapero y la cúpula policial expuso a Junqueras, Forn y Puigdemont la necesidad de suspender la votación ante el peligro de actos violentos. Tras la negativa de los políticos, los Mossos “optaron por sujetarse a las directrices de los responsables de la Generalitat, poniendo a disposición de los ilegales propósitos secesionistas todo el poder coercitivo que representaba un cuerpo policial armado y muy numeroso”. En su escrito, la Abogacía del Estado se limita a subrayar que los Mossos, en su reunión con Junqueras y Forn pusieron de manifiesto el problema de seguridad ciudadana que podría plantearse el 1-O y pidieron su suspensión.

Por otro lado, la Fiscalía obvia documentos obrantes en el sumario que acreditan que los Mossos cerraron 400 puntos de votación que no llegaron a abrir tras recibir la visita de la policía catalana y otros 100 el mismo 1-O, pero sí destaca los “más de 200 centros” cerrados por la Guardia Civil y la Policía, cuando en realidad fueron 92.

Disparidad con el dinero malversado

Ambas acusaciones también divergen sobre el dinero supuestamente malversado para el 1-O. En todo caso, a efectos del cálculo de penas, lo determinante es si los fondos superan los 250.000 euros, pues es a partir de ahí donde se aplica el tipo penal agravado. Ambas acusaciones dan por hecho que fue así, aunque en el cómputo que realizan hay algunas diferencias, como a la hora de incluir el dinero gastado en cartelería, que Fiscalía cifra en 38.431 euros y que la Abogacía dice que no se ha esclarecido.

En total, el Ministerio Público cifra en 2,91 millones de euros el dinero supuestamente malversado. De estos, 900.000 corresponden al cálculo sobre cuánto costó tener abiertos los colegios y otros centros públicos durante esa jornada. Otros 979.661,96 son los gastos de envío de papeletas y sobres, cuestionados por la propia empresa. La Fiscalía dice además que “no consta, por ahora”, la cuantía de fondos públicos destinada a la web del referéndum, la aplicación informática para voluntarios y el registro de votantes en el extranjero.

La Abogacía del Estado, por su parte, reduce a 1,97 millones de euros la cantidad gastada o comprometida por el Govern para el 1-O, que se desglosa en 979.661,96 euros correspondientes al suministro de papeletas, al censo electoral y a las citaciones a personas integrantes de las mesas electorales; 334.675,50 euros para el pago a expertos y observadores internacionales a cuenta del Diplocat; y 657.263,96 para campañas y publicidad.

En cualquier caso, ni Fiscalía ni Abogacía piden responsabilidad civil por el gasto público en el 1-O, por lo que la cantidad malversada la tendrá que concretar y reclamar el Tribunal de Cuentas en otro procedimiento en vez del Supremo, aunque este último condene por malversación, apuntan fuentes jurídicas. Y será del bolsillo de los exconsellers.

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