La Junta tramita 527 expedientes sobre infracciones de caza en 2022
La Junta de Extremadura ha cursado 527 expedientes relacionados con infracciones cinegéticas durante el año 2022 y la mayoría de la sanciones han sido de carácter grave, según datos del Servicio de Caza, Pesca y Agricultura.
Según informa la Administración regional en nota de prensa, 387 eran de la provincia de Badajoz y 140 en la de Cáceres, todos ellos por incumplir la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura.
Las zonas donde más prácticas ilegales se han detectado este año son Sierra de Gata, Hurdes, Llanos de Cáceres, Brozas y Monfragüe, en la provincia de Cáceres; y La Serena, Siberia, Campiña Sur y las dehesas del suroeste, en la pacense.
La mayoría de las sanciones registradas han sido tipificadas de carácter grave, entre las que se han recogido de forma habitual la práctica de acciones cinegéticas sin la autorización necesaria o en las que se ha incumplido el condicionado de las mismas, cazar en época de veda o en un coto sin permiso del titular, el uso de procedimientos masivos o no selectivos para la caza o hacerlo en línea de retranca cuando se celebraba una montería en el coto colindante, además del transporte de “trofeos” sin la pertinente autorización.
Las acciones u omisiones contrarias a la mencionada ley constituyen una infracción administrativa y serán sancionadas con multas que oscilan desde 50 hasta 50.000 euros, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro tipo que pudieran derivarse de las mismas.
Además, dichas infracciones pueden conllevar la retirada de la licencia de caza por un período comprendido entre un mes y cinco años, la inhabilitación para obtener la licencia o para ser titular de cualquier coto de caza, revocación o suspensión, entre otras penalizaciones.
Las presas abatidas en estas acciones ilícitas han sido jabalíes, ciervos, zorros y pájaros como zorzales y estorninos.
En Extremadura, la potestad denunciadora corresponde a los Agentes del Medio Natural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio que, como agentes de la autoridad, asumen las funciones de vigilancia, inspección y control, pudiendo acceder a todo tipo de terrenos, instalaciones y vehículos relacionados con la actividad cinegética, así como inspeccionar la documentación referente a los instrumentos de planificación cinegética previstos en esta ley.
Los citados agentes también podrán inspeccionar y examinar los morrales, armas, vehículos u otros útiles que utilicen los cazadores o quienes les acompañen como personal auxiliar.
0