El Juzgado de lo Social de Badajoz hace indefinida a una trabajadora del Sexpe

Una trabajadora, que ha sido representada por los servicios jurídicos de la FSP-UGT, ha reclamado en su demanda que le fuera reconocida su relación laboral como de carácter indefinida, al venir prestando sus servicios como formadora (Experto Docente) del Servicio Extremeño Público de Empleo de la Junta de Extremadura desde el año 2011.

En este sentido la titular del Juzgado de lo Social nº 1 “nos viene a dar la razón”, informa el sindicato en un comunicado, “considerando que ha quedado acreditado el incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores que alega la parte actora ... lo que determina que la contratación no podría ser calificada de temporal sino de indefinido (discontinuo), lo que lleva a la estimación íntegra de la demanda, al apreciarse fraude de ley en la contratación de la trabajadora”.

Por lo que reconoce la relación laboral de la trabajadora como indefinidad discontinua desde el año 2011.

La categoría de formador experto docente, imparte formación en los Centros de Formación para el Empleo del SEXPE, en los Centros públicos en Extremadura, que son medios propios del SEXPE, formación que está dirigida a los trabajadores desempleados con el objeto de proporcionarles la cualificación requerida por el sistema productivo para su inserción laboral, y cuando los mismos carezcan de formación profesional específica o su cualificación resulte insuficiente o inadecuada.

La relación laboral que vienen manteniendo los expertos docentes, está vinculada a un fichero de expertos docentes que tiene su origen en el R.D. 631/1993 de 3 de mayo, por el que se regula el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, esta norma recoge que para aquellas acciones formativas que el INEM desarrolle a través de sus propios medios en virtud del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional el Instituto Nacional de Empleo podrá contratar expertos incluidos en el fichero de expertos homologado, cuando carezca de personal para impartir las especialidades formativas programadas.

La Comunidad Autónoma de Extremadura, ya con las competencias en materia de empleo y formación, por Resolución de 25 de marzo de 2002, desarrolla y crea su propio fichero de expertos docentes aprobando las bases para la selección de estos formadores. Fichero que se ha ido actualizando hasta ahora siendo su última Resolución la de 22 de Diciembre de 2014.

Los Servicios Jurídicos de FSP-UGT, entendían que los contratos que estos profesionales mantenían con la Administración responden al trabajo ordinario y habitual del servicio público de empleo, para atender necesidades de trabajo de carácter determinado que se repiten todos los años. Por lo que no está justificada su contratación por obra o servicio determinado sino que la relación laboral debería ser de duración indefinida discontinua y que por ello, los contratos actuales se encuentran en fraude de ley. En defensa de estos argumentos, se Interpone la correspondiente demanda ante el Servicio Extremeño Público de Empleo de la Junta de Extremadura.