El acceso a la vivienda es una misión imposible para la mayoría de los jóvenes. Y es que en estos momentos en los que los sueldos son bajos y la mayoría de los trabajos son precarios, cualquier ayuda es bien recibida para hacer frente a este desembolso. Y, para ayudar a los menores de 35 años con menores ingresos, el Gobierno prepara nuevo plan de vivienda que incluye ayudas tanto para comprar como para alquilar.
Aún no ha entrado en vigor
El Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 llega en un momento en el que el sector inmobiliario vuelve a estar en auge con un aumento del interés de los ciudadanos. Prueba de ello es que un 17% de los españoles tiene claro que quiere comprar una casa en 2018 y un 18% se lo está planteando, según una encuesta realizada por el comparador de productos financieros HelpMyCash.com. De este informe también se extrae que los jóvenes de 26 a 35 años son los que más interés tienen en comprar un inmueble. Concretamente, el 21% está seguro de realizar esta operación y el 19% opina que tal vez lo haga. Un reportaje de ABC recuerda las características principales.de este plan que está tramitando el Ministeiro.
¿Cuándo entrarán en vigor las ayudas para vivienda?
El ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, anunció a finales del año pasado que el plan se aprobaría en enero, pero fuentes del Ministerio se han limitado a comentar que todavía se está tramitando y que “irá cuanto antes al Consejo de Ministros” . El Real Decreto del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 primero tiene que ser aprobado primero por el gobierno y después deberá ser adoptado por cada Comunidad Autónoma.
¿Quiénes podrán solicitar la ayuda para adquirir una vivienda?
Los menores de 35 años que dispongan de, al menos, una fuente regular de ingresos que le reporte una renta anual igual o inferior a tres veces el IPREM. Además, el inmueble que se va a comprar tendrá que constituir la residencia habitual del beneficiario por un plazo mínimo de cinco años desde la fecha de ocupación de la misma. No se podrá recibir la ayuda si ya se es propietario de alguna vivienda en España.
¿Cómo se podrá acceder a estas subvenciones?
Las Comunidades Autónomas deberán convocar periódicamente procedimientos de concesión de las ayudas con arreglo a los requisitos establecidos.
¿De qué modo se tramitará la ayuda?
La ayuda solo podrá ser abonada al beneficiario cuando aporte la escritura pública de compraventa. En el supuesto de no aportar escritura pública de compraventa solo se podrá abonar la ayuda al beneficiario cuando aporte el contrato privado en el que conste la ayuda como parte del pago en la modalidad de entregas a cuenta y el correspondiente aval o seguro sobre las entregas a cuenta exigidos por la Ley de Ordenación de la Edificación.
¿Y cuáles serán los requisitos para recibir la subvención al alquiler?
Los arrendatarios tendrán que contar con menos de 35 años de edad y disponer de su domicilio habitual en la casa arrendada. Los titulares del contrato han de disponer de unos ingresos iguales o inferiores a tres veces el IPREM. Además, el precio de la cuota de alquiler mensual ha de ser igual o inferior a 600 euros mensuales.
¿Qué plazo tendrá el programa para el arrendamiento?
La ayuda se concederá a los beneficiarios por el plazo de tres años. No obstante y siempre que haya razones que lo justifiquen, las Comunidades Autónomas podrán determinar que el plazo inferior sea tres años.
¿Cuáles serán las cuantías de las ayudas?
Los beneficiarios del plan de alquiler recibirán hasta el 40% de la renta mensual que deban satisfacer En los supuestos excepcionales en los que la renta máxima mensual supere los 600 euros y alcance hasta 900 euros al mes, la ayuda será también de hasta el 40% de la renta mensual. En el caso de compra, se concederá hasta 10.800 euros, con el límite del 20% del precio de adquisición para el pago de la entrada del inmueble.