Forn y Bassa se suman a Forcadell y los 'Jordis' y podrán salir de prisión entre semana
Cinco de los nueve presos del procés ya están autorizados a salir de prisión entre semana para trabajar, cuidar de familiares o realizar labores de voluntariado. Los últimos en conseguir la aplicación del 100.2, un artículo del reglamento para flexibilizar el segundo grado penitenciario con salidas de la cárcel y preparar la futura excarcelación, han sido los exconsellers de Interior y Trabajo, Joaquim Forn y Dolors Bassa.
Según ha informado la conselleria de Justicia de la Generalitat, la Junta de Tratamiento de la prisión de Lledoners (Barcelona) ha aprobado permitir a Forn salir de prisión 12,5 horas de lunes a viernes para trabajar. El exconseller de Interior, a 10 y años y medio de prisión por sedición y que ya pasó casi dos años en prisión provisional, reingresará en la cárcel para dormir y los fines de semana.
En el caso de Bassa, la Junta de Tratamiento de la prisión de Puig de les Basses (Girona) le ha autorizado a salir de la cárcel ocho horas tres días a la semana para cuidar a su madre, de edad avanzada. La exconsellera también había pedido salir para trabajar, aunque esta petición se abordará en las próximas semanas. Bassa y Forcadell, las dos únicas presas del procés, son las únicas de entre los nueve condenados por sedición que han pedido cuidar de familiares fuera de prisión. Por el momento los siete líderes del procés hombres no lo han solicitado
Las Juntas de Tratamiento, integradas por el director de la cárcel, juristas, psicólogos y educadores, han acordado aplicar el artículo 100.2 a Forn y Bassa, una decisión de aplicación inmediata pero que puede ser recurrida por la Fiscalía y que en última instancia deben ratificar el juzgado de vigilancia penitenciaria y la Audiencia de Barcelona. En la aplicación del 100.2 no interviene la secretaría de medidas penales de la conselleria de Justicia. El año pasado en Catalunya este artículo se aplicó a 405 internos.
Los presos del procés fueron clasificados en segundo grado el pasado mes de enero, el ordinario que se aplica a la mayoría de reclusos. Con todo, este régimen penitenciario permite, mediante el artículo 100.2, flexibilizar el régimen penitenciario hasta condiciones similares a las de la tercer grado, es decir, salir de la cárcel a diario para trabajar, hacer voluntariado o seguir tratamientos de reinserción fuera de la prisión, y reingresar en el centro penitenciario para dormir y los fines de semana. La Fiscalía ha dado muestras que se opondrá a la aplicación del 100.2 si se otorga como un tercer grado “encubierto”.
4