En el ejercicio de mi profesión de abogado, me he encontrado desde hace más de una década con situaciones que no deberían vivirse en un Estado de Derecho.
Los abogados somos defensores de personas y como tales debemos alzar la voz para denunciar las injusticias que padecen. Dichas injusticias son de especial gravedad cuando se cometen por parte de los poderes públicos, los políticos o por la policía, pero resultan completamente inaceptables cuando son los propios Tribunales de Justicia, sus jueces y fiscales (quienes en realidad deberían ser defensores y garantes de la legalidad y de sus derechos), los que las comenten.
Me he decidido a escribir este artículo para alzar mi voz y denunciar aquello que creo que no deberíamos tolerar y que me gustaría cambiar de nuestra sociedad.
Soy consciente de las sensibilidades que pueden sentirse heridas y de los problemas que ello me puede acarrear, pero también que callarse es de cobardes y que los que tenemos una voz que será escuchada tenemos aun mayor responsabilidad por callar. Igualmente, soy consciente de que la mayor parte de los jueces y fiscales actúan conforme al Derecho, con escrupuloso respeto a la legalidad, estando mal pagados por una labor ingrata y que les supone una gran dedicación personal. Estoy seguro de que ellos están tan en desacuerdo como yo con ciertas prácticas que suponen una vulneración clara del derecho de defensa y consecuentemente de la tutela judicial efectiva.
Soy hijo de juez y nieto de fiscal. Tengo un profundo respeto y cariño a ambas profesiones y por ello creo que las mismas no pueden deformarse y perder el prestigio que tantos años costó labrarse. Creo que ese cariño y respeto a la Justicia evita cualquier sospecha sobre ningún otro móvil que no sea alzar la voz en defensa de lo que considero realmente injusto.
Recientemente, hemos podido asistir a cómo el Tribunal Supremo ha declarado prevaricador al juez Garzón por violar conscientemente el derecho de defensa interviniendo las conversaciones de los letrados con sus clientes mientras preparaban la defensa.
Sin embargo, en Málaga se están dando actuaciones igualmente graves que bien podían ser incardinadas en el mismo tipo penal, pero que no reciben la consideración de delictivas por otros compañeros más o menos corporativistas.
En el caso de “Ballena Blanca”, se declaró que el juez Torres se había atribuido “irregularmente” la competencia para conocer de la causa con la anuencia del fiscal, que no denunció la irregularidad. Los defectos de esa instrucción dieron lugar a la absolución masiva de aquellos acusados por ese fiscal. Recientemente hemos visto la resolución definitiva del Tribunal Supremo que ha venido a rebajar las penas de esa gran operación que terminó con menos de un 10% de imputados finalmente condenados y cómo desestimaba el recurso del fiscal, que pedía que las vulneraciones de derechos declaradas por la Audiencia Provincial de Málaga no eran violaciones y debían ser tenidas por válidas las actuaciones y pruebas anuladas.
El mismo juez Torres tuvo que ver cómo se declaraban ilegales por el Tribunal Constitucional las detenciones judiciales prorrogadas más de allá de 72 horas que se produjeron en el seno de la operación Malaya. En este caso, el fiscal era, al igual que en la instrucción de Ballena Blanca, el Sr. López Caballero, quien se opuso a que dichas detenciones fueran declaradas ilegales por la ausencia de violación de derecho constitucional alguno. Al juez Torres incluso lo condecoró la Policía, y aunque el Tribunal Constitucional declaró que había realizado unas detenciones que eran ilegales y violaban los derechos constitucionales, ni ha devuelto esa medalla, ni se consiguió que prosperara la querella por prevaricación y detención ilegal presentada contra él ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Sigue siendo curioso ver cómo los jueces se protegen entre sí, aunque ya estemos habituados. Veremos en qué quedan las condenas de dicho procedimiento.
Yo mismo fui testigo en esa instrucción, de cómo la prisión provisional de algunos de los imputados podía ser convertida en libertad condicional de existir una nueva declaración realizando un reconocimiento de los hechos. Aún recuerdo la indignación que para mí, joven letrado iniciando su carrera profesional, supuso lo que consideraba la utilización de la prisión provisional como presunto método de coacción para obtener confesiones.
Hoy, el fiscal López Caballero es fiscal jefe de Málaga, y me preocupa profundamente la falta de defensa realizada por parte de la Fiscalía de los derechos que son de todos. Entiendo que perseguir el crimen y a los que los cometen puede ser una tarea difícil, pero ello no justifica que cualquier medio pueda ser utilizado para alcanzar el fin.
Recientemente he asistido en una causa a hechos muy preocupantes y que creo que merecen ser públicamente conocidos:
La policía, tras ser sobreseída una causa por blanqueo de capitales, tráfico de drogas y prostitución coactiva, llama a comisaría, sin acompañamiento de letrado y en varias ocasiones, a quien fue imputada en esa causa. Según la declaración de ésta, es amenazada con expulsarla del país por no tener los papeles en regla, quitarle a sus hijos mediante los asistentes sociales e imputarle nuevamente de tráfico de estupefacientes, todo si no practica una declaración incriminadora del resto de imputados. La eximputada acabó convirtiéndose en testigo protegido y declarando en contra del resto de los imputados por el miedo que le suponía que le pudieran arrebatar a sus hijos, no sin antes encargar que sus hijos fuesen puestos a buen recaudo donde la policía no pudiera encontrarlos.
De igual manera, la policía presenta un supuesto testigo protegido a declarar en contra de los imputados que finalmente hoy se encuentra en paradero desconocido después de haber efectuado una denuncia en el Juzgado contra esos mismos policías. En esta denuncia, el supuesto testigo protegido señala que lo habían detenido en varias ocasiones, habiéndole hecho declarar en al menos otras cuatro causas similares, hoy todas ellas sobreseídas.
Según la propia denuncia, cada vez que era detenido era coaccionado por la policía, concretamente el grupo III de la UCRIF, para prestar declaración incriminadora de aquellos a quienes pretendía imputar la policía, a cambio de no imputarle cargo alguno.
Con esos mimbres y con alguna otra declaración también de testigos protegidos, que a día de hoy no han aparecido a ratificar la declaración en sede judicial (por lo que debemos entender que no debían estar muy protegidos por cuanto ni siquiera estaban localizados), la policía, ocultando el sobreseimiento acordado por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Málaga, se presenta ante el Juzgado de igual clase nº 13 “en busca de otra sensibilidad hacia el caso”, logrando que se acuerden por la nueva juez abrir una nueva causa, intervenciones telefónicas y varias entradas y registros.
El fiscal que había llevado la causa en el Juzgado nº 4, el Sr. Bermejo, permitió que se practicaran las entradas y registros y las intervenciones telefónicas del Juzgado de Instrucción nº 13 hasta que, “súbitamente”, una vez realizadas, “comprendió” que la causa era la misma que se había llevado en el Juzgado de Instrucción nº 4 y solicitó la acumulación de ambos procedimientos.
El juez instructor del Juzgado nº 4, tras tomar declaración al testigo protegido que posteriormente denunciaría a los policías, no dándole credibilidad y tras no poder tomar declaración a ningún otro testigo protegido, archivó nuevamente la causa. Ante ello el fiscal se alzó en recurso a la Audiencia Provincial solicitando la nueva imputación de más de 20 personas, además de los que ya venían encausados, y negando la existencia de violación de derecho fundamental alguno.
Tras reabrir la causa la Audiencia Provincial y conseguirse la localización de una segunda testigo protegida, la misma compareció, y a pesar de que el Sr. Bermejo se había reunido previamente con ella, enseñándole la declaración que había prestado en la policía y pidiéndole que se ratificara en ella, la testigo declaró manifestando las coacciones sufridas por parte de la policía y que antes he relatado.
¿Y cuál creen ustedes que fue la reacción del fiscal Bermejo ante dicha declaración? ¿Acaso pedir el sobreseimiento e iniciar un nuevo procedimiento contra la policía? Pues no, lejos de proteger los derechos de los ciudadanos, el Sr. Bermejo entendió que era más importante salvaguardar la actuación de la policía frente a los “malos” y pidió al Juzgado que iniciara una nueva causa contra los imputados por haber amenazado a la testigo y haber conseguido que cambiara su declaración.
El juez de Instrucción del Juzgado nº 4, al cual la Audiencia ya había enmendado la plana en varias ocasiones, agachó la cabeza, y haciendo caso de lo que le ordenaba la superioridad, es decir, que siguiese las instrucciones del fiscal, abrió un nuevo procedimiento para investigar las coacciones de los imputados a la testigo. Y aquí viene lo más grave. A pesar de haber dicho claramente que la causa era contra determinados imputados por las coacciones a los testigos, el juez no permite a dichos imputados y sus abogados ser parte en ese procedimiento.
Estando pendiente la resolución de los recursos presentados por los abogados, el juez tomó declaración a la testigo sin presencia de ningún letrado. La testigo volvió a manifestar que la única coacción que había sufrido era por parte de la policía, a pesar de lo cual no se hizo mucho hincapié en que quedase reflejado en el acta.
Probablemente, la causa será sobreseída para que no pueda ser utilizada para dirigirla contra los presuntamente verdaderos autores de las coacciones, los miembros del grupo III de la UCRIF.
A pesar de las continuas denuncias de violación de derechos efectuadas en la causa principal, la misma sigue adelante con medidas cautelares muy gravosas acordadas. Lo hace incluso después de la reciente sentencia del caso Jodorovic del Tribunal Supremo, que declaraba la violación del derecho al juez predeterminado por la ley en una actuación de la policía en Cataluña que había procedido ocultando al nuevo juez la existencia de un procedimiento previo ya sobreseído. Esta sentencia venía a corroborar la jurisprudencia anterior y otra sentencia del magistrado Martín Pallín, que para un caso similar calificaba la actuación de la policía como actuación de mala fe y en fraude de ley.
Me produce profunda tristeza, ver a quien debiera ser defensor de la legalidad, actuando en contra de lo previsto en nuestra jurisprudencia y legalidad vigente, y me preocupa realmente pensar en qué manos estamos dejando esa defensa de los derechos de todos, ya que mañana podrían tener que defender los míos o los de ustedes, y lejos de hacerlo, puede que solo defienda los de la policía o la política criminal.
Solo recordar que la justicia obtenida a cualquier precio termina no siendo Justicia.