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La Inspección de Trabajo en Alicante concluye que los 'riders' de Deliveroo son falsos autónomos

Imagen de archivo un repartidor de Deliveroo.

Laura Olías

Inspección de Trabajo vuelve a censurar el modelo laboral de Deliveroo. La empresa de reparto de comida a domicilio ha recibido una resolución más de la autoridad laboral, en este caso de Alicante, que concluye que sus repartidores deberían estar contratados laboralmente por la compañía. Es decir, que Deliveroo mantiene a los llamados riders como falsos autónomos.

La resolución de la Inspección de Trabajo en Alicante, de finales de septiembre, determina que “la relación mantenida por los repartidores y Deliveroo es por cuenta ajena”, como ha podido comprobar eldiario.es. Por ello, exige a la multinacional que pague las cuotas correspondientes por estos trabajadores en un acta de liquidación.

Comisiones Obreras, que había denunciado la existencia de relación laboral ante la Inspección, ha informado de este nuevo informe de la autoridad laboral. El sindicato recuerda que la plataforma comenzó sus actividades en Alicante el pasado 3 de agosto “mediante la suscripción de contratos mercantiles con alrededor de 40 establecimientos de restauración de la ciudad, ofertando puestos de trabajo en régimen autónomo”.

Fuentes de Deliveroo confirman a este medio que han recibido el acta de la Inspección laboral “y la estudiarán antes de decidir los próximos pasos”. En cualquier caso, desde la multinacional añaden que “esta acta no tiene efectos jurídicos al tratarse de una propuesta de liquidación. La competencia para declarar la existencia o no de relación laboral corresponde a los tribunales de justicia”.

Varias resoluciones contra Deliveroo

Carlos Gutiérrez, secretario de Juventud y Nuevas realidades del trabajo de CCOO, ha afirmado que “valora esta resolución de la Inspección de Trabajo de Alicante, que se suma a las ya efectuadas en el mismo sentido por la Inspección de Trabajo en otros territorios”.

La resolución de la Inspección llega tras, al menos, las actas de Valencia, Madrid y Barcelona, que fallaron en el mismo sentido: la existencia de relación laboral entre los repartidores y la empresa.

En el caso de Deliveroo, la compañía cuenta con una sentencia en contra en España de un juzgado de instrucción de Valencia en la que la magistrada también considera que existe relación laboral entre un exrider y la empresa.

Fuentes de Deliveroo subrayan en cambio que “cuando los tribunales han examinado nuestro modelo en toda Europa, han confirmado que los riders son autónomos” y reiteran que seguirán ofreciendo su modelo basado en repartidores autónomos “para ofrecer a los riders el modelo de colaboración que se ha consensuado con ellos”.

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