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Absuelto el exalcalde de Usagre por la licencia a la planta fotovoltaica Núñez de Balboa

Proyecto fotovoltaico Núñez de Balboa, en Extremadura

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La Audiencia de Badajoz ha absuelto al exalcalde de Usagre, Antonio Luna, de un delito de prevaricación administrativa en la concesión de la licencia urbanística para la construcción de la planta fotovoltaica Núñez de Balboa. La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, también absuelve a la ex teniente de alcalde María Dolores Esteban y al administrador de la empresa responsable inicial del proyecto.

Sobre las acusaciones al primer edil, el fallo judicial establece que el decreto de concesión de licencia de obras “contaba con la calificación urbanística de la Junta de Extremadura y con el informe de viabilidad técnico de la mancomunidad de municipios, por lo que la licencia era válida y eficaz”. “Y tal conclusión queda avalada por el informe emitido por el oficial mayor de la Diputación de Badajoz y por la testifical pericial” de los expertos, expresa.

En la misma línea, en el caso de María Dolores Esteban, señala que la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de Usagre a la promotora del expediente “siguió los trámites esenciales del procedimiento y se ajustó a la legalidad administrativa aplicable”.

La sentencia no observa tampoco “desviación de poder penalmente relevante”, habida cuenta de que no se ha demostrado un trato de favor hacia los promotores del expediente. Tampoco se ha demostrado un interés personal de los ediles acusados hacia el proyecto “que no sea el comprensible designio de favorecer los intereses generales de la población mediante la instalación de una planta fotovoltaica, la mayor de Europa, que generaría un número cuantioso de empleos en la comarca”. Una dotación que también propiciaría “una actividad económica importante, que daría lugar igualmente a una considerable recaudación fiscal”, indica.

El juicio por estos hechos se celebró hace dos semanas en la Audiencia pacense, en el cual los tres procesados se enfrentaban a una petición inicial de pena por parte de la Fiscalía de 12 años de inhabilitación para empleo público, y por parte de la acusación particular de siete años y medio de prisión, todo ello por prevaricación y tráfico de influencias.

Los ediles defendieron durante la vista que la actuación se realizó conforme a lo asesorado por los técnicos, y en este sentido Luna afirmó que se le trasladó que los documentos “menores” que pudieran faltar podrían solicitarse después. 

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