Bruselas emplaza a Boris Johnson a una relación futura que respete “el modelo social de la UE”

Londres y Bruselas tienen lo que queda de año para llegar a un acuerdo que marque cómo será su relación a partir de entonces. Son 10 meses que marcarán el futuro de la UE y Reino Unido. “El acuerdo más ambicioso y más estrecho es el que teníamos”, ha dicho el negociador jefe de la UE, Michel Barnier, este lunes en Bruselas: “Pero hay que adaptarse a la nueva realidad, a las decisiones tomadas por Reino Unido”.

En cuanto a Gibraltar, queda excluido del acuerdo de relación futura de la UE con Reino Unido, según las directrices para la negociación aprobadas, en la línea de lo acordado en el Consejo Europeo de noviembre de 2018. Así, para que el acuerdo pueda extenderse al Peñón hará falta el acuerdo previo de España.

Y ese adaptarse consiste en qué relación tendrán la UE y Reino Unido tras el Brexit a partir del 31 de diciembre. De aquí a entonces, prevalece un periodo de transición para negociar esa relación futura, y en el que el Brexit no tiene grandes efectos –más allá del cese de eurodiputados británicos y que Reino Unido ha perdido su silla en las reuniones de la UE–.

En este sentido, Barnier ha establecido dos condiciones para un ambicioso acuerdo de libre comercio, que es el que persigue la UE: que se respete el modelo social de la UE y no haya competencia desleal; y acceso recíproco a los mercados pesqueros.

“Sin reconocimiento mutuo”, ha dicho Barnier, “las mercancías que entren a la UE estarán sujetas a controles reglamentarios para garantizar el cumplimiento de las normas de la UE”.

Para ello, se abrirán 12 mesas temáticas de negociación.“Todo depende”, ha dicho Barnier, “de la respuesta que dé Reino Unido a la siguiente pregunta: ¿continuará adhiriéndose al modelo social y regulatorio de la UE? La respuesta de Londres será fundamental para el nivel de ambición de nuestra relación futura”.

Así, la Comisión Europea ha aprobado este lunes una recomendación al Consejo, presentada por Barnier, para iniciar negociaciones sobre una nueva relación con el Reino Unido. Esta recomendación se basa en las directrices y conclusiones del Consejo Europeo, así como en la Declaración política acordada entre la UE y el Reino Unido en octubre de 2019.

Incluye una propuesta integral para las directrices de negociación, que define el alcance y los términos de la futura asociación que la Unión Europea prevé con el Reino Unido. Estas directivas cubren todas las áreas de interés para las negociaciones, incluida la cooperación comercial y económica, la aplicación de la ley y la cooperación judicial en materia penal, política exterior, seguridad y defensa, participación en programas de la Unión y otras áreas temáticas de cooperación. Un capítulo dedicado sobre gobernanza proporciona un esquema para un marco general de gobernanza que cubre todas las áreas de cooperación económica y de seguridad.

La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, ha dicho: “Ahora es el momento de ponerse a trabajar. El tiempo es corto. Negociaremos de manera justa y transparente, pero defenderemos los intereses de la UE y los intereses de nuestros ciudadanos, hasta el final”.

Ahora, el Consejo adoptará en las próximas semanas el proyecto de directrices de negociación, lo que autorizará formalmente a la Comisión a abrir las negociaciones como negociador de la Unión.

Gibraltar

“En cuanto al alcance territorial de la asociación prevista”, dice la documentación de la UE presentada este lunes, “se recuerda que en el acta de la reunión del Consejo Europeo del 25 de noviembre de 2018, se incluyó la siguiente declaración del Consejo Europeo y de la Comisión: ‘Después de que el Reino Unido abandone la Unión, Gibraltar no se incluirá en los acuerdos que se celebrarán entre la Unión y el Reino Unido. Sin embargo, esto no excluye la posibilidad de tener acuerdos separados entre la Unión y el Reino Unido con respecto a Gibraltar. Sin perjuicio de las competencias de la Unión y en pleno respeto de la integridad territorial de sus Estados miembros garantizada en el artículo 4, apartado 2, del Tratado de la Unión Europea, esos acuerdos separados requerirán un acuerdo previo del Reino de España”.