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La Comunidad de Madrid prorroga hasta el 24 de octubre las restricciones de aforo y hora de cierre de la hostelería para la capital y ocho municipios

Un policía municipal de Madrid frente a una terraza.

Fátima Caballero

16 de octubre de 2020 11:30 h

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La Comunidad de Madrid ha prorrogado este viernes las restricciones de aforo y cierre de hostelería hasta el 24 de octubre, día en que decae el estado de alarma. El estado de alarma solo limita el movimiento de personas después de que las demás restricciones de la orden ministerial aprobada por mayoría en el Consejo Interterritorial siguieran vigentes. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) solo había tumbado el cierre perimetral de la ciudad de Madrid y otros nueve municipios pero mantuvo estas restricciones que decaían este viernes. Ahora, el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso decide mantener las medidas que limitan aforos y establece el horario de cierre de la hostelería hasta las 23 horas hasta el 24 de octubre.

El objetivo es, según ha informado el Gobierno regional en un comunicado, “armonizar el ámbito temporal de las mismas” a la duración de las medidas restrictivas de la movilidad dispuestas en el estado de alarma.

La Comunidad de Madrid ya ha publicado en el Boletín Oficial autonómico (BOCM) la nueva orden para prorrogar la vigencia de las medidas extraordinarias de restricción de aforos y horarios de determinadas actividades recogidas en la Orden 1273/2020, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, dictada en ejecución de la Orden del Ministerio de Sanidad del pasado 30 de septiembre.

En virtud de esta nueva orden, que entra este viernes en vigor, la Comunidad de Madrid prorroga las medidas extraordinarias de restricción de actividad y aforos en los municipios de Madrid, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz. Las medidas decaen por tanto en Alcalá de Henares a partir de las 22 horas después de que el pasado viernes la localidad quedase fuera del estado de alarma al bajar la incidencia acumulada.

A partir del lunes 19 de octubre, dejarán de aplicarse las medidas específicas extraordinarias activadas por la Consejería de Sanidad en las zonas básicas de salud de Villa del Prado (que afecta a los municipios de Villa del Prado y Aldea del Fresno), Humanes de Madrid (Humanes y Moraleja de Enmedio) y Reyes Católicos (San Sebastián de los Reyes), “dada la mejoría de la situación epidemiológica en dichos ámbitos territoriales”, aseguran desde el Gobierno regional. Por su parte, continuarán en vigor hasta el lunes 26 de octubre las medidas específicas previstas para las zonas básicas de salud de Arganda del Rey (Arganda del Rey), Sierra de Guadarrama (Collado Villalba), Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo), y Valleaguado (Coslada). En estos lugares aplica el criterio de la Comunidad de Madrid al ser municipios por debajo de los 100.000 habitantes.

Aforos y hostelería

De esta manera, en los nueve municipios y en las zonas básicas de salud que se mantienen con restricciones se desaconsejan los desplazamientos y actividades no imprescindibles. Además, se establece la restricción de entrada y salida de los ámbitos territoriales afectados salvo en situaciones concretas: por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor. Los ciudadanos podrán desplazarse dentro de los perímetros de los núcleos de población afectados.

Respecto a los lugares de culto el aforo se limita a un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados. Los establecimientos de hostelería y restauración tienen limitado el aforo al 50%, tanto en espacios interiores como exteriores, y no estará permitido el consumo en barra. La ocupación de mesas será de un máximo de seis personas, no podrán admitir nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y deberán cerrar a las 23:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio o para recogida y consumo fuera del local. La Comunidad de Madrid varió precisamente un aspecto de la orden ministerial que establece aforos del 60% en terrazas, mientras que Madrid los limita al 50%.

Los aforos en el comercio se reducen al 50% y su cierre será a las 22:00 horas, a excepción de las farmacias, centros médicos, veterinarios, de combustible y otros considerados esenciales. La actividad que se realice en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas se limita al 50%. Podrá realizarse práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido de la instalación en espacios interiores y el 60% en espacios exteriores. Se podrá realizar en grupos máximos de 6 personas.

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