¿Por qué no pueden ejercer su derecho a la educación sin renunciar a sus convicciones religiosas?
Hind es marroquí y tiene 16 años, de los cuales lleva 15 en España. Le gusta dibujar, leer y aspira a ser pintora o modelista, “aunque abriendo los ojos y viendo las injusticias que hay”, le entran ganas de ser “alguien con voz”, señala, para así poder cambiar algo en este mundo. Quiere estudiar Derecho, pero antes quiere cursar bachillerato de ciencias sociales. Para ello eligió el I.E.S Alberto Pico, ubicado en Santander (Cantabria), con una modalidad bilingüe que solo se aplica en ese instituto, pero sus aspiraciones se ven truncadas cuando, una vez matriculada, acudió al centro. “No me aceptan con hiyab, solo me dejan entrar sin él, pero mis convicciones religiosas van conmigo, porque si no las aceptan tampoco me aceptan a mí”, añade.
En la misma situación se encuentran Nadia e Imane, esta última utiliza un nombre ficticio para proteger su identidad. Ambas viven en Madrid. Nadia eligió el I.E.S. Barajas, ubicado en la capital, mientras que Imane, el I.E.S. Prado de Santo Domingo, en Alcorcón. Ambas fueron recibidas de la misma manera: “No puedes asistir con hiyab”.
Nadia relata que al acudir al IES Barajas le dijeron que debía esperar en secretaría. Acto seguido una funcionaria le comunicó que no podía asistir a las clases con hiyab y Nadia le solicitó hablar con la persona responsable de esa decisión. Se presentó el secretario del instituto para comunicarle que, en efecto, se le aplicaría tal prohibición. Nadia grabó la conversación “sin pensar”, comenta, “me consolaba saber que lo estaba haciendo”. Hind, por la gravedad del suceso y la impotencia que sintió, hizo lo mismo: “hay muchas chicas que, seguramente, estén pasando por lo mismo y puede que no estén lo suficientemente enteradas de hasta qué punto es legal, y tienen que saber que tenemos voz, que, si no nos dan nuestros derechos, gritaremos por ellos hasta conseguirlos”.
Cuando Imane llegó al I.E.S. Alberto Pico sintió “miradas raras”. Se disponía a entrar en clase cuando una funcionaria le dijo que no podía hacerlo “con la cabeza cubierta”, y, tras preguntarle el motivo, ésta le remitió a una norma que hace referencia a la prohibición de capuchas y gorras. Imane decidió acudir a secretaría y, tras una breve conversación, una funcionaria le espetó que, “al igual que yo en tu país no puedo ir destapada, tú tampoco puedes ir aquí tapada”. Este centro ya fue denunciado públicamente cuando impidió a otra joven musulmana matricularse. Imane lo tiene claro, si la decisión no cambia, intentará hacer un traslado de matrícula a otro centro y recuperar los días de escolarización perdidos, pero que no renunciará a su libertad religiosa porque lo ve como “una falta de respeto” hacia ella, sus principios y sus derechos.
“Todos los centros que se apoyan en la normativa de no poder llevar una capucha o un gorro en clase, esconden islamofobia detrás y, aun existiendo esta normativa, habla de accesorios. Mi hiyab no es un accesorio de quitar y poner”, señala Hind quien, después de recorrer diferentes vías administrativas −reunión con la directiva, contacto con inspección, consejería de educación…− ha lanzado una campaña para recaudar apoyos y que el Parlamento de Cantabria le responda a una sencilla pregunta: “¿Por qué no puedo ejercer mi derecho a la educación sin tener que renunciar a mi identidad?”. La campaña cuenta ya con más de 560 firmas y promete seguir creciendo.
Nadia recibió el mismo argumento, “me dijeron que al igual que los alumnos tienen prohibido usar el teléfono móvil y que la gente vaya con gorras y capuchas, eran normas y se debían cumplir. Me parece absurdo que se comparen este tipo de cuestiones con un derecho constitucional”. Por ello, comenta que, aunque se llegara a cambiar la norma, ha decidido no cursar sus estudios en este centro, aunque le gustaría que ninguna otra chica tuviera que enfrentarse a lo mismo. Asegura que, a raíz de hacer público su caso, le han llegado cientos de mensajes testimoniales y de apoyo: “estoy en contacto con muchas chicas a las que les ha pasado lo mismo”. “A quienes elegimos ponernos hiyab nos gustaría dejar de vernos ante situaciones así y poder acceder a la educación sin tener que renunciar a lo que consideramos que es nuestro”, concluye.
Los tres centros señalados se promocionan, mediante sus valores y estatutos, como espacios inclusivos que respetan la diversidad y fomentan la multiculturalidad, algo que, como vemos, no se materializa en el respeto a la identidad, la integridad y la dignidad personal, así como el respeto hacia la libertad de conciencia y convicción ideológica, religiosa y moral de estas jóvenes. Lo que sí observamos es una flagrante vulneración de su derecho a la igualdad, a la dignidad, a la libertad religiosa y al libre acceso a la educación, entre otras.
Trasfondo histórico
No es posible disociar lo ocurrido en estas situaciones de las barreras a las que se enfrenta, a nivel estructural, la población musulmana en España. En “La radicalización del racismo. Islamofobia de Estado y prevención antiterrorista” Ainhoa Nadia y Salma Amazian analizan “cómo el racismo hacia personas y comunidades de tradición musulmana hunde sus raíces en la islamofobia histórica y estructural” imperante en España. Durante el análisis de esta continuidad histórica, citan algunas de las leyes que lo han posibilitado, un ejemplo es la enumeración de Juan Goytisolo, que señaló una serie de pragmáticas antimusulmanas, entre las que se encuentra la aprobada por el Cardenal Cisneros en 1499 que daba a elegir entre conversión al cristianismo o expulsión del territorio. Más tarde en 1516, se forzó a la población musulmana a abandonar su vestimenta característica y en 1562 se prohibió a los granadinos la lengua árabe. Resulta complicado no esbozar un paralelismo entre la islamofobia descrita y lo ocurrido en los tres institutos señalados.
El conocimiento de la historia debe servir para luchar y acabar contra las violencias estructurales que, pese al paso de los siglos, siguen imperando en la burocracia y la política de los Estados. El docente e investigador Fernando Bravo López describió en “¿Qué es la islamofobia?” la naturaleza de éste fenómeno, capaz de combinarse con diferentes ideologías y mezclarse con formas de intolerancia religiosa y racismo semejante al antisemitismo. “El antisemitismo fue una reacción contra la emancipación e integración de los judíos en la Europa del XIX que se basó en el antijudaísmo para legitimar la desigualdad jurídica de los judíos y propiciar su discriminación y segregación”, señala.
“Su integración no es posible, y, por lo tanto, la protección ha de ser la no concesión de un mismo estatus jurídico a quienes suponen una amenaza”, postulaba entonces el antijudaísmo. El mismo proceso seguiría en la actualidad la islamofobia. La presencia de población musulmana genera la reaparición de un contexto de emancipación. Por ello, cuando se señala a la población musulmana como una amenaza desde postulados islamófobos, no es de extrañar que se reproduzca una reacción contra esa emancipación y que éstas gocen de respaldo social. Exactamente lo mismo que están reproduciendo estas instituciones públicas que, bajo el amparo de normativas vigentes, pretenden situar a Nadia, Hind e Imane en una dicotomía insalvable: el acceso privativo y excluyente a una educación que se presenta como libre, accesible y respetuosa, pero que no lo es, o su propia libertad individual, su libertad religiosa.
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