10 años sin ETA: una perspectiva desde los Derechos Humanos
Las víctimas de ETA, hasta donde es posible compensar su, en demasiadas ocasiones, inmenso dolor y terrible sufrimiento, han sido reparadas por el Estado, han recibido el reconocimiento unánime de la sociedad civil y reciben la atención y cuidado continuado de la institucionalidad vasca, aunque en su búsqueda de la verdad incuestionablemente todavía subsistan espacios de oscuridad a donde la justicia de los tribunales aún no ha llegado. Para cualquier aproximación a este tema necesariamente hemos de partir de este suelo ético.
Pero estos diez años transcurridos desde la declaración unilateral del alto el fuego por parte de ETA también permiten otras reflexiones desde la perspectiva de los derechos humanos. No queremos establecer equidistancia. Únicamente que hay temas, referidos en este caso a los presos de ETA, que requieren necesariamente este tratamiento.
Y es que, diez años después de la tregua y más de tres tras la disolución formal de la organización y su previo desarme un año antes, la excepcionalidad de la legislación antiterrorista -incrustada en la ordinaria- sigue incólume.
El acercamiento de presos: un reto para el Gobierno vasco
Aunque se ha producido el acercamiento de la mayoría de los presos que cumplen largas condenas de prisión, solo 66 sobre un colectivo 184 presos están por el momento en prisiones vascas. El resto siguen en prisiones fuera del País Vasco, aunque no alejadas de este territorio, sometidos a condiciones de cumplimento penitenciario diferente al resto de los presos. Alrededor del 87,9% de ellos permanecen clasificados en segundo grado, no obstante haber extinguido en muchos casos las tres cuartas partes de sus penas, con un régimen muy restrictivo de permisos penitenciarios, en todos los casos. Solo el 6,3% se encuentran en tercer grado o semilibertad.
El traspaso de competencias al Gobierno vasco en materia penitenciaria en sus prisiones con efecto a partir del 1 de octubre pasado abre una ventana para que las cosas cambien y se normalice el régimen penitenciario, siempre que la fiscalía y la Audiencia Nacional no se empeñen en que continúe, entorpeciendo con ello la labor del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales vasco. En definitiva, sería muy deseable el próximo traslado de la totalidad de colectivo de presos de ETA a las prisiones vascas, lo que posiblemente esté en mente del Gobierno de Sánchez.
El acercamiento ya no resulta tan acuciante desde la perspectiva única de los derechos humanos, pero la existencia de presos dentro y fuera de las prisiones vascas agudizaría las referidas desigualdades en el régimen penitenciario, que se vería incrementada en relación con los propios presos del colectivo que se vieran favorecidos por un régimen penitenciario cualitativamente distinto. Y sobre todo, por la efectividad de los fines que persigue el modelo que se pergeña, muy novedoso en nuestro entorno, movido por otros planteamientos diferentes a lo existente, que tienen en mente elementos transformadores basados en la justicia restaurativa, dentro de lo que la ley permite, como motor de la definitiva normalización de la convivencia en el país vasco.
El Plan Udaberri 2024: Plan de Convivencia, Derechos Humanos y Diversidad del Gobierno Vasco recientemente presentado prevé desarrollar un modelo penitenciario propio sustentado bajo los principios de: individualización, humanidad, reconocimiento del daño causado, enfoque restaurativo, protección de las víctimas, potenciación del régimen abierto, reintegración y resocialización post-penitenciaria en el ámbito comunitario y perspectiva de género.
El Plan recuerda, como claves, que la inclusión del futuro modelo penitenciario vasco obedece a su dimensión política y a su potencialidad como contribución al derecho a la verdad y como factor para avanzar hacia una convivencia normalizada, como norte y objetivo del Plan.
La duración de las penas para los presos de ETA: materia pendiente en cuestión de estándares europeos de derechos humanos
Lo que de verdad plantea máximos problemas desde una perspectiva de los derechos humanos es el de la duración excesiva de las penas privativas de libertad de acuerdo con los estándares del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Nuestro Código Penal con anterioridad a la Ley Aznar LO 7 /2003 de medidas para el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas, establecía un tiempo de cumplimiento penitenciario máximo de 30 que se ve incrementado por dicha ley a los 40 años. También estableció en su artículo 78, que los beneficios penitenciarios, los permisos de salida, la clasificación en tercer grado y el cómputo de tiempo para la libertad condicional se refieran a la totalidad de las penas impuestas en las sentencias, lo que sirve de base a la situación antes descrita y que mantiene a la casi totalidad de los presos de ETA en régimen penitenciario cerrado.
Pero esta no es la peor de las situaciones posibles, ya que a ella se unen los presos que han cumplido una parte de sus condenas en el extranjero -lo más frecuente en Francia- a los que por mor de una ley creada específicamente para ellos, la LO 7/2014, no obstante existir una norma comunitaria que dice que se les tiene que tener en cuenta dicho tiempo en el cumplimento de las penas, excluye esta posibilidad, sumándose al máximo de cumplimiento en España de hasta 40 años, con el tiempo ya cumplido en Francia. Esta norma excepcional de nacimiento apócrifo no debería permanecer vigente ni un minuto más.
El Tribunal Supremo español no quiso plantear ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en Luxemburgo la contradicción de esta ley con la norma comunitaria. Cabe destacar que a día de hoy más de 10 presos de ETA que siguen cumpliendo deberían estar en libertad de no existir dicha norma.
Por su parte, el Tribunal de Estrasburgo (TEDH) no se ha pronunciado sobre la duración de las penas privativas de libertad, pero sí ha establecido en relación con la prisión perpetua el estándar de su revisión y de posibilidad de obtener la libertad transcurridos una serie de años que, de forma común, en nuestro entorno europeo está en los 25 años. Sin embargo, como decimos, el sistema instaurado por la reforma de Aznar para cumplimiento íntegro de penas permite llevar adelante cumplimientos de pena, sin posibilidad de revisión, que exceden hasta en quince años los estándares europeos y no digamos cuando además parte de la pena se ha cumplido en el extranjero.
Diez años después de la desaparición de un grave problema para España como es el terrorismo de ETA, bien da lugar a que se aborden y se corrijan determinadas situaciones, además de la satisfacción de las demandas de verdad, justicia y reparación de las víctimas, el tratamiento igualitario de todas ellas, independientemente de donde procediera la violencia.
Igualmente, no más, la normalización y la igualación jurídica del cumplimento de penas y penitenciario, eliminando de nuestras leyes y practicas las excepcionalidades derivadas del terrorismo. Creemos por ello necesario la desaparición de nuestro Código Penal de penas superiores a 25 años de prisión, sin perjuicio del establecimiento de adecuadas medidas de seguridad postdelictuales cuando fueran necesarias. La derogación de la excepcionalidad de la referida LO 7/2014 teniendo en cuenta en régimen de igualdad las penas cumplidas en el extranjero.
Pero es más, nos atrevemos a acoger con toda positividad y esperanza las propuestas de justicia restaurativa, trasformadora y constructiva de la verdad que se nos insinúa desde el Plan de Derechos Humanos vasco, como el mejor instrumento de paz, de superación de conflictos y de convivencia. Es una propuesta realista y valiente con la que esperemos sepa colaborar el Gobierno central, trasladando a los presos a las prisiones vascas.
El reconocimiento por parte del líder abertzale Arnaldo Otegi del dolor y sufrimiento de las víctimas de ETA y el cambio en el discurso político admitiendo que nunca debió producirse nos demuestran que hace 10 años, con el cese de la violencia de ETA, la sociedad vasca inició el irreversible camino hacia la paz y la convivencia. Es nuestro deber como sociedad civil apoyar este proceso y denunciar los obstáculos que desde distintas instituciones se han venido poniendo al camino de la paz positiva en el País Vasco.
2