Tu Warhol ha plagiado a mi Prince: una sentencia decide el límite entre arte y robo
A un lado del banquillo está Prince, de cuerpo entero y fotografiado en blanco y negro. En el lado contrario está el mismo rostro de Prince, pero serigrafiado y pintado de colores. Lo primero es una fotografía del músico realizada en 1981 por Lynn Goldsmith y lo segundo es una obra de Andy Warhol. La Corte Suprema de Estados Unidos decidirá en los próximos días si el artista pop plagió a la fotógrafa, como defiende ella, o si se trata de una pieza de arte independiente. El debate está servido.
La obra de Warhol es un ejemplo de arte apropiacionista. Una forma de creación que usa como base la obra de un tercero para dotarla de un nuevo significado o contexto. Además, en muchos casos se renuncia a pedir permiso al autor original o incluso a informarle. Es lo que en la cultura anglosajona se denomina fair use. Cuando el artista lo descubre tiene dos opciones: aceptar que el arte contemporáneo se inspira y transforma una realidad existente o denunciarlo por plagio. Lynn Goldsmith optó por esto último, pero no es un procedimiento sencillo.
El caso Goldsmith contra Warhol ha dado bandazos de tribunal en tribunal mediante fallos contradictorios hasta llegar a la Corte Suprema, que intentará descifrar la gran pregunta: ¿cuándo se convierte el apropiacionismo en robo?
“El arte siempre es apropiacionista porque consiste en aprovecharse de la belleza de un tercero. A la fotógrafa también se le puede decir que se estaba apropiando de la belleza de Prince. Es imposible establecer una frontera”, defiende Gabriel García, director de CVLTO, un estudio de diseño dedicado a proyectos culturales underground. “Coger la obra de otros, siempre y cuando no la calques y la quieras hacer tuya, hace que la rueda del arte siga girando”. Curiosamente, ante la petición para usar una foto de la serie de Prince que ilustrase este artículo, la fundación Andy Warhol ha permanecido en silencio.
Goldsmith contra Warhol
Todo empezó con el encargo de la revista Newsweek a Lynn Goldsmith para que fotografiase a Prince en 1981, un retrato que nunca vio la luz. Tres años más tarde, la revista Vanity Fair adquirió los derechos de esa imagen por 400 dólares para que Warhol diseñara una de sus portadas. Hasta ahí todo en orden.
El problema llegó en 2016, cuando con el motivo de la muerte del cantante Vanity Fair publicó una serie de 16 serigrafías basadas en la misma foto y realizadas por Warhol en 1984. Aunque ahora parezca que el icónico artista ha sido víctima de una acusación de plagio por parte de la fotógrafa, la realidad es que la Fundación Andy Warhol dio el primer paso. En 2017, oliéndose las consecuencias de la publicación, demandó a Goldsmith y pidió a un tribunal que declarara que las pinturas de Prince no violaban sus derechos de autor. Fue entonces cuando Goldsmith presentó una contrademanda, que es la que está actualmente en juicio.
Un juez federal de primera instancia sentenció en 2019 que no se violaron los derechos de autor de Goldsmith porque el trabajo de Warhol era transformador y, por lo tanto, constituía un uso legítimo. Más tarde otro tribunal de apelación revocó esa sentencia porque la serie de pinturas mantenía los elementos esenciales de la fotografía –como el ángulo de la mirada de Prince, las sombras alrededor de sus ojos o el reflejo del equipo de iluminación de Goldsmith– sin alterarlos significativamente y no se acogía al fair use. Este último aspecto es el que va a investigar la Corte Suprema y el que abre una nueva línea de debate: ¿cuánto de distinta debe ser la obra apropiada de su original?
El arte siempre es apropiacionista porque consiste en aprovecharse de la belleza de un tercero
A primera vista, la obra de Andy Warhol solo añade una nueva técnica al retrato de Prince y algunos colores. Pero no se puede leer el arte solo en esos términos. El primer juez declaró que en manos de Warhol, Prince mutaba de “ser humano vulnerable” a “figura icónica, más grande que la vida”. Algunos criticaron el fallo porque la labor de un juez no es hacer de crítico de arte, pero es que ante estos supuestos la legislación es muy difusa, y aún peor fuera de EEUU.
El Pedro Sánchez apropiacionista
Como indica la abogada Eva Sorià Puig en su estudio El arte contemporáneo y los derechos de autor, “EEUU ha generado mayor jurisprudencia y nos permite analizar con mayor precisión las fricciones legales entre libertad de expresión y el derecho de creación y el copyright”. Distinto es en España, donde la ley solo contempla algunas excepciones a los derechos de autor, como la parodia o la crítica.
Una de las obras expuestas en la última feria de ARCO fue acusada de uso indebido frente a otro tipo de tribunal: el de las redes sociales. El fotógrafo Carlos Spottorno señaló al artista finlandés Riiko Sakkinen por haber tomado sin permiso un retrato que le hizo al presidente Pedro Sánchez y alterarlo mínimamente en su obra Mis líderes favoritos de extrema izquierda. La pieza, por valor de 16.000 euros (que nadie compró), representaba el contorno del rostro de Sánchez rodeado de nombres como Fidel Castro, Evo Morales, Nicolás Maduro, Stalin o Kim Jong-Un.
“Este puede ser un buen ejemplo de sátira. Los límites éticos son muy difíciles de establecer, pero entiendo que no es lo mismo apropiarse de una imagen de RTVE, que la pagamos entre todos, que la de un freelance al que ni citas”, distingue Pedro Jiménez, experto en políticas culturales del colectivo ZEMOS98. “No me parece de lo menos ético, ya que Pedro Sánchez es una figura de relevancia pública, pero entiendo la reclamación de autoría de Spottorno”, añade.
Para Gabriel García, las obras de Sakkinen son apropiaciones “sin aporte propio o con poco talento”. “Es una opinión personal, porque si está en ARCO es por algo. Pero reconocí en ella un filtro rápido de Photoshop y me pareció vaga. Lo que está claro es que Riiko ha resignificado la fotografía de Spottorno, pero no me pareció bien que no le citase”, añade el también licenciado en Bellas Artes. Sin embargo, la cita es un acto de deferencia hacia el autor original y solo se contempla el derecho a ella en el ámbito académico, no en el artístico.
García también cree peligroso que se limite el apropiacionismo a la sátira. “La resignificación puede no ser humorística y al final de lo que se trata es de hacer la obra tuya”. Pone como ejemplo la icónica imagen que diseñó Sephard Fairey para la campaña presidencial de Obama en 2008 con la palabra Hope. La foto que tomó de base era de Associated Press, pero nunca pagó por ella y la agencia le denunció. Pidió que le condenasen a 25.000 dólares de multa y dos años de cárcel, pero al final llegaron a un acuerdo extrajudicial que no trascendió. El artista alegó fair use, pero AP consideró que había obrado de “mala fe” eliminando los créditos de la foto. Este caso de apropiacionismo fue uno de los más polémicos.
“Ahí entran los egos en juego. El artista original piensa que le estás robando su trabajo. Entiendo que si no está bien modificado, deberían existir recursos para reclamar, pero no sé si un juez es la persona adecuada para decidir si la obra está suficientemente alterada”, opina el director de CVLTO. A él, como artista, en cambio le haría sentir “orgulloso” porque “significa que mi arte ha inspirado a otra persona”.
Un antecedente peligroso
La sentencia que tiene entre manos la Corte Suprema de EEUU es más relevante de lo que parece. Si el tribunal falla a favor de Goldsmith, la sentencia contra Warhol podría provocar un efecto dominó y considerar ilegales muchas otras obras. No son pocos los artistas que a lo largo de la historia han hecho gala del apropiacionismo, incluyendo a Picasso, a Duchamp o la propia Marilyn Monroe de Warhol, cuya foto original fue tomada sin permiso del material de promoción de la película Niágara.
“A nivel legal todo son limitaciones. Si pasásemos la obra de Antoni Muntadas por un filtro cien por cien legal, no lo pasaría. Y eso que cita a los originales en toda su obra. Pero son artistas apropiacionistas y nadie le pidió a Picasso derechos por parte de Le Figaro en sus collages. ¿Por qué en el arte está permitido y en otros ámbitos no? Ahí está el debate, pero es muy etéreo”, reflexiona Pedro Jiménez, de ZEMOS98.
“El apropiacionismo está mal visto y en el arte, como en cualquier tendencia, la gente se sube al caballo ganador”, critica Gabriel García, cercano al mayor colectivo apropiacionista de España: Equipo Crónica, expuesto en el Museo Reina Sofía. “La gente se siente más aceptada o más cómoda en el mainstream, pero lo valiente consiste en juzgar la opinión mayoritaria”, como hizo él con Spottorno.
El interés público a favor del derecho a la libertad de expresión y de creación es fundamental y debería prevalecer por encima de los derechos de propiedad intelectual
Para Eva Sorià, que ha estudiado este asunto durante años, “el interés público a favor del derecho a la libertad de expresión y de creación es fundamental y debería prevalecer por encima de los derechos de propiedad intelectual del titular de la obra usada, siempre que la explotación no cause un perjuicio a sus intereses legítimos”. Para la abogada, “los derechos de autor son excepciones a la libertad de expresión”, por lo que esta última debería ser la norma y el copyright la excepción, y no al revés.
Cada caso es un mundo, entiende la experta. Por eso, en el de Warhol también suena legítima la defensa de Lynn Goldsmith ante el tribunal: “Hace cuatro años, la Fundación Andy Warhol me demandó para usar mi fotografía sin pedirme permiso ni pagar nada por mi trabajo. Luché contra esta demanda para proteger mi propio derecho, pero también el de todos los fotógrafos freelances y artistas visuales a ganarse la vida cediendo las licencias de sus trabajos creativos, y para decidir cuándo y cómo explotarlos o si les damos permiso a otros para que lo hagan”. La Corte Suprema tendrá la última palabra.
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