La Audiencia Provincial de Ceuta ha pedido a la jueza encargada del caso del Tarajal que, a diferencia de lo que había estimado, solicite una prueba que considera “esencial” para “concretar los hechos investigados, sus partícipes y la posible relevancia penal”: la inclusión de un listado detallado del material antidisturbios empleado por cada agente para repeler el intento de entrada a la ciudad autónoma en el que murieron 15 personas. Con este auto, al que ha tenido acceso eldiario.es, se descartan por el momento las sospechas sobre un posible archivo inminente de la causa que deslizaban algunas de las partes.
Aunque ya se había entregado al Juzgado de instrucción número 6 de Ceuta un inventario del material antidisturbios con el que estaba equipado el dispositivo de la Guardia Civil el día 6 de febrero, no se detalló exactamente el que realmente había sido empleado por cada agente, según afirma Gonzalo Boye, abogado de la Asociación Observatori de Drets Humans, una de las ONG personadas en la causa.
Esta asociación interpuso un recurso contra la decisión de la magistrada encargada de la investigación, quien había rechazado las diligencias que habían solicitado anteriormente. Ahora, según el auto al que ha tenido acceso eldiario.es, la Audiencia Provincial ratifica la decisión de la jueza ceutí en la mayoría de los requerimientos pero sí acepta una de ellas, en contra de la decisión inicial de la jueza María del Carmen Serván: el listado detallado de los elementos disuasorios utilizados entre los días 5 y 7 de febrero. “El lapso temporal no es gratuito, puesto que permitirá obtener una información mucho más fiable sobre los medios que especificamente habrían podido usar en esa concreta intervención frente a lo que pudiera ser el desempeño de las operaciones cotidianas de la Guardia Civil”, afirman los magistrados de la Audiencia Provincial.
“Con este nueva diligencia no pueden archivar el caso de momento”, indica Boye. Los agentes imputados aseguraron durante sus comparecencias ante la jueza que utilizaron el material antidisturbios siempre de una forma “proporcional” y no emplearon una cantidad “excesiva” de estos medios. “Esta prueba podría contradecir sus palabras”, añade el letrado.
El resto de pruebas solicitadas por la ONG, sin embargo, han sido rechazadas. Una de las más destacadas era la inclusión en la investigación de las muertes del Tarajal de un informe técnico sobre los “efectos que pudieran tener los botes de humo” y las “pelotas de goma” sobre las personas que se encontraban en el agua, entre una serie de pruebas solicitadas por una parte de la acusación popular del caso.
Observatori Desc destacaba en su recurso la relevancia que, a su juicio, tenía la inclusión del informe pericial sobre los efectos de los botes de humo en el agua. A día de hoy, recuerdan, existe una contradicción notoria entre la versión de los guardias civiles imputados, que aseguran que el gas no provoca ningún impacto, y los supervivientes del 6 de febrero de 2012, que destacan la sensación de “ahogo” y el agobio que provocaban los botes de humo mientras trataban de bordear el espigón fronterizo del Tarajal.
Los magistrados de la Audiencia Provincial han descartado la necesidad de realizar estas pruebas porque, según concluyen, esas pesquisas “desbordan por completo las indagaciones que cabrían realizarse forzosamente en esta primera fase del procedimiento” dado que, añade, “se trataría de abrir una línea indagatoria puramente sondeadora”.
Además, la acusación popular había solicitado un análisis pericial de las imágenes oficiales judicializadas. El objetivo del informe técnico, según la ONG, sería “indicar la dirección y trayectoria de los disparos” de los agentes españoles. Aquí la Asociación enfatizaba la necesidad de aclarar la versión de los supervivientes del 6 de febrero y la de los guardias civiles. Los primeros aseguran que el material antidisturbios se lanzó hacia aguas marroquíes. Los segundos defienden que no es así, ya que, afirman, sería imposible por la propia estructura del vallado fronterizo.
Las imágenes oficiales muestran esto:
La Audiencia Provincial de Ceuta también rechaza la petición de un conjunto de “ficha técnicas” sobre las características del material antidisturbios empleado. La ONG lo exigía con el objetivo de indagar “la extensibilidad de las defensas [porras] ya que, según indica la acusación, algunos supervivientes afirmaron que los agentes les golpeaban desde el espigón y les ”pinchaban sus flotadores“. Los magistrados descartan esta petición porque ”se trata de una afirmación puesta en boca de personas que ni siquiera se identifican y con la que únicamente se lograría un alargamiento de la fase de instrucción“.
Esta frase recuerda la posibilidad de una personación en la causa de los supervivientes de la tragedia, un hecho que está siendo estudiado desde hace tiempo por diferentes ONG de la acusación popular pero que todavía no se ha materializado. En el caso de producirse, las personas que estuvieron presentes en el intento de entrada del 6 de febrero podrían pasar a convertirse en denunciantes. Sin embargo, la situación de vulnerabilidad de los supervivientes, que meses después de aquel día lograron acceder a territorio español de forma irregular, dificulta este posible paso judicial, según las fuentes consultadas.
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Consulte nuestro especial: Las muertes de Ceuta