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Un grupo de expertos pide a Montoro que cargue la factura fiscal de los desahucios a los bancos

Protesta contra un desahucio. EUROPA PRESS

Bruno Pérez Vázquez

Madrid —

A última hora, casi sobre la bocina, el Gobierno se decidió finalmente a incluir en su propuesta de reforma fiscal una medida largamente esperada por los afectados por alguna clase de problema hipotecario e incluso recomendada encarecidamente por el propio equipo de asesores del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro: la exención de las cargas fiscales asociadas a la transmisión de una vivienda para las personas y familias afectadas por una ejecución hipotecaria o una dación en pago.

El Ejecutivo no se limitó a enunciar la medida sino que días después de presentar al escrutinio público su propuesta de Reforma Fiscal aprobó un Real Decreto que eximía de cualquier obligación fiscal en el IRPF y en el Impuesto local sobre el Incremento del Valor en Bienes de Naturaleza Urbana –conocido como impuesto sobre la plusvalía- todas las operaciones de transmisión de de vivienda por estas causas acaecidas desde el inicio de 2014.

La principal consecuencia de esto es que, al contrario de lo que ha venido sucediendo hasta ahora, las eventuales ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto en las transmisiones de vivienda fruto de ejecución hipotecaria o dación en pago ya no se traducirán en una penosa y carísima factura fiscal para los particulares y familias insolventes que pierdan su vivienda.

La segunda derivada del asunto tiene que ver con la gestión de los ingresos públicos. Al haber decidido el Ministerio de Hacienda la exención total de impuestos para estos casos serán las arcas del Estado –en el caso del IRPF– y las de los ayuntamientos de turno –en el caso del impuesto sobre la plusvalía– los que se verán obligados a absorber el impacto recaudatorio de la medida.

No renunciar a los ingresos

¿Había alternativa? Hay quién cree que sí. Un informe elaborado recientemente por una veintena de expertos en fiscalidad local, y que ya ha sido enviado tanto al Ministerio de Hacienda como a la Federación Española de Municipios y Provincias, aboga por cargar a la entidad financiera que se haga con el inmueble la factura fiscal derivada de su transmisión.

Según el economista y profesor de la Universidad de Málaga, Juan Manuel Ruiz Galdón, que ha coordinado los trabajos de este grupo de expertos –la primera propuesta sistematizada de reforma de las Haciendas Locales que se presenta en los últimos años–, la lógica de su propuesta es “eximir del pago a los afectados por una ejecución presupuestaria, pero no eliminar la sujeción al impuesto de estas operaciones”.

“Resulta incomprensible cómo se ha podido obligar a sujetos que, por no cumplir con el pago de una hipoteca, han tenido que entregar su vivienda a tributar por los impuestos derivados de esa transmisión”, subraya el profesor Ruiz Galdón.

“Sin embargo, eso no quiere decir que el impuesto no se deba cobrar”, recalca. Frente a la exención total establecida por el Ministerio de Hacienda, que desprende por completo de carga fiscal este tipo de operaciones, este grupo de sabios de la fiscalidad local aboga por prever “la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente, y por tanto obligado al pago, a la entidad financiera que adquiera el inmueble”.

Es decir, que sea la entidad financiera la que asuma el coste fiscal de la operación, dada la probada situación de insolvencia de los particulares o familias que se han tenido que desprender de ella para poder hacer frente a sus deudas con el banco.

De este modo, entienden los expertos, se respetarían las “razones de equidad y cohesión social” que justificó la inclusión de esta exención de impuestos en la Reforma Fiscal, y además se preservarían también los derechos del Estado y los ayuntamientos que, bajo los parámetros establecidos por Hacienda, están condenados a perder varios cientos de miles de euros en recaudación.

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