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Las hermanas Álvarez Guil piden el secreto del sumario del juicio de su adopción por Isidoro Álvarez

Dimas Gimeno, Marta y Cristina Álvarez Guil, en una foto de archivo.

Rodrigo Ponce de León

Las hermanas Cristina y Marta Álvarez Guil pasan a la ofensiva para evitar la repercusión en los medios del juicio de su adopción por Isidoro Álvarez, fallecido en 2014. Un litigio que podría dar un vuelco al accionariado de una de las mayores compañías de España: El Corte Inglés. A través de un escrito al juzgado número 10 de Madrid, María Josefa Guil Navarro, madre de Cristina y Marta, solicita que se “declare el carácter reservado de todas las actuaciones” del procedimiento, “así como la celebración a puerta cerrada de todas” las declaraciones, “limitando su contenido única y exclusivamente a las partes”.

La pretensión de la madre de las hermanas adoptadas no es solo que los abogados y los involucrados en la demanda de nulidad de adopción sean los únicos que tengan acceso a la documentación y puedan escuchar las declaraciones. También le piden al magistrado que “advierta a las partes, sus letrados y profesionales del carácter confidencial de las actuaciones, a fin de que mantenga estricta confidencialidad respecto del contenido del proceso y preserve su carácter secreto, con advertencia de las responsabilidades y sanciones que pueden imponérsele si la información a la que accedieran perdiera su carácter secreto”, según el escrito al que ha tenido acceso eldiaro.es.

El juzgado numero 10 de Madrid admitió a trámite la demanda de María Antonia Álvarez, hermana de Isidoro Álvarez y madre del dimisionario Dimas Gimeno, contra el proceso de adopción que el fallecido presidente de la compañía de centros comerciales hizo con Marta y Cristina Álvarez Guil y la madre de estas, María Josefa Guil Navarro.

Esta demanda argumenta que “las adoptadas no habían convivido nunca con el adoptante, pues como hemos referido, D. Isidoro seguía pernoctando en la vivienda de su progenitora incluso después de casarse para que ésta no lo descubriera, hecho este que imposibilitaba la adopción legal de las mismas según la regulación del Código Civil anterior al año 2003, y que motivó que D. Ramón Hermosilla organizara una cobertura legal al efecto haciendo creer al Juez (a través de cuatro testimonios) que las hijas habían convivido con el adoptante antes de los 14 años”.

La madre de las herederas adoptadas asegura que la demanda de la hermana de Isidoro Álvarez utiliza “un proceso instrumental” con el objetivo de “atentar indignamente contra la memoria de su hermano, utilizando también a la prensa, además, como herramienta de su presión”.

En el escrito de petición de declaración de carácter reservado, firmado por la abogada Elena Veleiro del bufete Pérez Llorca, se asegura sin aportar pruebas que María Antonia Álvarez “había filtrado la noticia a todos los medios” de la demanda de nulidad de adopción “incluso antes de que esta representación procesal pudiera haber tenido conocimiento de la interposición de la presente demanda”.

El documento señala a medios como eldiario.es, El Confidencial o Cinco Días, entre otros, como la vía para que la madre del expresidente de la compañía de distribución Dimas Gimeno dé “difusión mediática a todo lo que considere que contribuye a obtener de la familia de su hermano el fin personal que persigue” que, según el escrito, es una solución al pago de los impuestos hereditarios que le corresponden como legataria.

En las once páginas del escrito, la madre de Marta y Cristina Álvarez Guil insiste en acusar a la hermana de Isidoro Álvarez de que “nunca cuestionó la adopción de las hijas de su hermano, ni sus disposiciones testamentarias” hasta que tuvo necesidad del dinero y de utilizar a los tribunales con un fin: que sus hijas se hagan cargo del abono de los impuestos de la herencia que le correspondería a ella.

“Riesgo de filtración”

Aunque la abogada de María Josefa Guil Navarro admite que “la publicidad en el proceso constituye un principio general de nuestro derecho”, para impedir el libre ejercicio de los medios de comunicación utiliza los argumentos de “preservar la intimidad y la vida privada de las partes”, ya que a su entender existe “un riesgo de filtración de innumerables detalles de la vida privada de mi mandante, de su marido D. Isidoro y de las hijas de ambos” además de recordar que “si el procedimiento de adopción tuvo carácter confidencial, igual calificación merece el posterior procedimiento de impugnación que ha iniciado la contraparte”.

En caso contrario, mantiene la petición, se podrían provocar un “riesgo de sufrir irreversibles daños” en la memoria de Isidoro Álvarez y en la intimidad de María Josefa Guil Navarro.

Fuentes de la judicatura señalaron que en un proceso de enjuiciamiento civil no existe el secreto del sumario, “pues la publicidad de los juicios es un derecho supremo”. Además, recordaron que en casos de adopción se opta por otorgar el carácter confidencial a las actuaciones cuando hay menores de edad, lo que no es el caso ya que ambas hermanas fueron adoptadas en 2003, muchos años después de que hubieran sobrepasado la edad legal de la mayoría de edad.

En la herencia las hermanas adoptadas recibieron el 70% de la sociedad IASA mientras que los hermanos de Isidoro Álvarez, María Antonia y César, y su sobrino, Dimás Gimeno, obtuvieron el 30% restante. IASA tiene una participación del 22% en El Corte Inglés, lo que se traduce en que las hermanas controlen un 15% de la empresa mientras que Gimeno, su madre y su tío se repartan un 3%, un 2% y otro 2%, respectivamente.

Marta y Cristina Álvarez Guil entraron como miembros del consejo de administración y patronas de la Fundación Ramón Areces, elemento fundamental en la lucha en el control de la empresa de centros comerciales, con el 37,39% de la compañía, es su principal accionista. Dimás Gimeno fue nombrado presidente tras la muerte de Isidoro Álvarez, pero tras una cruenta guerra interna fue destituido cuatro años después, para finalmente abandonar el consejo de administración de El Corte Inglés tras un acuerdo monetario.

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