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La sentencia del caso Bankia deja sin responsables al mayor rescate financiero en España

Un informe pedido por Rato defiende las cuentas del debut bursátil de Bankia

Diego Larrouy

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3.009 días. Este es el periodo que ha pasado desde que la Audiencia Nacional comenzara a investigar la salida a Bolsa de Bankia, una operación que concluyó en el mayor rescate financiero de la historia de España, hasta que se ha conocido la sentencia. Son más de ocho años con una larga y compleja fase de instrucción y un intenso juicio oral que ha concluido sin ningún responsable de la empresa condenado pese a la debacle del banco. La sentencia, conocida este martes, ha absuelto a todos los gestores de la entidad, un total de 34 acusados encabezados por Rodrigo Rato.

Bankia fue el paradigma del fracaso de la gestión del sistema financiero antes y durante la crisis de 2008. Tal es así que su desplome tras una salida a Bolsa fallida concluyó con una inyección de dinero público por parte del Estado más de 22.000 millones de euros. Por ello, su sentencia era una de las más esperadas para conocer quién y cómo actuaron para que uno de los principales grupos bancarios acabara necesitando que el Estado se convirtiera en su máximo accionista. Durante todo el juicio acudieron a declarar grandes banqueros como Francisco González (BBVA) o Isidre Fainé (CaixaBank), representantes del Banco de España y de la CNMV, o el exministro Luis de Guindos. Tras la sentencia, las respuestas sobre qué salió mal en la gestión de Bankia no las ha dado la Audiencia Nacional ni tampoco ha señalado la existencia un responsable que asuma las consecuencias de aquella operación que supuso miles de millones de pérdidas.

La Audiencia Nacional entiende que el desplome no se le puede atribuir al equipo directivo del banco, entre los que se encontraban nombres bastante conocidos como el ya mencionado Rato, José Luis Olivas, Ángel Acebes o Javier López Madrid. Durante su largo escrito, la sala que ha juzgado el caso concluye que las decisiones que se adoptaron en la dirección del banco estaban basadas, o incluso urgidas, por los supervisores y las nuevas leyes sobre sector financiero que se iban promulgando en España y en la Unión Europea.

Pero los supervisores, el aparato del Estado financiero, ya se había encargado durante el proceso de hacer todo lo posible para hacer descarrilar la causa. En un hecho insólito, una de las acusaciones, el FROB, con la colaboración del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), presentó un escrito en el que atacaba sin medianías el informe que sustentaba el caso y que certificaba que Rodrigo Rato y su equipo maquillaron las cuentas de la entidad con el objetivo de que pudiera salir a bolsa. Con los organismos reguladores fuera de la causa a pesar de los evidentes errores de supervisión, solo ha hecho falta que se imponga la teoría de que los directivos actuaron con el beneplácito de estos organismos públicos para que el mayor recate bancario de la historia de España quede sin responsables.

El juicio estaba centrado en tres bloques: la constitución de Bankia por la fusión de varias cajas, la salida a Bolsa y el folleto; y la reformulación de las cuentas del banco en 2011, que pasaron de tener beneficios a unas pérdidas milmillonarias. En ninguna de ellas el tribunal ha encontrado probada la responsabilidad de la cúpula del banco. Algunos de los gestores se enfrentaban a acusaciones por delitos de falsedad contable, estafa a inversores o administración desleal. Con los organismos supervisores

El primer bloque, por tanto, iba al nacimiento de Bankia, como producto de una fusión de siete cajas de ahorros, principalmente Caja Madrid y Bancaja. Asume la sentencia que no fue esta unión a iniciativa de los propios gestores. “Fue impulsada por las autoridades económicas y financieras, las cuales ejercieron una fuerte presión para que se acometieran procesos de integración en el sistema financiero español”, apunta el escrito conocido este martes. El tribunal va más allá de señalar que esta operación se vio forzada por la legislación y añade que además el proyecto concreto de Bankia contaba con el beneplácito del Banco de España. “Indicaba un informe de la Dirección General de Supervisión que se podía concluir que las Cajas de Ahorro objeto del proceso de integración merecían la calificación de entidades fundamentalmente sólidas”, señala.

No admite como prueba los correos críticos de un supervisor

Ninguno de estos supervisores fueron objeto de la investigación llevada a cabo por parte de la Audiencia Nacional, pese a que en la fase de instrucción así lo solicitaron algunas de las partes de la acusación. Sin embargo, sí pasaron por el juicio como testigos del caso. Y en algunos casos con discrepancias en el seno de los supervisores. Es el caso del Banco de España, donde el inspector “cabecera” en Bankia, José Antonio Casaus, se reafirmó en unos famosos correos donde discrepaba con la opinión aportada por el supervisor sobre Bankia. En estos emails, Casaus apuntaba meses antes de la salida a Bolsa que Bankia “además de no ser viable económicamente tampoco lo es financieramente” y lanzaba algunas proyecciones sobre el futuro de la entidad que acabaron, en parte, cumplidas: “al final el FROB tendrá que convertir su deuda en acciones de BFA y responder frente a los tenedores de subordinadas y de preferentes para evitar que digan que un banco público deja tirados a unos inversores privados minoristas. Con lo que habremos socializado las pérdidas y habremos perdido unos meses/años”.

Estos correos fueron utilizados por las acusaciones para demostrar que había dudas sobre la viabilidad del banco que desaconsejaban una operación de salida a Bolsa. Para Casaus, lo óptimo era la venta a un banco extranjero. “Esta sería la solución definitiva y la óptima pues no perdería nadie: ni el contribuyente ni los acreedores. Y creo que es posible. Otra cosa es que los políticos que gestionan Bankia no quieran explotar esa vía para no perder sus poltronas ni su herramienta de financiación”, apuntaba. Era muy crítico con la gestión que se hacía del banco: “es un Gobierno interno mejorable y hay gestores desalineados entre sí y desacreditados ante el mercado: son los mismos que han conducido a esta situación y tiene un perfil marcadamente político”.

Pero estos correos enviados a sus superiores no cambiaron la postura del Banco de España. El entonces gobernador, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, llegó a testificar en la fase de instrucción que conoció estos cuatro correos por los medios. Tampoco el tribunal ha decidido tomar en cuenta en su sentencia la declaración de Casaus, a quien le resta credibilidad en la sentencia, asegurando que el contenido de sus correos y el de los informes de seguimiento que hacía del banco presentan diferencias “palmarias”. Él justificó en su declaración que su “gran error” fue la “falta de coraje” al no presentar estas conclusiones en sus informes. “Sus reiterados correos pierden toda la posibilidad de poderles otorgar virtualidad probatoria”, zanja el fallo.

La información de la salida a Bolsa “era más que suficiente”

En cada uno de los tres bloques de la sentencia, la Audiencia Nacional exonera a los gestores y sitúa la responsabilidad en los supervisores y reguladores, sin entrar en ningún momento a valorar si son decisiones acertadas o no. Eso quedaba fuera del caso juzgado. Así, por ejemplo, respecto a la salida a Bolsa de la entidad, niega que fuese algo impulsado por la dirección del banco. Asegura que ya estaba contemplado en la ley por la cual se crearon las fusiones de las cajas de ahorros (los conocidos como SIP) y que se vio acelerada por un cambio en la ley que obligaba a los bancos a dotarse de mayor capital.

Tampoco ve ningún problema en el folleto con el que se ofrecieron acciones a inversores institucionales y minoristas para entrar en la salida a Bolsa. “La información financiera incluida era más que suficiente para que los inversores se formasen un criterio razonado sobre el valor de la compañía que se estaba ofertando, una información que había sido elaborada con la supervisión y obedeciendo a los requerimientos del Banco de España, siendo luego refrendada por la CNMV al registrar el Folleto”, zanja el escrito del tribunal. La sentencia critica en este punto a las acusaciones, a quienes espeta que “ha pretendido ignorar la profusa prueba documental en un baldío intento de desentenderse de tan contundentes datos, imposibles de obviar”.

La exoneración que hace el tribunal a los gestores llega incluso a la campaña publicitaria que se hizo en todos los medios de comunicación conocida como el 'hazte bankero' y que animaba a los clientes a participar en la salida a Bolsa. “Parece difícil concebir que cualquier entidad bancaria, después de contar con el beneplácito del Banco de España, de la CNMV, del FROB y de la EBA sobre la idoneidad de su salida a Bolsa y la adecuación del Folleto informativo a la realidad, recele de todos estos pareceres y proclame la necesidad de adoptar prevenciones ante compañías publicitarias”, reseña el auto.

La “ausencia de intencionalidad” exime de la falsedad contable

La sentencia también resta responsabilidad a la dirección del banco en el hecho de que las cuentas del banco del 2011 tuvieran que ser reformuladas en 2012 y les exonera de un delito de falsedad contable. Aunque reconoce que la participación de las antiguas cajas (reunidas en BFA) en Bankia se ve deteriorada a los meses de salir a Bolsa, provocando que el resultado pase del beneficio a las pérdidas millonarias que finalmente se produjeron, asegura la sentencia que si no se incluyó este hecho en las cuentas iniciales “no obedeció al deseo de ocultar esta circunstancia, alterando la imagen fiel de la entidad”, sino que se produjo “en la convicción de que la mala situación” se resolvería en el plan de saneamiento. “Esta ausencia de intencionalidad eliminaría la existencia del elemento subjetivo del delito de falsedad contable”, asegura, en concreto en lo que se refiere a Rodrigo Rato.

La argumentación del tribunal para exculpar a todos los acusados de falsedad contable por los datos del ejercicio de 2011 va más allá. Concluye que para poder enjuiciar este delito, estas cuentas anuales deberían ser “auténticas, lo que no es el caso”. ¿Por qué no son auténticas? Porque, entiende la sentencia, se presentaron únicamente ante la CNMV –algo que en la práctica ya las hace públicas para inversores– y no contaban con el informe de auditoría. Además, tampoco fueron aprobadas por la junta de accionistas ni se publicaron en el Registro Mercantil. Así, al concluir que no cumplía con esos tres pasos y que, por tanto, no son unas cuentas 100% válidas, no puede acusarse ese delito de falsedad contable.

En definitiva, los más de 400 folios de la sentencia van descargando de culpa a la cúpula del banco en cada uno de los tres bloques en los que divide el caso: la creación de Bankia, la salida a Bolsa y la reformulación de las cuentas. En un escrito en el que además es muy dura con la Fiscalía por haber cambiado de criterio y haber ampliado su acusación inicial, la sala va concluyendo que la mayor parte de las decisiones que las acusaciones entendían que incurrían en posibles delitos son en realidad el cumplimiento de las exigencias de la normativa y contaban con el aval de los supervisores.

“Lo que resulta evidente a todas luces es que el proceso que culminó con la salida a Bolsa de Bankia fue intensamente supervisado con éxito por el Banco de España, la CNMV, el FROB y la EBA, contando en definitiva con la aprobación de todas las Instituciones”, concluye la sentencia. Bankia acaba de ser adjudicada a dedo por el Gobierno a CaixaBank para que sea absorbida. La posibilidad de recuperar los 21.000 millones de dinero público del rescate es prácticamente imposible.

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