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El PP aprovecha el aforamiento exprés del rey para aumentar el control político sobre la justicia
Las plazas vacantes por servicios especiales ya no saldrán a concurso, sino que podrán ser cubiertas por quien designe a dedo el politizado Consejo General del Poder Judicial, que hoy controla el PP
El PP ha colado este cambio en una enmienda a la misma ley que se utilizará para aforar al rey y que se está tramitando a toda velocidad
Esta reforma entrará en vigor en cuestión de días, sin pasar por el Consejo de Estado y sin apenas debate público
El procedimiento de urgencia que está utilizando el Gobierno para tramitar el aforamiento del rey Juan Carlos trae nuevas sorpresas. El Partido Popular ha aprovechado la tramitación por la vía rápida de ley orgánica complementaria de racionalización del sector público –la norma donde ha incrustado el aforamiento real–, para colar sin apenas debate dos enmiendas que modifican la forma en la que se cubren las suplencias en los juzgados cuando el juez titular de la plaza se va temporalmente a otro destino.
Las enmiendas del PP, que fueron aprobadas el pasado jueves, ya van camino del Senado y podrían entrar en vigor en cuestión de días. En la práctica, aumentarán el control del Gobierno sobre la justicia ya que indirectamente permitirán al poder político cubrir estas vacantes con jueces elegidos a dedo por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). De este modo, el Gobierno contará con un nuevo mecanismo para controlar los juzgados más sensibles, como el Tribunal Supremo o la Audiencia Nacional.
Las dos enmiendas cambiarán el procedimiento para sustituir a los magistrados en comisión de servicios especiales: aquellos que, temporalmente van a un destino que no supone perder su plaza –por ejemplo, cuando son nombrados vocales del CGPJ o miembros del Tribunal Constitucional–. Hasta hace unos meses, estas sustituciones se regulaban con el artículo 118 de la ley orgánica del Poder Judicial. Las bajas de este tipo se cubrían normalmente como cualquier otra, según el sistema de puntos de la carrera judicial. La sustitución temporal salía a concurso abierto: todos los jueces podían optar a esa plaza hasta la vuelta de su titular y ganaba quien más puntos tuviese. El poder político no tenía apenas margen para actuar.
Con la enmiendas que ha presentado el PP, y que ya están aprobadas por la mayoría conservadora en el Congreso, el sistema para cubrir esas plazas en la práctica cambiará. El Consejo General del Poder Judicial podrá decidir quién se queda con estos puestos de forma discrecional: por medio de una comisión de servicios. Será el CGPJ –un órgano dependiente del poder político y donde los magistrados elegidos por el PP son mayoría– quien podrá nombrar al juez que prefiera en cualquiera de estos juzgados, sin necesidad de sacar la plaza a concurso y sin que haya que tener en cuenta la experiencia o los méritos previos de cada candidato.
Según asegura a eldiario.es Joaquím Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia, esta cambio es “una iniciativa legal muy criticable por razones de forma y de fondo, al haberse introducido fuera de los cauces ordinarios y al suponer la posibilidad de que el órgano de gobierno de los jueces, con evidentes conexiones con el poder político, pueda designar magistrados sin realizar el correspondiente concurso”.
Desde el Ministerio de Justicia, por su parte, afirman que la reforma es una cuestión menor. “No hay novedad alguna”, afirma un portavoz del ministerio. “El nuevo artículo recoge con mayor claridad los mecanismos de sustitución y cobertura de este tipo de plazas que ya se venían utilizando en la práctica. La cobertura por concurso de las plazas del 118 siempre ha sido una opción”. Desde el Ministerio, argumentan también que el nuevo artículo “tan solo incorpora algunas mejoras técnicas” para evitar que la cobertura de estas vacantes por concurso “genere, en ocasiones, situaciones problemáticas”; cuando un juez accede a una de estas plazas y luego regresa el titular, el suplente queda asignado al mismo juzgado, lo que puede provocar, según el ministerio, “un problema de sobre-plantilla”.
Sin embargo, otras fuentes jurídicas aseguran que el cambio sí tendrá serias consecuencias porque convertirá en norma lo que hasta ahora era la excepción, según la práctica extendida tanto en la carrera judicial como en el caso de los fiscales. No será la primera vez que se utilice una comisión de servicios para sustituir a un juez; ya pasó, por ejemplo, con la sustitución de Baltasar Garzón o con la de Grande Marlaska en la Audiencia Nacional; unos nombramientos por comisión de servicios tan puntuales como polémicos y que, según fuentes jurídicas, podrían incluso haber sido anulados si hubiesen sido recurridos porque incumplían el artículo 118. Pero si prospera esta reforma, el CGPJ lo tendrá aún más fácil para utilizar este sistema porque no será siquiera necesario argumentar por qué una plaza de un magistrado en servicios especiales se cubre sin necesidad de concurso.
La reforma por la vía de enmienda de este mecanismo ha creado polémica dentro de la carrera judicial. En varios foros privados de jueces en Internet hace varios días que se discute sobre esta reforma, que muchos ven como un golpe más a la separación de poderes. “El Gobierno aprovecha el aforamiento de la familia real para, de forma torticera, a través de una enmienda y sin dictamen del Consejo de Estado introducir un mecanismo para nombrar jueces 'ad hoc' en tribunales tan importantes como el Supremo o la Audiencia Nacional”, asegura un magistrado que prefiere mantener el anonimato.
DOCUMENTO: Las enmiendas aprobadas en el Congreso
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