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El desmantelamiento de Almaraz de momento está planificado para empezar en 2030

Vista aérea de archivo de la Central Nuclear de Almaraz (CNA).

elDiarioex

16 de abril de 2022 11:40 h

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El proceso de desmantelamiento de la central nuclear de Almaraz comenzaría en 2030 y finalizaría en 2040, momento al que habría que sumar otros diez años más de vigilancia hasta su declaración de clausura, según el plan de gestión de residuos radiactivos, desmantelamiento de las centrales nucleares y su estudio ambiental estratégico.

Ha sido sido expuesto a información pública por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) en el marco del VII Plan General de Residuos Radiactivos (PGRR) y de su Estudio Ambiental Estratégico, publicado en el BOE, y que por primera vez somete a una evaluación ambiental estratégica este tipo de planes, han informado fuentes del Ministerio

No obstante, la decisión que finalmente se adopte “requerirá necesariamente de un alto grado de consenso social, político e institucional, además de una buena valoración técnica y un marco de participación pública”.

La central cacereña seguirá funcionando hasta 2028, en una primera prórroga de actividad, y ya se piensa en una segunda, que la Junta apoya.

La versión inicial del 7º PGRR también contempla un escenario de referencia que incluye el cese de la operación de las centrales nucleares entre 2027 y 2035, en coherencia con el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC) y con el Protocolo de cese ordenado de explotación de las centrales, firmado en marzo de 2019 entre Enresa y sus propietarios.

En el caso de la Unidad I de Almaraz, el plan contempla el cese de la explotación en noviembre de 2027. A partir de ese año, otros tres en cuanto al licenciamiento de la mismas (2028-2030) y posterior inicio de las actuaciones para el desmantelamiento de la misma (2030-2040) y otros diez años (2040-2050) bajo vigilancia hasta la declaración de clausura.

Por lo que respecta a la Unidad II, el plan recoge el cese de explotación en octubre de 2028. A partir de ese año, otros tres en cuanto al licenciamiento de la mismas (2029-2031) y posterior inicio de las actuaciones para el desmantelamiento de la misma (2031-2041) y otros diez años (2041-2051) bajo vigilancia hasta la declaración de clausura.

La propuesta de la VII PGRR, disponible en el apartado de participación pública, de la web del MITECO, se sometió a consultas en marzo de 2020, dando respuesta a la necesidad de actualizar el 6º PGRR, aprobado en 2006. 

Esta primera fase de consultas ha permitido determinar el alcance del Estudio Ambiental Estratégico, que incluye objetivos de protección ambiental y una valoración de los impactos, así como medidas preventivas y correctoras, junto con una propuesta de vigilancia ambiental, la valoración de alternativas y la relación con otros planes nacionales y autonómicos.

Asimismo, contempla la continuidad para ampliar la capacidad de los Almacenes Temporales Individualizados (ATI) para el combustible gastado en las centrales, que permitan su explotación y su desmantelamiento.

Otros apartados son la puesta en marcha de un Almacén Temporal Centralizado (ATC) para el combustible gastado y los residuos de alta actividad o, alternativamente, de siete Almacenes Temporales Descentralizados (ATD) en los emplazamientos de las centrales, además de un almacenamiento definitivo del combustible gastado y los residuos de alta actividad en un Almacén Geológico Profundo (AGP).

En el caso de que se optara por la alternativa del ATC, las instalaciones de almacenamiento de residuos radioactivos y combustible gastado se mantendrían en el ATI de Almaraz hasta 2040, para proceder a su desmantelamiento al año siguiente.

Si se optara por la alternativa de almacenes temporales descentralizados (ATD) en las centrales, el almacenamiento en el de Almaraz se extendería hasta 2087.

Una vez concluido el periodo de información pública y analizados los informes y las alegaciones presentadas, el MITECO elaborará la versión definitiva del 7º PGRR, que será aprobado por el Consejo de Ministros, previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear y oídas las comunidades autónomas en materia de ordenación del territorio y medio ambiente. 

Del Plan aprobado se dará cuenta posteriormente a las Cortes Generales y a la Comisión Europea en cumplimiento de la Directiva de gestión de residuos radiactivos .

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