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La jueza dicta auto de apertura del juicio oral por asesinato contra el ex marido de Vanesa

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La Juez ha dictado Auto de Apertura de Juicio Oral ante el Tribunal del Jurado por un delito de asesinato contra B. M. M., ex marido de la agente de policía Maria Vanesa Ávila Cienfuegos, cuyo cadáver apareció el 16 de noviembre de 2009 en el Río Ebro a su paso por el municipio alavés de Baños de Ebro.

La juez ha considerado como hechos justiciables que, “a las 11.45 horas del día 30 de octubre de 2009 María Vanesa mantuvo una conversación telefónica con B.M.M. de 25, 57 minutos de duración en la que aquella le comunicó su decisión firme e irrevocable de solicitar la custodia de la hija común, decisión con la que éste no estaba de acuerdo, por lo que se trasladó al domicilio de Vanesa, sito en la calle Jorge Manrique de Lardero, con intención de disuadirle y, al no lograrlo, le atacó por sorpresa de manera que no pudiera defenderse, causándole la muerte”.

Añade en el auto que “para eludir su responsabilidad y dificultar la investigación, B. M. M. se deshizo del cadáver, arrojándolo al río Ebro”.

La Juez fundamenta su decisión en las investigaciones policiales, en las testificales y en las periciales técnicas y forenses.

Así, los compañeros de trabajo de Vanesa, según se destaca en el auto, cuando el 31 de octubre de 2009 detectan su ausencia “dada la información con la que contaban, sospecharon que algo le había ocurrido”. También los familiares de la agente de policía “al conocer el fatal desenlace llegaron al convencimiento de su muerte a manos de su ex marido, lo que les llevó, incluso, a personarse como acusación particular”.

Y por último, según la instructora del caso, “las periciales técnicas como las forenses practicadas en la Audiencia Preliminar, derivaron aún más en el convencimiento de la autoría de los hechos por pare del acusado”.

El Auto de Apertura de Juicio Oral pone punto final a la instrucción de la causa en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer. A partir de hora le toca a la Audiencia Provincial comenzar los trámites para la preparación y celebración del Juicio Oral por el Procedimiento del Jurado.

En cuanto a la situación personal del acusado, la juez mantiene la fianza de 15.000 euros que depositó para poder salir de prisión el 15 de enero de 2010 y la obligación de personarse en el Juzgado los lunes y viernes de cada semana. También le prohíbe abandonar el país. Y en el caso de cambiar de domicilio tiene la obligación de comunicarlo al Juzgado.

La juez ordena también la apertura de una pieza judicial separada de responsabilidad civil, en la que se requerirá al acusado que deposite una fianza de 250.000 euros “en el plazo de una audiencia para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran imponérsele, con apercibimiento de que de no hacerlo se le embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar dicha suma”. El plazo para el depósito finaliza el próximo lunes.

Por último, se recuerda a las partes personadas en la causa que el auto no es recurrible, salvo en lo que respecta a la situación personal del acusado.