El curso escolar 2018/2019 se iniciará el 1 de septiembre de 2018 y finalizará el 31 de agosto de 2019. Aunque las actividades lectivas comenzarán el 12 de septiembre para segundo ciclo de Infantil, Primaria, Educación Especial y Secundaria Obligatoria y finalizará, con carácter general, el 21 de junio.
Así lo establece el calendario escolar que ha sido aprobado en la Mesa Sectorial de Educación, presidida por el secretario general de Educación, Rafael Rodríguez de la Cruz, en la que están representados los sindicatos de la enseñanza y a la que también ha asistido la directora general de Personal Docente, Heliodora Burgos.
El 13 de septiembre comenzarán las clases de primero y segundo de Bachillerato, los segundos cursos de Formación Profesional Básica y de Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior, mientras que en el primer curso de FP Básica empezará el 20 de septiembre y en los primeros de ciclos formativos el primer día de actividades lectivas será el 25 del mismo mes.
Finaliza el 21 de junio
Todas estas enseñanzas finalizarán el curso el 21 de junio, excepto las de segundo de Bachillerato, cuyo final será determinado mediante circular por la Secretaría General de Educación. Las actividades lectivas correspondientes a las Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y Danza se iniciarán el 1 de octubre de 2018, al igual que las de las Escuelas Oficiales de Idiomas, enseñanzas de idiomas para las que el final de las clases será el 31 de mayo.
Asimismo, el alumnado que curse enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, Diseño y Música iniciará el curso escolar el 19 de septiembre y finalizarán también el 21 de junio.
Los centros, públicos y privados, que impartan Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial comenzarán la actividad académica de estas enseñanzas el día 3 de septiembre de 2018 y finalizarán el 28 de junio de 2019, pudiendo extender esta actividad hasta el día 31 de julio, si por razones académicas y organizativas, así lo requirieran la Administración educativa o el titular del centro. Las actividades lectivas deberán iniciarse no más tarde del 3 de octubre de 2018 y no podrán finalizar antes del 21 de junio.
Medidas extraordinarias
El calendario escolar incluye la adopción de medidas extraordinarias en circunstancias meteorológicas excepcionales, que puede incluir la reducción de la jornada lectiva del alumnado que estuviera establecida con carácter general.
Mientras se mantenga la alerta meteorológica, las direcciones o titulares de los centros de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Educación Especial, previo informe favorable de su correspondiente consejo escolar, podrán acordar desarrollar actividades adaptadas a la situación meteorológica.
No obstante, se asegurará la posibilidad de que el alumno cuya familia lo solicite pueda permanecer en el centro hasta la finalización de las actividades lectivas que correspondieran normalmente o bien no asistir a clase durante esos días, siempre comunicándolo previamente a la dirección o titularidad.
En cualquier caso, se garantizarán los horarios y prestación de los servicios de comedor y transporte escolar. Por otra parte, la Mesa Sectorial de Educación acordado que, al igual que en los dos cursos anteriores, la adjudicación de destinos a funcionarios de carrera y a interinos se resuelva a finales de julio, con el fin de que el inicio de curso se desarrolle con total normalidad.
La Junta recuerda que el próximo curso será el tercero en el que los interinos podrán conocer con antelación cual será el centro educativo al que son destinados (antes se les adjudicaba en septiembre) y planificar así con tiempo su curso y poder conciliar su vida familiar con la laboral.