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Condenado a cuatro años por un delito de odio contra un joven homosexual en Valencia de Alcántara (Cáceres)

Cuatro años de cárcel, una indemnización de 9.600 euros más intereses, una multa de 2.700 euros, inhabilitación durante cinco años para el ejercicio de profesiones docentes, deportivas o relacionadas con el ocio y el tiempo libre, y la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante tres años es la condena a la que tendrá que enfrentarse un vecino de la localidad cacereña de Valencia de Alcántara por un delito de odio contra un joven homosexual al que trató de forma “vejatoria y denigrante” y además agredió físicamente por su condición sexual.

Según se recoge en la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres, los hechos ocurrieron en el verano de 2020 en una zona conocida como La Playa en Valencia de Alcántara donde se encontraban sentados en un banco la víctima con una amiga y otro chico conocido del condenado. Este último le pidió un cigarro para la chica y el condenado, conocedor de la condición de homosexual de la víctima, se desabrochó el pantalón, se agarró los genitales y los acercó a la cara del joven diciéndole que ése era “el único puro que tenía”.

La víctima, “molesto por la situación”, se levantó del banco y recriminó gesto “denigrante, como reconoce la sentencia, pero el condenado, ”con el propósito de seguir oprobiándole por su tendencia sexual“, le propinó dos empujones que provocaron que cayera de manera violenta al suelo, al tiempo que le decía ”te mato, maricón de mierda“.

Como consecuencia de esta agresión, la víctima sufrió lesiones en tórax, abdomen, cara y en la mano izquierda, además de un síndrome de estrés postraumático, cuya curación se produjo después de un tratamiento psicoterapéutico durante varios meses. Asimismo, en la sentencia se recoge que desde entonces se mostró esquivo a la hora de participar de planes de ocio con sus amigos y restringió sus propias idas al pueblo desde la ciudad en que reside.

Por esto, el juzgado ha condenado al agresor por dos delitos penados con dos años de cárcel cada uno: uno de lesión a la dignidad de la personas por razón de su orientación sexual , es decir, un delito de odio, y otro de lesiones.

Para la Fundación Triángulo Extremadura y su Oficina de Atención a Víctimas por LGBTIFobia con esta sentencia, que puede ser recurrida en la Audiencia Provincial de Cáceres, se demuestra que no existe en el país impunidad ante las agresiones con motivo de la orientación sexual o la identidad de género de las personas, pero también la importancia de interponer las correspondientes denuncias cuando se produce una situación de violencia física o discriminación.

Además, han advertido que esta decisión judicial “llega en un momento de extrema preocupación por el incremento de los delitos de odio”, con casi una agresión por semana en Extremadura.