Ocho cosas que debes tener en cuenta antes de jugártela con un préstamo

Foto: Wikimedia Commons

Elena Garoé

Madrid —

Intereses, comisiones y penalizaciones por demoras pueden hacer que el ordenador que hemos comprado o el viaje que hemos realizado gracias al préstamo pedido no nos resulte tan agradable como nos parecía en el anuncio donde nos lo ofrecieron. Para evitarnos disgustos cuando ya sea demasiado tarde, antes de pedir un préstamo no está de más detenernos a estudiar una serie de aspectos de doble filo que pueden hacernos cambiar de opinión.

1. Los préstamos al 0% pueden ser muy caros

Con titulares como “Consiga un préstamo al 0%” las empresas llaman nuestra atención y hacen que nos preguntemos cómo una entidad logra obtener beneficio sin cobrar intereses. Lo cierto, obviamente, -salvo alguna excepción como la financiación que ofrecen ciertas grandes superficies- es que sí cobran por dejarnos el dinero y pueden ser cantidades muy elevadas.

Pero lo llevan a cabo mediante otro tipo de comisiones o penalizaciones que permiten al prestador conseguir beneficios. Eso hace que un préstamo al 0% TIN pueda ser más caro que uno al 7% sin comisiones. Por tanto, antes de pedir el dinero, tenemos que poner atención en los intereses y las comisiones que vamos a pagar. Los más frecuentes son los siguientes.

  • Tipo de Interés Nominal: Es el precio que pagamos por que la entidad nos deje el dinero, un porcentaje sobre la cantidad total que recibimos. El Tipo de Interés Nominal no nos proporciona información para comparar un préstamo con otro debido a los gastos asociados y las comisiones que incluye la entidad.
  • Comisión de estudio: La empresa que presta el dinero puede pedir una cantidad -suele ser un porcentaje- por las gestiones que realiza a la hora de estudiar aspectos como la solvencia del cliente o la viabilidad de la operación. Tenemos que saber que si finalmente no nos conceden el préstamo, no nos pueden cobrar esta comisión, pero sí otros gastos asociados -si ha tenido que pagar a otras empresas-, aunque esto solo en el caso de que lo haya pactado previamente con el cliente.
  • Comisión de apertura: Es la cantidad que se paga a la entidad por la formalización y puesta a disposición del cliente del capital prestado. También suele ser un porcentaje y se paga cuando se firma la operación.
  • Comisión por modificación de condiciones o por cambio de garantías: Si el cliente solicita modificar alguna característica del préstamo, la entidad financiera le puede pedir una comisión por los trámites que tiene que realizar para cambiar el contenido del contrato o analizar los nuevos riesgos que suponen para el banco estas modificaciones.
  • Comisión por cancelación o reembolso anticipado: El banco deja de ganar dinero si un cliente le devuelve de manera anticipada una parte del capital o si le paga todo lo que debe y da por finalizado el contrato. Por eso incluye comisiones que penalizan esta práctica.
  • Otras comisiones: Además, hay que saber si la concesión del préstamo lleva aparejada la contratación de otros productos que puedan encarecerlo, como una cuenta corriente con comisiones, un seguro de protección de pagos…

2. La clave está en la TAE

La Tasa Anual Equivalente (TAE) es el indicador más útil a la hora de saber lo que realmente vamos a pagar por el dinero que nos conceden, pues engloba tanto el interés que aplica la entidad como las comisiones y otros gastos asociados en función del tiempo en que se efectúen los pagos. Define de forma clara y completa el coste del crédito.

La TAE debe estar incluida en toda la publicidad que haga la entidad sobre el producto y también en la información precontractual, en las ofertas vinculantes y en el propio contrato.Si tuviéramos que sumar el interés, las comisiones y otros los gastos asociados y calcularlo en función de la duración del préstamo, sería más complicado conocer lo que realmente vamos a pagar por el dinero que recibimos.

Con este indicador es mucho más sencillo comparar las condiciones de varios préstamos y elegir el más ventajoso en función de nuestras necesidades. Es más, la TAE nos permite contrastar todas las ofertas que proporcionan las entidades prestatarias, no solo en España sino también en el resto de países de la UE porque, por ley, se calcula de idéntica manera en toda la Unión.

3. Atención a los intereses de demora, hay novedades importantes

Suelen ser muy superiores a los intereses ordinarios y se activan cuando el cliente deja de pagar. Si abonamos un interés del 12% por el préstamo, los intereses de demora que figuren en el contrato pueden ser, por ejemplo, del 22%. Por tanto, cuando se produce un impago es fácil entrar en una espiral en la que cada vez debamos más dinero y esto haga que se apliquen más intereses, de manera que la deuda sea impagable y las familias tengan que responder con sus bienes.

No obstante, conviene saber que una sentencia del Tribunal Supremo de abril de 2015 ha establecido que los intereses de demora de los préstamos personales (no hipotecarios) sólo pueden ser dos puntos superiores al interés pactado en el préstamo personal. Por tanto, si el interés que aparece en el contrato es del 8%, el de demora solo podría ser del 10%. Lo que exceda de esta cantidad es abusivo.

Además, esta sentencia no solo tiene efectos en los préstamos que se contraten en el futuro, sino que también tiene validez para los ya firmados. Con independencia de lo que figure en el contrato, sólo se podrá aplicar un interés de demora superior en dos puntos al interés pactado en el préstamo. El consumidor podría pedir a la entidad los intereses abonados de más, aunque probablemente tenga que acudir a la vía judicial.

4. Cuidado con los créditos rápidos y los minicréditos

Sin explicaciones, sin papeles, sin nómina ni avales financian nuestros sueños en solo unos minutos. ¿Quieres reformar tu hogar, comprar la moto que siempre deseaste o ayudar a esos familiares que lo están pasando mal en este momento? Ahí están las empresas que ofrecen créditos rápidos para ayudarte. De manera inmediata, por teléfono o internet solucionan tus problemas económicos. ¡¿Seguro?!

Detrás de algunas de estas empresas que ofrecen la felicidad económica en 48 horas se encuentran miles de familias embargadas, porque no han podido hacer frente al pago de una cantidad aparentemente baja, bien debido a los elevados intereses que llevan asociados o porque tras un impago les han aplicado altísimos intereses de demora.

Por eso es imprescindible leer el contrato con atención, no firmar nada sin comprenderlo en su totalidad y no dejarse llevar por sus ingeniosos anuncios televisivos. Como la cantidad que se solicita es a veces tan reducida, puede hacernos bajar la guardia y llevarnos a pensar que nada oscuro se esconde tras la solicitud de 50 o 200 euros.

¿Alguien contrataría un préstamo si la empresa nos dijera que la TAE es del 3.752%? Pues no es difícil encontrarlos, según ADICAE. Pedir 100 euros a pagar en 30 días tiene un coste total de 138 euros, lo que da esta TAE tan elevada. Esta asociación señala que si el cliente es incapaz de pagar, tiene la opción de solicitar un aplazamiento, pero a cambio de comisiones que en muchos casos llegan a los 120 euros.

Si aun así no abona lo adeudado, la penalización sigue subiendo por cada día de retraso. Y es más, por cada aviso que reciba el deudor tendrá que pagar una cantidad de entre 15 y 30 euros -y suelen hacer un aviso por semana-. Así que en poco tiempo los 100 euros se habrán convertido en 500 y la deuda seguirá creciendo si no se paga. Además, cuando se trata de una cuantía inferior a 200 euros, estos minicréditos esquivan la Ley de Contratos de Crédito al Consumo.

5. Los simuladores son una herramienta muy útil

Una vez que contamos con toda la información sobre el préstamo (interés, comisiones, gastos asociados y, sobre todo, la TAE) podemos utilizar simuladores para saber lo que vamos a abonar realmente por el dinero que nos dejan y cómo varía la cantidad que vamos a pagar en función del tiempo en que devolvamos el préstamo. El simulador mostrará todas las posibilidades. Además, como indica la cuota mensual, permite planificar el tiempo de devolución.

6. Estudiemos nuestro margen de negociación

Una vez que tenga toda la información, el solicitante puede negociar con la entidad prestadora. En algunos casos esto no es posible porque las condiciones son fijas para todos los clientes. Pero en otras ocasiones, al negociar con el banco se puede obtener una mejora, sobre todo si el futuro prestatario tiene un buen historial financiero o una nómina elevada que le avale.

También es posible contratar otros productos de la entidad a cambio de una rebaja en el interés, pero siempre hay que tener cuidado, ver si realmente nos conviene y conocer sus condiciones para que un descuento en el precio del dinero no signifique realmente un encarecimiento para el consumidor. Los bancos no quieren perder clientes, así que si mostramos ofertas de otras entidades en las que nos mejoran las condiciones es posible que cedan y hagan una rebaja.

7. Tenemos derecho a desistir

Una vez concedido el préstamo, el cliente puede echarse atrás, dejar sin efecto el contrato. Para hacerlo tiene un plazo de 14 días desde el momento en que se suscribe el contrato o bien, si fuera posterior, desde la fecha en que el consumidor reciba las condiciones contractuales. La entidad no puede penalizarle por ello y no es necesario explicar los motivos del desistimiento. En todo caso, el usuario debe pagar el capital y el interés acumulado entre la fecha de disposición del crédito y la fecha de reembolso del dinero.

8. Vigila la financiación en centros comerciales

Algunos grandes almacenes ofrecen a sus clientes condiciones muy ventajosas, por ejemplo a un interés del 0%, mientras que otros aplican unos tipos de interés elevados que no benefician al consumidor. Comparando lo que nos ofrecen las distintas tiendas, veremos la diferencia entre lo que cuesta aplazar el pago de un mismo producto en unas y otras. Conviene, por tanto, consultar las condiciones de financiación de cada establecimiento antes de pagar un artículo a plazos.

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