La Audiencia de Álava exonera a los imputados en el 'caso DenokInn' y critica los errores de la instructora
Se ha acabado el recorrido judicial del 'caso DenokInn', en el que se investigaban presuntas irregularidades en la concesión de una subvención por parte de la Diputación de Álava en 2011 a esta entidad sin ánimo de lucro creada por personas cercanas al PNV. Los magistrados de la Audiencia Provincial de Álava Jaime Tapia, Jesús Poncela y Raúl Aztiria -dos de ellos juzgarán el 'caso De Miguel' desde el 8 de enero- han decidido enmendar la plana a la instructora María Eneida Arbaizar y han decretado que no se sienten en el banquillo por prevaricación y malversación de caudales, como acusaba la Fiscalía, la exdiputada foral Arantza Zenarruzabeitia, su 'número dos' y actual director de Presupuestos del Gobierno de Iñigo Urkullu, Hernando Lacalle, y un funcionario, Pedro Mauro León. En un auto judicial al que ha tenido acceso este periódico, el tribunal entiende que, por un lado, ha habido graves defectos de forma por parte de la magistrada que han perjudicado el derecho de defensa de los imputados y, por otro, porque “DenokInn, según parece, cumplió las actividades previstas” en su convenio con la Diputación.
El convenio de Álava con DenokInn fue suscrito en 2010, cuando gobernaba el PNV en la Diputación. DenokInn también ha participado en el proyecto Hiriko. En total, la adjudicación 'a dedo' para desarrollar el denominado Proyecto Deika de I+D+i alcanzó los 337.000 euros. El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, en su auditoría ordinaria de la Diputación, detectó irregularidades administrativas en esta contratación y y por ello remitió el expediente al Tribunal de Cuentas de España, que tiene una sección de enjuiciamiento. Al ver indicios de delito, este organismo envió a su vez el caso a la justicia ordinaria, en concreto al fiscal-jefe de Álava, Josu Izaguirre. La investigación de la Fiscalía, apoyada en un informe de la Ertzaintza, concluyó que 125.000 euros de esos 337.000 que percibió en total DenokInn no estuvieron justificados, entre ellos el dinero público alavés que se destinó a una iniciativa en Bizkaia que nada tenía que ver con Deika.
La investigación judicial concluyó el pasado 20 de junio, cuando la instructora María Eneida Arbaizar envió a juicio a la diputada foral Zenarruzabeitia, ya fuera de la política, a Lacalle, en la actualidad alto cargo del Gobierno vasco, y al funcionario a los que la Fiscalía señalaba como presuntos responsables de los delitos de prevaricación y malversación. Se da la circunstancia de que el nombre del empleado público ni siquiera constaba en ese escrito, lo que motivó recursos y que la juez emitiera el 20 de septiembre un nuevo auto de procedimiento abreviado más amplio y detallado para iniciar los trámites de cara al juicio.
Otro error de la magistrada María Eneida Arbaizar
La Audiencia de Álava afea a la magistrada instructora este comportamiento porque “infringe claramente el derecho a la tutela judicial efectiva” de los acusados. Los magistrados le recuerdan que los acusados nunca pidieron un segundo auto de acusación más claro, sino que, al menos en el caso del funcionario, su caso fuera sobreseído al ni siquiera ser mencionado en el auto judicial. Respecto a Zenarruzabeitia y Lacalle, entiende que no es permisible una acusación más amplia porque en derecho penal las defensas “podía haber sacado ventaja de tales defectos”. “La consecuencia de esta vulneración de derechos es la revocación del auto de 20 de septiembre de 2017, pues infringe un principio básico del sistema de recursos”, constata la resolución de Tapia, Poncela y Aztiria.
Se da la circunstancia de que Arbaizar, como adelantó eldiarionorte.es, ya retrasó durante seis meses la celebración del juicio del 'caso De Miguel', el mayor sumario de corrupción en Euskadi y que finalmente se iniciará el 8 de enero. En aquella ocasión fue por un auto con 21 errores de bulto, como la ausencia de un imputado, delitos solicitados de más a otra acusada y cuantías erróneas de las fianzas solicitadas. El malestar en el Palacio de Justicia de Vitoria por estos problemas va en aumento.
“Sin duda hay indicios de escaso control”, pero no delitos
Eso en cuanto a la forma. La Audiencia de Álava también sostiene que ahora mismo no hay fondo para acusar por prevaricación y malversación a los imputados y, por lo tanto, decreta el sobreseimiento “provisional” de la causa a expensas de posibles nuevas pruebas.
Sobre el delito de prevaricación que pudo cometerse por no haber seguido la norma foral alavesa 3/97 de subvenciones, los jueces estiman que “es cuestionable que el convenio litigioso infringiera el artículo 7” de dicha norma porque “lo es que sea de aplicación” al pago a DenokInn. De hecho, el tribunal antepone el criterio del auditor de la Diputación (Abante KLZ Auditores) frente al Tribunal de Cuentas y entiende que es “dudoso” que el convenio con DenokInn fuese una “subvención”. “Tal vez haya habido una vulneración de alguna norma reguladora de los contratos del sector público, pero sobre ello nada se dice en la denuncia [pero] no ha lugar que la sala busque otra que haya podido infringirse”, argumenta la terna, por lo que aprecian “no debidamente justificada” esta imputación.
Respecto a la malversación, la Audiencia concede que “sin duda hay indicios de que escaso el control sobre en qué gastaba DenokInn el dinero recibido”, pero asegura que el precio final “no estaba directamente ligado a la puntual acreditación de los costes” sino más bien al cumplimiento de objetivos generales dentro del Plan Deika, cuyas “actividades se desarrollaron”. “No hay indicios claros de 'sustracción' de los caudales públicos”, remachan los magistrados.