La Rioja pondrá en marcha unas unidades para garantizar la paridad de trato y oportunidades en la Administración
El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el proyecto de decreto por el que se organizan las Unidades para la Igualdad de Mujeres y Hombres dentro de la Administración Autonómica. De esa forma, el Ejecutivo regional da un paso adelante en la regulación de la equidad entre sexos, dotándose de un mecanismo interno que compromete a todas las consejerías a garantizar la paridad de trato y oportunidades, y sirve de ejemplo para el conjunto de la sociedad riojana.
Estos equipos administrativos están integrados dentro de cada Secretaría General Técnica (SGT) y son los encargados de la propuesta, el seguimiento e informe de las actividades en materia de igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en el ámbito de cada consejería.
El decreto por el que se regulan las Unidades para la Igualdad está recogido en el Plan Anual Normativo correspondiente a 2024 y dispone del informe favorable del Consejo Consultivo de La Rioja. Los efectivos que las compondrán están designados por los consejeros dentro de las unidades de cada SGT y cuentan con formación en materia de igualdad de género. Asimismo, se garantizará que sigan formándose de manera permanente en materia de igualdad de género y de oportunidades. También se está diseñando una guía con un experto en elaboración de documentación administrativa para que les sirva de apoyo y consulta en la redacción con leguaje neutro y favoreciendo la equidad de género en todas las disposiciones, normas o documentos tengan que realizar o que vayan a revisar.
La creación de las Unidades de Igualdad está prevista en el artículo 10 de la Ley 7/2023 de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres de La Rioja. Según la Disposición adicional primera, debían estar en funcionamiento en el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la ley, esto es, enero de 2024.
Funciones de las Unidades
El proyecto de decreto aprobado por el Consejo de Gobierno este martes se estructura en cuatro artículos y, en concreto, el segundo establece las funciones encomendadas a las Unidades de Igualdad:
a) Colaborar en la elaboración del plan estratégico para la igualdad entre mujeres y hombres de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y realizar las labores de seguimiento y evaluación.
b) Asesorar sobre la elaboración del informe de impacto de género conforme a lo establecido en el artículo 22 de la Ley 7/2023, de 20 de abril, de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres de La Rioja.
c) Colaborar en la identificación de las necesidades formativas en materia de igualdad del personal y fomentar su participación, en colaboración con el servicio competente en materia de personal y la Escuela Riojana de Administración Pública (ERAP).
d) Impulsar medidas para la participación equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de participación y decisión.
e) Velar por un uso no sexista del lenguaje administrativo.
f) Impulsar la integración de la perspectiva de género en las políticas, programas y acciones de cada Consejería.
g) Proponer y fomentar medidas que garanticen el acceso a los servicios en igualdad de condiciones.
h) Recabar la información estadística y asesorar sobre los indicadores de desagregación de sexo necesarios en cada actividad.
i) Prestar asistencia a las personas representantes de cada consejería en la Comisión Interdepartamental para la Igualdad.
j) Coordinar y colaborar con iniciativas, actuaciones, proyectos, medidas y programas para lograr la efectividad real del principio de igualdad.
k) Ejercer la interlocución técnica para garantizar un adecuado desarrollo de las actuaciones en materia de igualdad y oportunidades en la administración autonómica.
l) Cualquier otra función que les sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.
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