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Guía: qué se puede hacer y qué no en Euskadi durante la emergencia sanitaria

Un hombre pasea con mascarilla, con un cartel de la campaña de Vitoria para fomentar su uso al fondo

Rubén Pereda

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Con la publicación este miércoles de la orden en el Boletín Oficial del País Vasco, han entrado en vigor las medidas de la emergencia para hacer frente a la pandemia de coronavirus en Euskadi. Se han aprobado limitaciones a la actividad hostelera, reducción de aforos y un tope de diez personas para los grupos, independientemente de dónde se encuentren. La consejera de Desarrollo Económico, Arantxa Tapia, ya aclaró que, si bien ahora se anuncian las medidas que afectan al conjunto de la comunidad autónoma, se podrán aplicar de manera restrictiva otras más duras —“más quirúrgicas”, en sus propias palabras— en el ámbito local, en aquellos lugares en los que el virus “esté atacando de una forma más evidente”.

elDiario.es/Euskadi repasa los cambios a la normativa vigente que se incorporan con estas medidas.

Diez personas en la calle y treinta en velatorios y entierros

Las reuniones quedan limitadas a un máximo de diez personas, con independencia de dónde se celebren. Era un número que ya estaba presente en otras circunstancias, pero ahora se hace extensible también a los encuentros en la calle. “Hemos compartido la preocupación por el impacto que tienen las agrupaciones de muchas personas en distintos lugares, tanto en el ocio juvenil como en el de personas más mayores”, ha explicado Tapia, que hace hincapié en que ayudan a que el virus se propague con mayor facilidad.

También se limitan a grupos de diez personas la actividad física deportiva no federada —que habrá de ser sin contacto físico—, el turismo activo y de naturaleza y las visitas a centros recreativos y acuarios. Las piscinas, tanto públicas como privadas, tendrán que limitar su aforo al 60% y prohibir las estancias superiores a tres horas. Con ese mismo objetivo, el de evitar reuniones de más de diez personas, se prohíbe cualquier tipo de actividad en lonjas y locales.

Por otra parte, los grupos también se limitan —en este caso a treinta personas— en los velatorios y los entierros, ya se lleven a cabo en espacios cerrados o en abiertos. Las bodas, no obstante, no están contempladas en la nueva normativa y no se prevén limitaciones diferentes a las ya previstas. “Nos acogemos a los aforos existentes en la actualidad para ceremonias religiosas o civiles”, ha asegurado Tapia.

Residencias

Las restricciones para las residencias se habían acordado ya la semana pasada en una reunión entre las diputaciones y el Departamento de Salud, pero entrarán igualmente en vigor con la publicación del nuevo boletín. Prevén la realización de una prueba PCR a todos los nuevos residentes y también a los empleados que se reincorporen a su puesto de trabajo. Asimismo, las visitas se limitan a una persona y una hora, aunque se exceptúa a aquellos residentes que se encuentren en el proceso final de la vida. En estos centros vienen apareciendo en los últimos días varios positivos. Puede leer información al respecto y ver la situación de cada centro en nuestro mapa interactivo.

Nuevas restricciones a la hostelería

La consejera ha sido tajante en este punto. “Vamos a garantizar que exista una distancia de 1,5 metros no ya entre mesas, sino entre las personas sentadas en las mesas”, ha afirmado. Con ello se refiere a que no va a ser suficiente con que esa sea la distancia que separe a las mesas, sino que es lo que debe haber “entre espalda y espalda”. Los grupos, como hasta ahora, siguen estando limitados a un máximo de diez personas, mientras que el total de comensales de un comedor no podrá superar las sesenta.

El consumo queda ahora restringido a las personas que se encuentren sentadas en el interior o en el exterior; también en la barra, pero sentadas y guardando la distancia interpersonal. “Consumo, siempre sentados”, ha zanjado. Los establecimientos deberán cerrar a la una de la madrugada, aunque no se podrán aceptar nuevos clientes ni servir a partir de la medianoche.

Las discotecas, salas de baile, bares de copas, pubs y demás establecimientos similares no podrán abrir sus puertas. En cuanto a las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos, el aforo se limita al 60%. Los bufés y cócteles se habrán de celebrar en grupos de un máximo de diez personas, que deberán estar sentadas.

Uso “obligatorio y correcto” de la mascarilla

La consejera ha querido reiterar la necesidad de hacer un uso correcto de la mascarilla, lo que implica que cubra desde el tabique nasal hasta el mentón, incluido. La nueva normativa incorpora un elemento adicional: en el transporte público, y siempre y cuando el trayecto sea inferior a las dos horas, queda prohibida la ingesta de alimentos. No así la ingesta de líquidos: “Una persona puede ir con un botellín de agua, puede beber e inmediatamente después ponerse la mascarilla. Así garantizaremos que la mascarilla se use prácticamente el cien por cien del tiempo en que las personas estemos en el transporte público”. En cuanto al transporte privado, no se exigirá el uso de mascarilla si las personas ocupantes conviven en el mismo domicilio.

No será obligatorio usarla en los centros de trabajo, pero los trabajadores deberán guardar una distancia de seguridad de metro y medio. Sí deberán ponérsela “cuando compartan espacios comunes, circulen por los pasillos, asistan a reuniones o cualquier situación en la que pueda darse una cercanía entre trabajadores que no sean convivientes”, reza la orden.

El transporte público se detiene a la 1.00

En cuanto al transporte público, difería lo expuesto en el primer borrador con lo explicado por Tapia. “El transporte público también finalizará a la misma hora, para poder atender a esas personas que han terminado de estar en un restaurante, 'txoko', bar... Como máximo, terminará a la 1.30 de la mañana”, ha explicado en la rueda de prensa. Sin embargo, la orden lo aclara: “El transporte público de cualquier índole deberá tener como horario máximo de salida las 01:30 horas”.

Los taxis, en cambio, no se verán afectados por las nuevas normas. La consejera considera que es un servicio que se debe brindar. “Entiendo que si alguien llama a un taxi a las cinco de la mañana, quizá sea porque ha estado en un evento o en un local nocturno, pero también puede ser porque tiene una urgencia”, ha explicado.

Bibliotecas y museos

Las bibliotecas retoman su actividad normal, aunque las salas no podrán superar el 60% de capacidad. El mismo límite se mantiene para las actividades culturales que allí se lleven a cabo. Además, se exige que los materiales devueltos —libros, discos, vídeos y demás— permanezcan retirados durante al menos una semana.

El 60% del aforo también es el máximo para los museos, en los que las visitas habrán de hacerse en grupos de un máximo de diez personas, incluido el guía. Se permite el uso de pantallas interactivas, y será el propio museo el que tenga que poner a disposición de los usuarios los materiales de higiene necesarios.

Actividades y espectáculos al aire libre

Podrán celebrarse con un aforo máximo del 60% y siempre que no se superen las mil personas. No se permite, en cambio, “la celebración de romerías, exhibiciones de música o baile en espacios abiertos y otros eventos populares, como espectáculos itinerantes de desfile o con acompañamiento de público en la vía pública”.

Competiciones y espectáculos deportivos

En estos casos, el aforo también está limitado a un 60%. Si se celebran al aire libre, podrá asistir un máximo de mil personas, pero solo seiscientas en los espacios cerrados. En cualquier caso, las competiciones se deberán realizar en un espacio o itinerario previamente delimitado. La orden pone como ejemplos el remo, el atletismo y el ciclismo en ruta, por ejemplo, para los que se deberá

Consumo de tabaco

Como ya era sabido, se prohíbe fumar en espacios públicos cuando la persona fumadora no pueda mantener la distancia mínima interpersonal, que en este caso ha de ser de dos metros. “La mascarilla se retirará exclusivamente para la inhalación y exhalación del humo”, apostilla la orden.

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