La Audiencia Nacional archiva la denuncia contra Tous al no apreciar indicios de delito
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha decretado el archivo de la denuncia de la Fiscalía contra la marca de joyería Tous por los delitos de publicidad engañosa, estafa continuada, falsedad en documento y corrupción en los negocios en relación con la composición de determinados artículos de joyería.
La cuestión analizada por el juez es si las joyas de plata elaboradas por Tous con la técnica denominada “electroforming” (joyas en cuyo interior tienen un componente no metálico y en el exterior es plata de primera ley) podrían constituir algún tipo de fraude o delito para el consumidor.
Los hechos que dieron origen a estas actuaciones se iniciaron por una denuncia de la asociación Consujoya presentada en Córdoba en diciembre de 2018. Unos meses después, en marzo de 2019, la Fiscalía de Córdoba incoó diligencias de investigación, inhibiéndose posteriormente a la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que fue la que, en noviembre de 2019, presentó la denuncia ante el juez en la que sostenía que la compañía había vendido joyas rellenas de material no metálico, pese a publicitarlas como si fueran íntegramente de oro o plata.
Pedraz descarta el delito de estafa al no existir engaño al comprador, dado que en ningún momento se le dice que está adquiriendo plata maciza. “Ni consta que el consumidor compre la pieza pesando que es maciza y así se lo haya hecho saber el vendedor”, subraya el auto.
Tampoco considera que exista el delito de publicidad engañosa ni falsedad documental en relación con el certificado de la empresa que realiza los contrastes y que se ajusta al reglamento de metales preciosos. Por último, rechaza el delito de corrupción entre particulares puesto que no consta dato o indicio alguno que avale mínimamente el soborno.
El juez ha examinado la publicidad de las joyas ofertadas aportados por Tous, así como los certificados de autenticidad y garantía y, de acuerdo con la Ley de objetos fabricados con metales preciosos, concluye que “las piezas discutidas estarían amparadas por la ley y así considerarse como de metal precioso”.
El instructor recuerda que en los certificados que se entregan al comprador con la pieza se hace constar que “los artículos fabricados mediante el proceso de electroforming pueden contener un núcleo no metálico con la finalidad de conferir estabilidad”. En la misma línea, la legislación contempla esta posibilidad con el fin de materializar uniones o de conferir estabilidad en objetos fabricados con metales preciosos.
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