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Tres bajadas del IVA que no esperabas: karaokes, barbacoas y discotecas

Karaoke de temática anime

Marina Estévez Torreblanca

Los Presupuestos Generales del Estado para 2017 han levantado ampollas en entidades como las comunidades autónomas, que han visto reducida su inversión, pero hay algunos sectores que han recibido como agua de mayo las cuentas de Cristóbal Montoro.

Son aquellos que trabajan con productos y servicios que, en virtud del nuevo proyecto de ley, ven rebajado del 21% al 10% el tipo de IVA que con el que tendrán que facturar. Desde monturas de gafas graduadas a establecimientos como discotecas, salas de fiesta, barbacoas y otros análogos como karaokes, tablaos de flamenco o cafés-teatro. Será decisión del empresario repercutir la bajada en el cliente final.

Este tipo de establecimientos pasarán a tributar a un 10% todas las comidas y bebidas que vendan, así como eventuales entradas a espectáculos en vivo, aunque éstos no serán obligatorios, explican fuentes de Hacienda. Sí seguirían gravadas al 21% las entradas a estos lugares que no vengan acompañadas de consumición, aclaran dichas fuentes. Como recuerda el secretario técnico del REAF-REGAF del Consejo General de Economistas, Luis del Amo, se trata de acabar con la excepción que afectaba a los los conocidos como servicios mixtos de espectáculo y hostelería que se había generado en 2012. En plena crisis económica se abocó a discotecas y locales de ocio nocturno al tipo general de IVA, frente a lo que ocurría en los servicios puramente de restauración, como los restaurantes, que tributan al 10%.

Esto no quiere decir, reitera Del Amo, que estas salas tengan que ofrecer necesariamente espectáculos en vivo como conciertos para tributar al tipo reducido.

De hecho, los espectáculos en directo tendrán su propia reducción. Al artículo de la ley sobre el impuesto sobre el valor añadido que detalla los servicios que están al 10%  se añaden teatros, circos, festejos taurinos, conciertos y demás espectáculos culturales en vivo. Esta circunstancia ha sido muy criticada por parte del sector del cine, que no se ve beneficiado por esta novedad.

Alegría del sector del ocio nocturno 

La Asociación de Empresarios de Ocio Nocturno de la Comunidad de Madrid 'Noche Madrid' cree que el proyecto presupuestario marca “un punto de inflexión en el sector de los espectáculos y las actividades recreativas después de una década durísima marcada por la crisis, los números rojos y el cierre de más de 600 discotecas y salas y conciertos en España”, informa Europa Press.

“Se trata sin duda de la noticia más importante del siglo para el sector del ocio, los espectáculos y la cultura popular”, ha dicho la asociación en un comunicado. No obstante, se muestran prudentes sobre el proceso de tramitación presupuestaria, “que se supone complejo y difícil”, con un Gobierno en minoría.

Para Noche Madrid, “supone el doble reconocimiento acerca de la dimensión cultural de los set de dj y de los espectáculos ofrecidos por los locales de ocio, así como la equiparación del tipo de IVA aplicado a la dispensación de comidas y bebidas en todo tipo de establecimientos”.

Las monturas de las gafas 

Capítulo aparte merecen las monturas de gafas. El proyecto de Presupuestos ha venido a aclarar el embrollo tributario que se había generado en torno a este producto, que según afirmó el pasado 26 de diciembre la Dirección General de Tributos debía estar gravado al 21% desde 2014.

En aquel año la ley española se adaptó a una sentencia europea que exigía al Gobierno subir la fiscalidad de ciertos productos sanitarios. Pero según el sector, en el caso de las monturas no había quedado claro que también debieran subir al 21%, y no lo ha hecho hasta que Tributos contestó a la citada consulta.

La Federación Española de Asociaciones del Sector Óptico (Fedeo) expresó su temor a que el perjuicio económico se tradujese en 8.000 nuevos desempleados y 1.100 empresas cerradas, tanto ópticas como proveedores, ya que no sólo tenían que empezar a pagar el nuevo IVA, sino regularizar con efectos retroactivos el que se venía pagando al 10% –incorrectamente, según Tributos– desde 2014.

Ahora Hacienda aclara que deben estar en el tipo reducido “las gafas, monturas para gafas graduadas, lentes de contacto graduadas y los productos necesarios para su uso, cuidado y mantenimiento”, aunque queda por despejarse qué pasa con el IVA que debería haberse pagado 2014 y 2017. 

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