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Noticia servida automáticamente por la Agencia Europa Press

La Audiencia Provincial de Badajoz vuelve a avalar la incautación de correos sobre el caso del hermano de Pedro Sánchez

EP

BADAJOZ —

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BADAJOZ, 5 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Badajoz ha vuelto a avalar la incautación de correos electrónicos a varios responsables de la Diputación Provincial por el caso del hermano de Pedro Sánchez, David Sánchez Pérez-Castejón, en la causa que se sigue por prevaricación, malversación y tráfico de influencias.

De esta forma, la Audiencia Provincial de Badajoz, en un auto de este pasado 4 de noviembre, recogido por Europa Press, ha desestimado un recurso de apelación presentado por el exdiputado provincial Francisco Martos, y al que se adhirió, entre otros, el hermano de Pedro Sánchez, también conocido como David Azagra, en el que se pedía la nulidad de la autorización de entrada de los agentes de la UCO de la Guardia Civil para incautar correos relativos a este caso.

Cabe recordar que el Juzgado de Instrucción nº 3 de Badajoz autorizó el pasado mes de julio a la UCO a entrar en la Diputación de Badajoz para incautar los correos electrónicos del presidente de la institución, Miguel Ángel Gallardo, el propio David Sánchez, así como varios diputados y trabajadores de la diputación, entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2022.

A través de este recurso de apelación, se reclama a la Audiencia Provincial que se declare nula esta autorización, esgrimiendo, entre otros motivos, que esta incautación de correos electrónicos podría vulnerar el derecho fundamental a la intimidad e inviolabilidad en las comunicaciones o la protección de datos, entre otras.

Ante este recurso, la Audiencia Provincial de Badajoz reafirma en su auto que en cuanto al secreto de las comunicaciones, “se intervienen solo las corporativas referidas a un concreto asunto”, y sobre el de intimidad, que “se ven mínimamente afectados”, por lo no sirve a su juicio “el argumento de que se suelen utilizar los correos laborales para dirigirse a allegados o familiares”, ya que “no es este el objeto de la investigación”.

Además, añade el auto que “no es correcto” que se incauten todos los correos de nueve personas durante siete años sin discriminación ni criterio alguno, tal y como esgrimía la alegación, ya que según señala la Audiencia Provincial de Badajoz, “viene expresamente motivada en el Auto la fijación de ese periodo temporal entre la creación del puesto de trabajo y luego su cambio de denominación, por mucho que la extensión temporal sea amplia”, apunta.