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Multas de hasta 600 euros a particulares y de hasta 30.000 euros a locales por saltarse el pasaporte COVID en la Comunitat Valenciana

Una persona muestra su certificado de vacunación contra el Covid-19.

Carlos Navarro Castelló

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El incumplimiento de la normativa relacionada con el pasaporte COVID cuya aplicación entra en vigor en la medianoche de este viernes conllevará importantes multas económicos tanto para los particulares como para los propietarios de los establecimientos afctados por la medida.

Según ha averiguado elDiario.es, los servicios jurídicos de la Generalitat ultiman en estos momentos el procedimiento sancionador que se incluirá en la orden que regulará la implantación del certificado durante los próximos 30 días a partir de su entrada en vigor y que se publicará este viernes en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

En concreto, se han previsto dos tipos de infracciones. Así, las leves se aplicará a los locales que no cumplan con la instalación de los carteles informativos sobre la obligatoriedad del acceso con pasaporte, PCR o test (los de farmacia no son válidos), a particulares que se cuelen sin la mencionada documentación. La cuentía de las sanciones irá de los 60 a los 600 euros.

Las infracciones graves con multas de entre 601 y 30.000 euros se aplicarán a los estabablecimientos que permitan el acceso de clientes sin la documentación obligatoria, es decir, si se detecta que en el interior hay un número importante de personas sin el certificado que acrediten una falta de diligencia en el control de acceso.

El certificado COVID se deberá presentar, junto con un documento acreditativo de la identidad (pasaporte, DNI) en locales de ocio y restauración con aforos de más de 50 personas; espacios dedicados a actividades recreativas y de azar con comida con aforos de más de 50 personas; eventos y celebraciones de más de +500 personas donde no siempre se pueda llevar la mascarilla; y visitas a hospitales (cuando se permitan) y a residencias de servicios sociales. También las sedes festeras como casales falleros cuando se hagan actividades como almuerzos, comidas y cenas que requieran quitarse la mascarilla.

Este jueves se publica en la página web https://coronavirus.san.gva.es/es/inicio de la Conselleria de Sanidad un enlace con los detalles relativos a esta medida. 

Conseguir el certificado es muy sencillo a través de la web habilitada. Basta con descargárselo en el móvil, imprimirlo desde la página web de Sanidad o solicitarlo en un centro de salud acreditando la vacunación completa, una PCR negativa en las últimas 72 horas, un test de antígenos en las últimas 48 horas o la superación de la enfermedad en los últimos seis meses.

Cómo deben gestionarlo los profesionales y locales afectados

La Conselleria de Sanitat ha remitido a los ayuntamientos y los sectores afectados por la medida sendos escritos con información relativa a esta iniciativa destinada a contener los contagios y fomentar la vacunación.

Los profesionales pueden descargarse esta APP libre en sus teléfonos o tablets para verificar la autenticidad y validez del cerificado: 

Android: https://play.google.com/store/apps/details?id=lu.etat.ci.dcc.android&hl=en&gl=US

iOS: https://apps.apple.com/lu/app/covidcheck-lu/id1570218766

En cuanto a la relación de locales afectados, además de los centros residenciales y hospitales, son los siguientes: 

Actividades hosteleras y de restauración (con aforos de más de 50 personas): salones de banquetes, restaurantes, café, bar, cafeterías, establecimientos públicos ubicados en zona marítimo-terrestre y salón-lounge.

Actividades de ocio y entretenimiento (con aforo de más de 50 personas): salas de fiestas, discotecas, salas de baile, pubs, ciber-café, establecimiento de exhibiciones de contenido erótico.

Actividades recreativas y de azar (con servicio de restauración): casinos de juego, salas de bingo, salones recreativos de máquinas de azar tipo A y B, salones de juego, ómbolas y similares, salones cíber y similares.

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