Un juzgado paraliza uno de los planes urbanísticos más grandes de España en la costa con 6.000 viviendas en Borriana

La sección primera de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado el recurso de diversos propietarios y ha anulado los acuerdos plenarios del Ayuntamiento de Borriana de 14 de febrero de 2019 y de 9 de mayo de 2019 por ser contrarios a derecho. De esta manera, quedan revocados los acuerdos que permitieron reactivar el programa de actuación integrada (PAI) Golf Sant Gregori ubicado en la costa de la localidad castellonense, uno de los más grandes que queda por desarrollar en la costa española, con una superficie de 2,5 millones de metros cuadrados, una capacidad para unas 6.000 viviendas, un campo de golf de 18 hoyos y un paseo marítimo de dos kilómetros.

Los propietarios recurrieron una resolución judicial anterior que dio la razón al Ayuntamiento (gobernado por el PSPV con 10 concejales y por Compromís con dos), pero en este caso el TSJCV ha revocado la sentencia apelada y ha dado la razón a los afectados en un auto contra el que cabe recurso de casación ante la sala tercera del Tribunal Supremo o, en su caso, ante la sala de lo contencioso-administrativo del TSJCV.

El concejal de urbanismo, Bruno Arnandis, ha comentado que la resolución judicial paraliza de momento las obras de urbanización de los terrenos, que arrancaron en 2021 y están al 7% y ha afirmado que la idea es recurrir.

En cuanto al fondo del asunto, la sentencia anula la condición de agente urbanizador adjudicada por el Ayuntamiento a la mercantil Golf San Gregori SA. Según el fallo, “la sala entiende que el convenio transaccional aprobado por el Ayuntamiento de Burriana mediante acuerdo de 14 de febrero de 2019 vulnera el aludido principio fundamental de la contratación administrativa de libre concurrencia, al introducir en relación con el convenio urbanístico de 2005 modificaciones de carácter tan sustancial, ampliando el contrato con el urbanizador introduciendo estipulaciones relativas a servicios inicialmente no previstos que, de haber sido considerados inicialmente por el Ayuntamiento, habrían permitido la participación de otros licitadores además de los inicialmente admitidos o habrían permitido seleccionar una oferta distinta de la seleccionada”.

Además destaca que “en el acuerdo plenario municipal de 9 de mayo de 2019 se indica, para enervar lo anterior, que en el convenio transaccional aprobado se imponen al agente urbanizador prestaciones más gravosas que las asumidas en el convenio urbanístico de 2005”, pero se trata de un dato irrelevante a los efectos que ahora interesan: “lo importante es considerar que las modificaciones esenciales introducidas en el contrato infringen el principio de libre concurrencia”. Así lo entendieron, también, “los distintos informes emitidos por los técnicos municipales que figuran en el expediente administrativo”.

Compromís, PP y Ciudadanos frenan el PAI de Torreblanca

Por otra parte, la convocatoria de un pleno urgente en el Ayuntamiento de Torreblanca gobernado por los socialistas para aprobar otro importante PAI de unas 4.000 viviendas y campo de golf a pocos días de las elecciones acabó en polémica y sin poder sacarlo adelante.

Las prisas por aprobar el plan urbanístico están relacionadas con el plazo de cinco años que establecía el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral (Pativel) para iniciar las obras de desarrollos de este tipo en la costa. El plazo finalizó el pasado 12 de mayo y, de no haberse iniciado los trabajos, el suelo debe pasar de urbanízable a rústico protegido.

Según ha explicado la concejala de Compromís Miriam Pañella, la propuesta de aprobación no llegó a debatirse puesto que el pleno no pasó la primera votación por la que se establecía el carácter urgente, al unirse los votos de Compromís, PP y Ciudadanos y no asistir al pleno dos de los cuatro concejales socialistas, supuestamente por estar en desacuerdo con la aprobación exprés, que además contaba con informes desfavorables del secretario y el interventor municipal.