Ya son muchos los clientes que se han animado a demandar a sus entidades bancarias para conseguir la devolución de los gastos de hipoteca cobrados indebidamente, después de que el Tribunal Supremo considerara que son abusivas las cláusulas que imponían el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivados del préstamo hipotecario. ¿Cuándo prescribe el plazo para reclamar estos gastos? ¿Pueden reclamarse los gasos de una hipoteca de 1996? El Confidencial responde a estas dudas.
Como indica el diario, los bancos son los interesados principales en la inscripción de la escritura de préstamo con garantía hipotecaria, pero, de forma sistemática, han incluido cláusulas en los préstamos desplazando estos gastos al hipotecario.
Además, el Tribunal Supremo indica que la imputación en exclusiva de los gastos al consumidor es una cláusula abusiva, al no permitir una mínima reciprocidad en la distribución de los gastos producidos, sino que recae totalmente sobre el hipotecante, ocasionándole un desequilibrio relevante.
Por tanto, es una nulidad de pleno derecho de una cláusula abusiva, por lo que la misma en principio es imprescriptible.