La Justicia ordena el ingreso en prisión de Rafael Amargo por no firmar en el juzgado y riesgo de fuga
La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado el ingreso en prisión del bailaor Rafael Amargo por quebrantamiento de medidas cautelares y riesgo de fuga en relación al juicio que se celebrará el próximo mes de abril por presunta venta de droga en su anterior piso del barrio de Malasaña de la capital.
Según han informado fuentes jurídicas a Europa Press, el artista estaría en estos momentos en los calabozos de esta sede judicial a la espera de ser conducido a la cárcel de Soto del Real.
La orden de ingreso se acordó este jueves tras la celebración de una vistilla de prisión en la Sección 30 entre las partes como consecuencia del quebrantamiento por parte de Amargo de la medida cautelar que tenía de firmar en el juzgado más próximo a su domicilio. Al parecer, el bailaor había solicitado firmar en la Audiencia Provincial de Madrid pero no lo hizo en varias ocasiones, lo que llevó a la celebración de esta vista.
En la vistilla, el representante de la Fiscalía de Madrid solicitó su ingreso en prisión por quebrantamiento de medida cautelar y riesgo de fuga hasta la celebración del juicio por esta causa.
Amargo será juzgado en abril junto a su productor teatral y un socio por la presunta venta de estupefacientes en el barrio de Malasaña, hechos por los que la fiscal solicita una pena de 9 años de cárcel por un presunto delito contra la salud pública.
Otra causa por presunto tráfico de drogas
Al artista le investiga además el juez de Instrucción número 27 de Madrid por un delito de tráfico de drogas y atentado a la autoridad, a raíz de una denuncia interpuesta el pasado julio por sus vecinos en relación a la presunta venta de droga en su piso de la calle Espíritu Santo de la capital.
Por estos hechos, fue detenido el pasado marzo en Alicante, quedando en libertad provisional. La jueza le impuso la obligación de comparecer quincenalmente en el juzgado y la prohibición de salida del país. Este arresto se suma a la detención del caso que se juzga ahora en la Audiencia de Madrid.
Amargo fue detenido el 1 de diciembre de 2020 junto a su pareja y otras dos personas en el marco de la 'operación Codax', cuyo nombre significa cuervo en latín y se apoda así por una imagen de Amargo de su Instagram en la que aparece con unas alas de esta especie de ave.
Tras declarar, los arrestados quedaron en libertad con medidas cautelares como la retirada del pasaporte, la prohibición de salir del territorio nacional y la obligación de acudir cada quince días al juzgado.
En su escrito de acusación, el fiscal solicita la misma pena para Juan Eduardo S.B., asistente de producción de Amargo, al actuar supuestamente de forma “conjunta” con el otro acusado en la compra y posterior distribución de dichas sustancias.
En su relato, el fiscal relata que, durante los meses de abril y diciembre de 2020, ambos “se venían dedicando de manera concertada y persistente a la distribución de sustancias estupefacientes, entre otras metanfetamina, a terceras personas a cambio de dinero”.
Venta a terceras personas
A tal fin, los dos acusados adquirían la sustancia de manera “conjunta” a los distintos suministradores, para posteriormente repartirla entre ambos y venderla a terceras personas.
Así, el bailarín supuestamente vendía las sustancias estupefacientes a las personas que acudían a su domicilio de Madrid y en otras “hacía llegar la sustancia al lugar donde el cliente indicaba para lo cual se valía de su hombre de confianza, el también acusado Manuel Ángel B.L., otro de los socios de Amargo, a sabiendas de lo que portaba, después de hacer la entrega correspondiente, regresaba al domicilio para entregarle el dinero obtenido con la venta”.
A modo de ejemplo, la Fiscalía relata que el 27 de abril de 2020, Manuel Ángel para quien pide seis años de prisión, fue sorprendido por la Policía cuando se disponía a entregar a un cliente, a cambio de 50 euros, una bolsita con sustancia que resultó ser metanfetamina; sustancia que había recogido minutos antes del domicilio de Amargo, “donde debía regresar para entregar el dinero”.
Asimismo, a raíz de los dispositivos de vigilancia que se establecieron sobre su domicilio, los policías nacionales pudieron observar “cómo acudían numerosas personas que, tras acceder al mismo y permanecer en el interior escasos minutos, salían nuevamente de manera apresurada, procediendo los agentes a identificar a dos de ellas, interviniendo sustancia estupefaciente que se había adquirido en dicho domicilio, levantándose las correspondientes actas de aprehensión”.
Por un auto dictado el 1 de diciembre de 2020 por el Juzgado de Instrucción número 48 de Madrid se autorizó la entrada y registro en los domicilios de los acusados.
En el caso del bailaor, los agentes intervinieron 3 botes conteniendo sustancia Popper (nitritos de alquilo), una bolsita conteniendo sustancia que resultó ser feniletilamina con un peso neto de 0,089 gramos y un frasco conteniendo 6 mililitros de GBL con un valor en el mercado de 314,19 euros en su venta por gramos.
En el caso de Juan Eduardo, los agentes hallaron un bote conteniendo sustancia que resultó ser metanfetamina, con un peso neto de 4,466 gramos y una pureza del 76,4%, con un valor en el mercado de 115,67 euros en su venta por gramos; una bolsita conteniendo sustancia que resultó positivo a ketamina, con un 50,4% de pureza; y MDMA con una pureza del 6,9% con un peso neto total de 0,185 gramos con un valor en el mercado de 18,5 euros en su venta por gramos.
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